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Nacional

9 de Mayo de 2012

Jordi y Kramer terminan de amiguis tras acuerdo extrajudicial por supuestas injurias

Las defensas del fotógrafo Jordi Castell y el humorista e imitador Stefan Kramer llegaron a un acuerdo mutuo para evitar presentarse ante el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, ante la querella por injurias que interpuso el también conductor del programa Primer Plano en contra del comediante. Ambos a través de sus abogados ingresaron ante […]

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Las defensas del fotógrafo Jordi Castell y el humorista e imitador Stefan Kramer llegaron a un acuerdo mutuo para evitar presentarse ante el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, ante la querella por injurias que interpuso el también conductor del programa Primer Plano en contra del comediante.

Ambos a través de sus abogados ingresaron ante el tribunal una escritura pública de desistimiento de la acción legal para que el juzgado de garantía dicte el sobreseimiento definitivo de la causa, abierta tras la interposición del libelo acusatorio por supuestas injurias a la honra y dignidad de Castell por la caracterización que hace de éste Kramer.

El escrito suscrito ante la Notaría de Eduardo Avello sostiene que ambos anuncian el desistimiento debido a que “comprenden que la imitación de Kramer es producto de un rol humorístico que hace de la labor de Castell, donde lo único que se persigue es entretener al público”.

Por su parte, Castell dice en el texto que “quiere dejar la querella porque nunca tuvo intención de dañar la carrera profesional de Kramer, sino que solamente defender su honra y dignidad, que entiende tras las explicaciones del humorista, nunca fueron mermadas tras una cordial discusión y entendimiento”.

En la misma escritura pública, Kramer acepta el desistimiento de Castell para evitar que prospere la audiencia citada para este viernes, en donde ambos debían comparecer personalmente ante el tribunal.

Ahora el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago debe emitir una resolución donde se da por informado de esta escritura de desistimiento mutuo, y define si es necesario o no que para dictar el sobreseimiento definitivo de la causa, cita a una audiencia con ambos o emite una resolución de oficio dando por concluido el proceso.

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