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11 de Diciembre de 2014Bancos arriesgarán multas de hasta US$ 1 millón si no se hacen cargo de cajeros malos
De acuerdo a la nueva normativa, cada entidad deberá tener una disponibilidad del servicio no menor a 95%, es decir, 28,5 días al mes o 22,8 horas al día.
Esto de acuerdo a una nueva normativa de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) que fija un mínimo de funcionamiento, y establece amonestaciones, sanciones y multas.
“Debido a la importancia que este medio ha ido adquiriendo para los clientes bancarios y las dificultades observadas para asegurar una calidad de servicio adecuada y constante, se hace necesario dictar normas que establezcan condiciones mínimas para el funcionamiento de los cajeros automáticos, especialmente en lo que se refiere a su capacidad de efectuar giros de dinero”, explica la norma.
Ante el incumplimiento, las sanciones y multas que contempla la propia Ley de Bancos pueden llegar a las 5.000 UF y subir hasta las 25.000 UF (US$1 millón) si la falta es reiterada.