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Nacional

21 de Octubre de 2014

Corte Suprema anuló arresto domiciliario total de imputado por caso bombazos

La Segunda Sala de la Corte Suprema acogió la impugnación al amparo presentado a favor de Guillermo Durán, revocando el domiciliario total a la que estaba sujeto, tras ser formalizado por la Fiscalía Metropolitana Sur por su presunta implicancia en el denominado caso bombazos.

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Bomba que detonó en el Subcentro de Escuela Militar a comienzos de septiembre.

Bomba que detonó en el Subcentro de Escuela Militar a comienzos de septiembre.

La Segunda Sala de la Corte Suprema acogió la impugnación al amparo presentado a favor de Guillermo Durán, revocando el domiciliario total a la que estaba sujeto, tras ser formalizado por la Fiscalía Metropolitana Sur por su presunta implicancia en el denominado caso bombazos.

Con lo resuelto se anuló la decisión de la Corte de Apelaciones de San Miguel que modificó la cautelar de arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional para el imputado.

La decisión de la Sala Penal del máximo tribunal de Justicia, se produjo luego que el defensor, Cristián Rojas, presentara un recurso de amparo, tras la decisión de la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel que agravó la cautelar en contra del imputado Durán.

La Corte Suprema, indicó en su resolución que “se invalida lo obrado en la audiencia de 29 de septiembre pasado por la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por los ministros José Contreras, Ana María Arratia y Marianela Cifuentes, al conocer del recurso de apelación deducido por la parte querellante en contra de la decisión del 15ª Juzgado de Garantía de Santiago”.

Asimismo la Corte Suprema dio un plazo adicional de dos días para que los intervinientes apelen a la resolución del 23 de septiembre del 2014, ocasión en que se decretó el arresto domiciliario parcial de Guillermo Durán. La decisión se funda en el hecho que la decisión del tribunal de Garantía de elevar los antecedentes a la Corte de San Miguel, antes que venciera el plazo legal de apelación, no permitió a los restantes intervinientes hacer uso de ese derecho.

Anulan decisión Corte de Apelaciones

Por su parte el ministro de la segunda sala de la Corte Suprema, Milton Juica, indicó en el fallo que existía una ” ausencia de fundamento real en la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, lo que agrava el régimen cautelar dispuesto en primera instancia, que la referencia a los requisitos formales del artículo 140 del Código Procesal Penal no subsana, situación que hace más evidente la conculcación de los derechos de los intervinientes a obtener una decisión fundada en un procedimiento legalmente tramitado”, aspecto en que coincidió con la presentación hecha por el defensor penal público, Cristián Rojas

La causa fue alegada ayer lunes por Fernando Mardones, abogado Jefe de la Unidad de Corte de la Defensoría Nacional, ante la sala penal del máximo tribunal del país, que está integrada por los Ministros Milton Juica, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y Lamberto Cisternas.

Incompetencia de tribunal

Para el próximo 28 de octubre a las 9 horas, en dependencias del 4° Juzgado de Garantía de Santiago, quedó fijada la audiencia solicitada por los defensores penales públicos Eduardo Camus y Rodrigo Torres, para que este tribunal se declare competente de seguir conociendo la causa, y no el Quince de Garantía – como sucede en a actualidad- debido a que los delitos investigados ocurrieron en el territorio del Cuarto de Garantía y no donde se encuentra radicada actualmente la causa.

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