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Nacional

1 de Agosto de 2013

Comisión Interamericana de DDHH acoge a tramitación recurso por negativa de Chile al matrimonio homosexual

La información fue entregada a The Clinic Online por el dirigente del Movimiento de Liberación Homosexual, Rolando Jiménez y el abogado patrocinante Ciro Colombara. Ambos explicaron que la CIDH le entregó al Estado dos meses para informar por qué no permitió a tres parejas del mismo sexo casarse en el Registro Civil en septiembre de 2010, criterio que fue confirmado por la Suprema y el Tribunal Constitucional. La decisión llega en plena campaña presidencial y todo indica que en la respuesta al organismo, los sectores más ultramontanos de la derecha querrán verse representados y los candidatos a La Moneda deberán pronunciarse una vez evacuado el documento que de seguro generará debate, porque la imagen de Chile ante la comunidad internacional está en juego.

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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) acogió a tramitación un recurso presentado por el Movimiento de Liberación Homosexual (Movilh), por la discriminación sufrida por tres parejas del mismo sexo en 2010, luego que el Registro Civil no les permitiera casarse y posteriormente la Corte de Apelaciones de Santiago, el Tribunal Constitucional (TC) y la Suprema confirmaran esa negativa.

La información fue confirmada a The Clinic Online por el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, quien agregó que junto a este trámite la CIDH ya informó al Estado chileno para que remita su respuesta. En otras palabras Chile deberá enviar un documento donde se explique por qué habiendo contraído compromisos internacionales en contra de la discriminación y el respeto a los derechos humanos, sigue rigiendo una ley que data de 1855.

Jiménez valoró la determinación de la CIDH y aseguró que “estamos viendo una voluntad en ese sentido, porque además se creó una unidad especial destinada a analizar los temas de diversidad sexual, así que esperamos que este caso pase a la Corte Interamericana, donde esperamos tener una rotunda victoria”.

Y agregó: “El Estado chileno ya fue notificado y ahora cuenta con un plazo de dos meses para entregar sus argumentos sobre una ley que discrimina. En Chile habrá matrimonio igualitario, sin discriminación de ninguna especie. Lo habrá por la vía de la sentencia de la Corte Interamericana o por la vía legislativa”, argumentó Jiménez.

El recurso es patrocinado ante la CIDH por los abogados chilenos Ciro Colombara Branislav Marelic y el estadounidense Hunter Carter.

En conversación con este diario, Colombara se manifestó satisfecho con la determinación del organismo.

“Primero estamos muy satisfechos que se haya aplicado el versaltum que en los hechos implica que se le dio una preferencia a este caso, que es el primero en América Latina, donde se analizará si es un derecho humano o no, lo cual entendemos que es muy relevante para el debate jurídico de fondo que es el matrimonio igualitario”, indicó Colombara.

Para el abogado junto a esta importancia del trámite administrativo, lo importante es que “el Estado de Chile no pida una prórroga del plazo de dos meses y que conteste dentro del plazo fijado y esperamos que el Estado de Chile transparente su posición y la forma en como llega a ella. Porque aquí lo que esta en juego es la responsabilidad internacional del Estado de Chile y eso trasciende con mucho al gobierno de turno”, insistió.

Justito, justito

La decisión de la CIDH llega a Chile en plena campaña presidencial y al alero del discurso de la derecha, representada por Evelyn Matthei, de un rotundo no a cualquier iniciativa en este sentido, principalmente de la UDI.

A diferencia del gremialismo, el gobierno ha intentado la aprobación del llamado Acuerdo de Vida en Pareja (AVP) -una de las promesas del Presidente Sebastián Piñera- que se encuentra en plena tramitación en la Comisión de Legislación y Justicia del Senado. El proyecto ha generado un intenso debate y ha avanzado poco, lo que llevó a La Moneda, el pasado 10 de julio a ponerle “urgencia simple”, cuestión que aceleraría, quizás, una posible aprobación durante esta administración.

Ahora bien, es posible que la respuesta del Estado chileno indique que se han hecho todos los esfuerzos en la línea de aprobar una ley que no discrimine a las personas del mismo sexo y que el AVP sigue esa lógica.

Sin embargo, el AVP no es matrimonio, como lo reclaman ante la CIDH los recurrentes, de allí que el contenido de la respuesta revelará la postura de Estado frente al tema; y cuando se conozca, de seguro generará debate, ya que es altamente posible que los sectores más conservadores que integran la actual administración, quieran dejar saber su opinión y que ésta quede plasmada en el documento. Este tema tampoco dejará fuera a los candidatos presidenciales que deberán pronunciarse, porque se trata de la imagen que el país dejará a la comunidad internacional sobre la materia.

Ahora bien, en el caso hipotético de que el Estado chileno pierda el juicio, las recomendaciones o condena de la CIDH son obligatorias. En ese momento habrá que ver cómo reaccionarán las facciones más ultramontanas de la política nacional.

Larga batalla

La decisión del organismo internacional está referida a tres casos ocurridos el 23 de septiembre de 2010 en el servicio de identidades de Santiago. Aquel día llegaron tres parejas solicitando hora para contraer el vínculo: César Peralta y Hans Arias, ambos chilenos y solteros. Le siguieron Víctor Arce y José Lillo, quienes se casaron en Argentina, solicitando en esa oportunidad la inscripción del matrimonio. Concurrieron además Stephane Abran y José Monardes, ambos casados en Canadá. A todos les negaron la sola posibilidad, atendido que tanto el Código Civil, como la Ley de Matrimonio Civil, establece que el vínculo es entre un hombre y una mujer. Y no hay más.

Así comenzaron entonces una lucha judicial en la Corte de Apelaciones de Santiago, el 20 de octubre del mismo año. Los argumentos centrales del recurso de protección fueron la discriminación arbitraria de parte del servicio, toda vez que ello iba en contra de los tratados firmados por Chile, entre otros puntos.

El 14 de diciembre, el tribunal de alzada capitalino, estimando que el caso tenía importantes connotaciones, de oficio envió al Tribunal Constitucional (TC) un requerimiento para que se pronunciara sobre el artículo 102 del Código Civil, precisamente en el que se basó el servicio para el rechazo.

Casi un año demoró el TC en resolver la disyuntiva legal y el 3 de noviembre de 2011, aseguró que la actuación del Registro Civil se apegaba completamente a la ley. De esta forma la Corte integró en su rechazo al recurso de protección -del 9 de diciembre- los argumentos del TC.

Los recurrentes apelaron a la Corte Suprema que el 4 de abril del año pasado confirmó el criterio.

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