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Nacional

3 de Febrero de 2012

Paz Froimovich deberá pagar $ 100 millones a familia que casi muere intoxicada por monóxido de carbono

Un hombre y sus hijas estuvieron a punto de perder la vida porque el departamento que alquilaban no se apegó a las normas de construcción. La empresa intentó deslindar responsabilidades en el ocupante del inmueble y que éstos sólo buscaban dañar su imagen corporativa. Sin embargo, la magistrada Gabriela Silva desechó esa versión.

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La empresa constructora Paz Froimovich deberá pagar 100 millones de pesos a la familia de Mauricio Gallardo por su responsabilidad en la intoxicación por monóxido de carbono, debido a que uno de sus edificios ubicado en la calle Tarapacá no cumplía con las normas de seguridad necesarias.

El fallo, emitido por la titular del 20º Juzgado Civil de Santiago, Gabriela Silva, y que publica The Clinic Online, estableció que la firma no observó los preceptos normativos y técnicos que resguardan la vida y propiedad de las personas, lo que provocó que los conductos colectivos de evacuación de gases, no funcionaran de manera adecuada.

La sanción que establece el dictamen judicial también alcanza al arquitecto de la obra, Eduardo Froimovich Libedinsky, por su responsabilidad en el diseño del edificio.

Criterio inédito

El fallo consideró además que la responsabilidad de la empresa no sólo opera respecto de el primer comprador del edificio, sino de cualquier persona que lo estuviera ocupando. Según entendidos en la materia, este razonamiento jurídico usado por la magistrada no es común en demandas de este tipo.

Los hechos ocurrieron en junio de 2006, cuando Mauricio Gallardo se estaba duchando. Al salir se percató que sus hijas, Bárbara de dos años y tres meses y Sofía, de cuatro años y siete meses “circulaban por la casa con movimientos descoordinados y erráticos”.

Gallardo las llevó de emergencia al hospital, donde además toda la familia se sometió a exámenes que arrojaron altos niveles de monóxido de carbono que podrían haber causado la muerte o graves daños neurológicos. Afortunadamente nada de ello ocurrió, pero las niñas quedaron con secuelas sicológicas que debieron ser tratadas por un especialista.

Versión absurda

El abogado patrocinante de los afectados, Juan Cristóbal Labarca, valoró la decisión judicial. Según el jurista, el fallo es relevante y sienta un precedente sobre el daño moral que puede sufrir una persona con hechos de este tipo, toda vez se sancionó a la empresa, aún cuando Gallardo era el arrendatario del inmueble.

En la tramitación del juicio, la empresa intentó desvirtuar los argumentos de Gallardo y su abogado, argumentando que la responsabilidad era precisamente de este último, ya que la mantención del departamento era de quien habitaba el lugar. Además señalaron que lo único que buscaban los demandantes era dañar su imagen corporativa.

La magistrada rechazó la postura y se basó en un informe emitido por la Superintendencia de Electricidad y Combustible que daba cuenta de las anomalías.

Hasta el cierre de esta edición, la firma no había presentado la apelación ante el tribunal de alzada capitalino.

Lea el fallo completo

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