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Nacional

24 de Octubre de 2014

Formulan cargos contra empresa Golden Omega por graves incumplimientos ambientales

Cabe precisar que las infracciones graves puede resultar en la revocación de una RCA, clausura, o multa de hasta 5.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA).

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sma

Tres cargos graves y tres leves por incumplimientos ambientales formuló la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) contra la empresa productora de concentrados de Omega 3 Golden Omega, ubicada en la Región de Arica y Parinacota.

Según consigna La Tercera, la SMA fiscalizó a la empresa en mayo de 2013, a lo que luego se sumó una denuncia de la Seremi de Salud de la Región de Arica y Parinacota, por almacenar sustancias peligrosas no declaradas en su Declaración de Impacto ambiental (DIA) y la no realización de este almacenamiento de la forma evaluada ambientalmente.

En marzo de este año funcionarios de la Seremi de Salud y la Gobernación Marítima de Arica, informaron a la SMA que constataron hechos constitutivos de infracción que tienen relación con el manejo y descarga de residuos industriales líquidos.

Las infracciones graves detectadas fueron contar con un punto de descarga no autorizado ambientalmente, no contar con Permiso Ambiental Sectorial (PAS), establecido en el artículo 76 del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental, y contar con residuos peligrosos fuera de bodega de almacenamiento y sin cumplir con los requisitos de rotulación de la NCh 2.190 Of. 93.

Respecto de las leves, éstas fueron realizar almacenamiento de sustancias peligrosas en lugar sin techo, sin pretil y sin pozo de contención, superación parámetros por sobre nivel de tolerancia establecido en el D.S. N° 90/2000 los meses de marzo, abril y mayo del año 2014 y no cumplir a cabalidad con el requerimiento de información realizado por esta Superintendencia en el Acta de Inspección Ambiental, de fecha 13 de mayo de 2014.

Cabe precisar que las infracciones graves puede resultar en la revocación de una RCA, clausura, o multa de hasta 5.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA).

Las leves, en tanto, podrán ser objeto de amonestación o multa hasta 1.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA).

Tras la formulación de cargos, la empresa tiene 10 días de plazo para presentar un Programa de Cumplimiento o cuenta con 15 días de plazo para formular descargos ante Superintendencia de Medio Ambientes, tras lo cual continúa el proceso sancionatorio.

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