Secciones

Más en The Clinic

The Clinic Newsletters
cerrar
Cerrar publicidad
Cerrar publicidad

Nacional

21 de Agosto de 2015

Ex presidenta del Colegio de Abogados asegura que la Fiscalía “se está apartando del principio de legalidad”

Por

olga feliu

Olga Feliú, la ex presidenta del Colegio de Abogados y actual miembro de la Comisión Especial de Probidad y Transparencia encargada por la Presidenta Baclehet, realizó duras críticas a la labor del Ministerio Público en la investigación de los casos SQM y Penta.

En entrevista con La Tercera aseguró que frente a las últimas peticiones de formalización, la Fiscalía “se está apartando del principio de legalidad”. Esto porque, según Feliú, “la denuncia de los delitos tributarios sólo pueden iniciarse por querella de Impuestos Internos o el Consejo de Defensa del Estado, pero insisto, con el requerimiento previo del servicio”. Dijo que el Ministerio Público “no puede formalizar si no tiene querella o denuncia del SII, siendo además un delito que trata la ley tributaria, correspondiente a esa institución”.

Insistió en que, si se trata de un delito cuyo origen es la ley tributaria, “el Ministerio Público no tiene la facultad para actuar de oficio, porque la ley eso se lo atribuye al Servicio de Impuestos Internos. Lo dice la legislación. Esto se discutió en el Senado y se decidió mantener al SII con la potestad de iniciar la acción penal, pues la investigación corresponde exclusivamente al Ministerio Público”.

Consultada sobre si personas que aparecen mencionadas en querellas pueden ser formalizadas, Feliú insistió en que “no, porque requiere denuncia o querella del Servicio de Impuestos Internos en estos casos, y ese requerimiento se dirige en contra de una persona, la que posteriormente es la imputada (…). Los órganos del Estado sólo pueden actuar en aquellos casos que la ley les da competencias en base a la legislación existente. Eo, se llama principio de legalidad. Entonces eso quiere decir que está mal el Ministerio Público”. Aseguró que la Fiscalía “sólo puede indagar con la querella. Los órganos del Estado deben actuar respestando los principios de igualdad, porque es una garantía asegurada a las personas y puede haber diferencias, pero tiene que haber un fundamento y tiene que ser razonable para que no sea arbitrario”.

Además se refirió a las distinciones en las formalizaciones, que se han pedido sobre sospechosos de delitos tributarios, pero no sobre todos los investigados: “Esa es una distinción de personas, y para que ésta sea justificada, no puede ser arbitraria, ni ser sin un fundamento razonable. La autoridad tendría que dar las razones por qué está distinguiendo un caso de otro, de lo contrario esa diferenciación podría ser calificada de arbitraria. En temas tan importantes, las autoridades tienen que definir criterios de distinción”.

Notas relacionadas