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Nacional

3 de Julio de 2014

Caso Bachelet: Poder Judicial abre investigación por tortura y cumple recomendación de la Comisión Interamericana de DDHH

La decisión fue adoptada por la fiscal de la Suprema, Mónica Maldonado, a pocos días de retirarse del Poder Judicial. Esta última envió los antecedentes a su homóloga del tribunal de alzada Clara Carrasco, quien a su vez remitió los documentos en calidad de denuncia al magistrado Mario Carroza. De esta manera, y casi 9 meses después, la judicatura cumple con la recomendación de la CIDH, respecto de que el Estado de Chile debe perseguir las responsabilidades de los ex FACh que torturaron a los compañeros de armas del padre de la Presidenta, el general Alberto Bachelet. Según lo recabado por The Clinic Online, la indagatoria se inicia por tres ex uniformados: Omar Maldonado, Álvaro Yáñez e Iván Rojas. Asimismo, se reabrirían causas sobreseídas respecto de Ernesto Galaz, Jaime Donoso y Víctor Adriazola.

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Pocos días antes de retirarse del Poder Judicial -el 27 de junio- la fiscal de la Corte Suprema Mónica Maldonado, resolvió que se iniciara una investigación en contra de los militares de la FACh que torturaron a los compañeros del general Alberto Bachelet -padre de la Presidenta- apremios por los que murió en los meses posteriores al golpe militar de 1973.

De acuerdo a la información obtenida por The Clinic Online en fuentes del máximo tribunal, Maldonado envió los antecedentes a su homóloga de la Corte de Apelaciones de Santiago, Clara Carrasco. Esta última, luego de analizar la documentación, la remitió en calidad de denuncia al ministro del tribunal de alzada capitalino a cargo de las causas de derechos humanos, Mario Carroza, quien debe iniciar la indagatoria de rigor.

Según lo recabado por este medio, la indagatoria se inicia por tres ex FACh: Omar Maldonado, Álvaro Yáñez e Iván Rojas.

Asimismo, se reabrirían causas que estaban sobreseídas respecto de Ernesto Galaz, Jaime Donoso y Víctor Adriazola. Todos estuvieron con Alberto Bachelet.

De esta manera, la judicatura dio cumplimiento a la recomendación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que en noviembre pasado notificó al Estado de Chile que debía perseguir las responsabilidades de los ex FACh que participaron en los apremios. Todo lo anterior, luego de que los torturados recurrieran a la CIDH denunciando falta de justicia.

Marido engañado

En todo caso, la determinación se produce luego de que el Poder Judicial no cumpliera con el plazo de seis meses otorgado por la CIDH.

La historia es así: las recomendaciones llegan a Chile en noviembre de 2013 a las oficinas del Ministerio de Relaciones Exteriores y son remitidas de inmediato al máximo tribunal.

A fines de enero de 2014, Sergio Muñoz, con dos semanas como presidente de la Suprema, se enteró de la existencia de este documento y que no había sido informado al Pleno, ni menos remitido a la cancillería por su antecesor Rubén Ballesteros, pese a que estaba redactado y firmado a fines de diciembre. Olvido u omisión, había un atraso de cuatro meses.

De inmediato se enviaron los antecedentes a la fiscal Maldonado, quien comenzó a analizarlos, pero con lentitud. Fue así como llegó abril de este año y la CIDH, considerando la tardanza, elevó la presentación a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (COIDH). En esta instancia, el Estado de Chile entra en un juicio, donde existen altas posibilidades de que sea condenado y se abra a pagar una indemnización a las víctimas.

Larga decisión

El inicio de esta indagatoria ocurre trece años después que un grupo de doce ex oficiales recurrieron a la Suprema, con el fin de que se anulara el proceso 1-73 que tramitó la justicia militar después del golpe por sedición y traición a la patria, ilícitos por los cuales fueron condenados.

La presentación al máximo tribunal se ingresó en 2001 y a fines del año siguiente los altos jueces rechazaron el recurso. Los argumentos fueron, básicamente, que no tenían competencia para revocar un proceso incoado en la judicatura castrense.

Lo argüido por la Suprema en esa oportunidad, es el mismo criterio connivente que utilizó el Poder Judicial con la dictadura de Pinochet. Y esto porque en dos fallos, uno de 1973 y otro de 1974 no ejerció, como la ley lo indica, la facultad y superintendencia de los tribunales militares en tiempos de guerra, hecho recogido en el Informe Rettig.

Los aviáticos no se contentaron con la decisión de los magistrados. Entonces recurrieron a la CIDH en 2003. Diez años después vino el primer embate al Estado de Chile. Sucede que el organismo interamericano hizo seis recomendaciones.

Una de ellas es elocuente: “Adoptar las medidas necesarias para otorgar un recurso judicial efectivo para la protección de los derechos de las víctimas y sus familiares que le fueron conculcados, en particular respecto del valor probatorio dado a las confesiones rendidas bajo efectos de tortura”.

Y a continuación estimó que “deben establecerse las responsabilidades penales y/o administrativas a que haya lugar, por la omisión de investigar las torturas padecidas por las víctimas… que fueron puestas en conocimiento de las autoridades chilenas”. En otras palabras indagar la responsabilidad del mismo Poder Judicial.

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