Nacional
27 de Agosto de 2015Ex director del SII Ricardo Escobar explica el “efecto perverso” que se produce con formalizar sin querella del órgano fiscalizador
"En este caso, se está permitiendo que haya una acción contra personas que no han sido específicamente mencionadas en las querellas como posibles autores y eso abre un campo que, en mi opinión, no está previsto en la ley”, sostuvo el abogado, a su vez que manifestó que esto afecta los intereses del SII en cuanto a promover que las personas que tengan alguna irregularidad se acerquen voluntariamente a cumplir con sus obligaciones.
En entrevista con La Tercera,el abogado tributarista, cuyo estudio defiende a algunos investigados por posibles trucherías en los casos Penta y SQM explicó que tras este fallo, “el precedente que sienta es muy delicado para la actividad del SII, porque la ley es bastante clara en cuanto a que el SII debe investigar los casos que llegan a su conocimiento y decidir si ejerce o no acciones penales contra las personas que aparecen involucradas. Cuando no, procede a aplicar las sanciones pecuniarias que corresponden”. En ese sentido Escobar precisó que “en este caso, se está permitiendo que haya una acción contra personas que no han sido específicamente mencionadas en las querellas como posibles autores y eso abre un campo que, en mi opinión, no está previsto en la ley”.
El abogado precisó que ahora si una persona está puesta en la situación de tener que acercarse al SII porque hay una referencia amplia en una denuncia que ni siquiera la menciona derechamente “va a estar más renuente a regularizar la situación”.
Es por esta sencilla razón que para Escobar la decisión “es contraria al interés fiscal, desde luego, y además, es la razón por la que el legislador reservó para el director del Servicio la facultad de decidir cuando procede en sede penal o cuando procede en sede civil, aplicando sanciones pecuniarias”.
Al ser consultado por si en verdad el órgano fiscalizador de cierta manera delegó la decisión de definir quiénes son responsables a la fiscalía con el hecho de dirigir sus acciones “contra quienes resulten responsables”, Escobar reconoció que “esa ha sido la base de la decisión de la Corte, entiendo, y por eso probablemente, en futuras querellas, el SII tendrá que evitar incluir una frase como esa. La lógica de esa redacción siempre ha sido la de que la Fiscalía investigue y, si hay alguna otra persona que aparece, sea el SII el que amplíe la querella o denuncia en su minuto. Ahora se llevó esto más allá de la aplicación tradicional. Yo no estoy de acuerdo con esa tesis.
A su vez insistió en que “me parece contraria a una política de recaudación fiscal, que es lo que normalmente debería primar en estos casos”.
Escobar manifestó que “esto no tiene ningún sentido”, por que “podría ser” que la corte termine formalizando a cientos de emisores de boletas para ir con la línea.