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Nacional

20 de Febrero de 2014

Celestino Córdova es declarado culpable de crimen del matrimonio Luchsinger Mackay

Este jueves el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco determinó que Celestino Córdova es el culpable del ataque incendiario que acabó con la vida del matrimonio Luchsinger Mackay el 4 de enero de 2013. En el veredicto se desestimó el carácter terrorista que la Fiscalía había atribuido. Respecto al atentado al Fundo Santa Isabel, Córdova fue absuelto, pues los jueces no dieron por acreditada su participación. Finalmente, el 28 de febrero se dará a conocer su sentencia definitiva.

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco dictó veredicto condenatorio contra el machi Celestino Córdova, autoridad ancestral mapuche del Lof Lleupeko, por el ataque incendiario perpetrado contra el empresario Werner Luchsinger, ocurrido la madrugada del 4 de enero de 2013, cuando fue atacado su fundo y terminó falleciendo calcinado junto a su esposa Vivian Mackay, en Vilcún.

En el veredicto, con voto de minoría de juez Oscar Viñuela, se desestimó el carácter terrorista que la Fiscalía atribuyó al crimen.

En la sala la parte querellante solicitó a los magistrados aplicar una condena de presidio perpetuo calificado, es decir, 40 años de presidio sin beneficios, de acuerdo a la gravedad del ilícito determinado. Asimismo, la Fiscalía de la Araucanía requirió que se acojan dos circunstancias agravantes en la sentencia contra el acusado.

El fallo contra Córdova será comunicado el viernes 28 de febrero, a las 16:00 horas.

El juicio oral partió el 3 de febrero con incidentes en las afueras del tribunal, situación que motivó una amplia presencia policial en el lugar esta jornada.

Respecto al primer crimen por el cual fue formalizado el machi, los jueces no dieron por acreditada la participación del acusado en este delito terrorista, “más allá de toda duda razonable”, por lo que Celestino Córdova fue absuelto.

Se trata del ataque que ocurrió la noche del 22 de diciembre de 2012, cuando un número indeterminado de personas, irrumpió con armas de fuego en el quincho de una casa ubicada en el camino a Pillalelbún, en la localidad de Cajón, correspondiente al Fundo Santa Isabel, en la que se encontraba el dueño del predio, su esposa, su hija y yerno, más dos asesores del hogar.

En el lugar redujeron y amenazaron a las víctimas -tres de las cuales resultaron con lesiones leves- registraron el inmueble sustrayendo diversas especies, dos celulares y ocho armas de fuego: tres escopetas, dos revólveres, dos rifles y un fusil, además de munición de diverso calibre. En forma paralela los atacantes rociaron el inmueble con combustible y le prendieron fuego, provocando la destrucción completa de la casa, además de tres vehículos estacionados en el lugar. Los jueces calificaron este hecho como delito de incendio de casa de carácter terrorista, pero no se acreditó la participación del machi.

En tanto, la detención de Córdova, baleado y vistiendo ropas oscuras, a escasos minutos del ataque de la madrugada del 4 de enero de 2013, en la casa del Fundo La Granja Lumahue, de la localidad de General López, mientras el matrimonio de Werner Luchsinger y Vivian Mackay, de 75 y 69 años, respectivamente, se encontraba al interior, fue determinante para convencer a los jueces de la participación de la autoridad mapuche en los hechos.

Esa noche los atacantes efectuaron diversos disparos con armas de fuego y agredieron al matrimonio. El empresario intentó repeler el ataque haciendo uso de su arma de fuego, mientras las personas que habían irrumpido en la propiedad rociaron el inmueble con combustible e iniciaron el fuego dejando al matrimonio al interior, provocando la muerte de ambos por carbonización en incendio de tipo homicida.

Para ambos hechos, la Fiscalía invocó la Ley Antiterrorista ya que a juicio del Ministerio Público tuvieron como finalidad producir temor en la población, algo que los jueces no consideraron en el caso del crimen contra el matrimonio.

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