Secciones

Más en The Clinic

The Clinic Newsletters
cerrar
Cerrar publicidad
Cerrar publicidad

Opinión

27 de Agosto de 2010

La tragedia de San José y la preocupación por la seguridad de los trabajadores

The Clinic
The Clinic
Por

Por MAGDALENA ECHEVERRÍA

La historia de los avances en la salud de los trabajadores es la historia de sus tragedias.
La tragedia del humo en El Teniente en 1945, donde a raíz de un incendio en una de las galerías murieron 355 mineros y otros 747 resultaron heridos, marcó un hito definitivo en la prevención de riesgos. Se comenzó a hablar de la gestión preventiva y se dio un impulso al desarrollo de la normativa nacional. La empresa creó el departamento de seguridad e higiene y, más adelante, se radicó la responsabilidad de la gestión de riesgos en la línea de mando de la compañía.
Nunca en las últimas décadas habían sido materia de interés público ni la manera más o menos segura de operar las minas u otros centros de trabajo, ni el papel de los organismos fiscalizadores, ni la responsabilidad empresarial, como lo han sido fuertemente en estas dos recientes semanas. Tampoco se había manifestado la voluntad de los gobiernos de enfrentar la seguridad en el trabajo como un asunto integral, como está mandatada a hacerlo la Comisión de expertos para la seguridad en el trabajo creada hoy día por el presidente Piñera.
Confiamos, entonces, que junto con la enorme alegría de saber que los mineros atrapados están vivos, se abra la discusión y se tomen las medidas para mejorar sustancialmente la calidad de vida en el trabajo.
Nuestro país, que llevó la delantera a fines de los años sesentas con la creación del seguro social contra riesgos de accidentes y enfermedades del trabajo, se ha quedado atrás.
¿Por qué? ¿Qué le pasó a esta institucionalidad que hoy día ha mostrado sus deficiencias en el accidente de la mina San José? A nuestro juicio pasó que se congeló en el contexto de hace más de 40 años, sin que en lo sustancial se haya adecuado a los cambios radicales ocurridos en el país desde entonces.
El sistema que regula la ley 16.744 (1968) fue concebido con una cotización específica para la salud laboral, que administrarían en el sector privado las Mutualidades y en el público el hoy Instituto de Seguridad Laboral. Esta administración tendría una tutela clara del Estado y la viva participación de los trabajadores. El primero garantizaría los principios de la prevención de riesgos y de que todas las funciones se desarrollaran integralmente. Los segundos, sujetos activos del seguro, participarían en distintas instancias: en los comités paritarios en las empresas y en el directorio paritario de las Mutualidades. En cinco años, desde 1968, cuando se dicta la ley, y hasta 1973, el sistema no había logrado un desarrollo pleno, cuando el papel del Estado se jibarizó y la participación de los trabajadores, en la práctica, desapareció.
En ese contexto, fue creciendo la hegemonía de las Mutualidades en estas materias, que orientaron su actividad fundamentalmente a la atención médica y rehabilitación de los accidentes laborales y se fue reduciendo el papel de los organismos públicos encargados de normar y supervigilar el sistema y se fueron atomizando y dispersando los organismos fiscalizadores de las condiciones de trabajo.
No existe en el país una política nacional en seguridad y salud en el trabajo, que integre a los variados estamentos públicos involucrados en la regulación y fiscalización de los lugares de trabajo -Dirección del Trabajo, Servicios de Salud, SERNAGEOMIN, DIRECTEMAR, etc.- y que especifique el carácter complementario de sus funciones y acciones. No existen normas sobre coordinación de las entidades públicas encargadas de la seguridad y salud en el trabajo, particularmente en lo que unidad de criterios y políticas se refiere.
Y no existe tampoco un desarrollo de la prevención de riesgos como estrategia global y coordinada. No hay planes ni programas nacionales ni sectoriales orientados en forma sistemática hacia la prevención. La asistencia técnica a las empresas, de parte de las Mutualidades es muy reducida y no se articula, como debiera, con los programas de los entes fiscalizadores.
Pero hay más y esto sea quizás lo más importante de destacar en estos momentos. Los trabajadores no tienen, como en otros países, garantizado el derecho a detener las faenas frente a situaciones de peligro inminente, por un lado.
Pero por otro, y tal como lo deducimos al escuchar muchas de las narraciones de los familiares de los mineros atrapados en San José, un empleo inseguro, es muchas veces la única posibilidad de empleo. Varios de los trabajadores que allí laboraban, habían pensado retirarse por los evidentes peligros de la mina o pensaban trabajar un par de meses más, para lograr algún objetivo e irse. Si vemos la antigüedad en la empresa, muchos de ellos llevaban poco tiempo en esa empresa y la rotación laboral era alta.
En momentos en que se revisarán las normas y la política de seguridad en el trabajo, es indispensable pensar en el problema real de la monetarización de los riesgos. Es decir, en cómo evitar que el desempeño de una actividad laboral riesgosa o una empresa insegura se conviertan en alternativas de empleo para los trabajadores de los cuales no puedan sustraerse.
Un camino es garantizar de una vez el derecho a parar, pero junto con ello garantizar también el derecho de los trabajadores a continuar recibiendo sus remuneraciones si una empresa debe suspender sus faenas por situaciones de riesgo. Con esto asegurado, se evitaría el dilema extremo, pero real, entre arriesgar la salud y la vida o quedarse sin empleo.
El seguro contra accidentes y enfermedades profesionales podría contemplar hacerse cargo del pago de las remuneraciones frente a eventos de esta naturaleza.

Notas relacionadas