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Opinión

12 de Junio de 2011

El repliegue de la Dirección del Trabajo

El pasado 6 de junio la Directora Nacional del Trabajo, en uso de sus facultades para interpretar la norma laboral, emitió el dictamen 2314/038/2011, en el cual señala que las asignaciones de movilización y colación “no deben incluirse en la base de cálculo para el pago de las indemnizaciones sustitutiva del aviso previo y de […]

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El pasado 6 de junio la Directora Nacional del Trabajo, en uso de sus facultades para interpretar la norma laboral, emitió el dictamen 2314/038/2011, en el cual señala que las asignaciones de movilización y colación “no deben incluirse en la base de cálculo para el pago de las indemnizaciones sustitutiva del aviso previo y de años de servicio”, reduciendo así en un porcentaje importante, que puede alcanzar hasta un 20%, los montos que los trabajadores y trabajadoras reciben por concepto de indemnización.

El mencionado dictamen tiene interesantes particularidades, que se inscriben en un contexto mayor de conductas y acciones mediante la cual la Dirección del Trabajo, durante el gobierno del Presidente Piñera, ha retrocedido, lenta, silenciosa, pero sistemáticamente, en su rol de cautelar y defender los derechos de los trabajadores.

La primera particularidad, es que dicho dictamen no responde ninguna consulta ni controversia llevada ante el organismo, sino que es emitido ¡por iniciativa propia de la Dirección!

Lo segundo, es que implica un viraje en 180 grados respecto de una doctrina que el organismo ha sostenido contra viento y marea desde hace más de una década.

En efecto, el mismo dictamen ordena reconsiderar, “en lo pertinente, los dictámenes de esta Dirección Nºs. 2745/042, de 09.07.2009; 3011/055, de 17.07.2008; 1012/49, de 16.03.2001; 2982/159, de 08.06.1999, y 4466/308, de 21.09.1998, y cualesquiera otro que contenga doctrina similar incompatible con el tenor del presente dictamen”. Es decir, borra toda la construcción doctrinaria anterior generada por la misma Dirección.

La razón expuesta por la Directora en el citado documento es la existencia de una serie de fallos de la Corte Suprema, en orden a excluir dichos componentes de la base de cálculo de la indemnización y la consecuente necesidad de armonizar la interpretación de la norma.

Lo que omite el mencionado dictamen, es que la incorporación de las mencionadas asignaciones de colación y movilización ha sido y continua siendo materia de controversia ¡dentro del propio Poder Judicial!, en tanto los Jueces del Trabajo, especialistas en derecho laboral, han considerado mayoritariamente que las citadas asignaciones constituyen estipendios que se entregan de forma fija y regular y que, lejos de compensar los gastos específicos de los trabajadores en uno u otro ítem mes a mes, se transforman en un componente más de la remuneración mensual. En esta interpretación se busca también evitar que los empleadores “disfracen” sueldo por la vía de estas asignaciones con el fin de escabullir indemnizaciones.

Asimismo, omite la Dirección del Trabajo, que los fallos de unificación de jurisprudencia de la Corte Suprema, amén de ser dictados por jueces no necesariamente especializados en materia laboral, se han generado en votación divida, lo cual habla de una controversia que lejos de estar resuelta, permanece abierta.

Lo que no se entiende, entonces es que en el marco de una controversia abierta, la Dirección del Trabajo, asuma, por sí y ante sí, y sin requerimiento previo, una postura restrictiva de los derechos laborales y se ordene tras las posiciones del empresariado en la materia. Eso es lo que ha hecho el reciente dictamen, emitido sin discusión previa y sin más publicidad que la del sitio web del Servicio.

El efecto de esta decisión, está lejos de ser retórico, académico o político, sino que es concreto e inmediato. En las oficinas de conciliación de la Dirección del Trabajo, se resuelven por acuerdo entre las partes más de 40.000 controversias de despidos cada año.

En cada uno de esos acuerdos, hasta hoy, los funcionarios de la Dirección han calculado las indemnizaciones por años de servicio considerando las asignaciones de movilización y colación como parte de la base de cálculo.

A partir de antes del pasado 6 de junio, esto no será así, en directo perjuicio de los miles de trabajadores que se acercan a las Inspecciones y Centros de Conciliación en busca de un organismo que otorgue eficacia al derecho del trabajo.

Esta decisión, empero, no es un evento aislado, sino que ha operado en el contexto de una silenciosa pero efectiva tarea de freno sobre la acción de la Dirección.

A comienzos de este gobierno, se disolvió la Unidad de Inspección Programada de Oficio, cuerpo de elite que centralizaba las fiscalizaciones más complejas como las relativas a la Ley de Subcontratación.

Asimismo, la Dirección dejó de aplicar multas directas a las empresas en una serie de faltas, entregando plazos de corrección y ralentizando significativamente la aplicación de sanciones por los incumplimientos laborales.

Mención aparte merecen las instrucciones a quienes representan a la Dirección en juicios y causas para tratar de “conciliar” y llegar a acuerdo con las empresas demandas, evitando las sentencias definitivas, lo que constituyó una novedad en la política del servicio.

Asimismo, antes de culminar 2010 se despidieron 28 funcionarios y funcionarias, se les rebajaron sustantivamente los salarios a otros 45.

En el presente mes de junio de 2011, asimismo, se les puso término a las contratas de más de 15 funcionarios y funcionarias, debilitando seriamente la capacidad de fiscalización y gestión del servicio.

La Dirección del Trabajo es un servicio que ha operado consistentemente en la defensa de los derechos de los trabajadores.

Conflictos como el que enfrentó con CODELCO por los derechos de los trabajadores suministrados durante la administración anterior demostraron su autonomía y profesionalismo. Esto ha requerido no sólo de la indiscutible capacidad técnica y de gestión de los funcionarios y funcionarias que laboran en ella, sino que también de la decisión y dirección de quienes la conducen.

Mientras la Ministra del Trabajo señala a los cuatro vientos su compromiso con la defensa de los derechos de los trabajadores, la Dirección del Trabajo ha optado por limitar de forma persistente su rol en esta tarea.

*El autor se desempeñó en la Dirección del Trabajo entre los años 2006 y 2010 y en la actualidad es socio de Desarrollo y Trabajo Consultores.

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