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28 de Septiembre de 2015

Víctimas de Karadima recurren a la Corte de Apelaciones para acceder al archivo secreto del Arzobispado de Santiago

En el escrito al que accedió The Clinic Online, los recurrentes señalan que la autoridad eclesiástica debe exhibir la documentación, ya que se trata de una institución bajo el imperio de las leyes nacionales. Y en esa línea carece de privilegios especiales, debido a que Chile es constitucionalmente un estado laico . De esta manera buscan revocar la decisión del ministro de fuero Juan Manuel Muñoz Pardo, quien acogió los argumentos de la curia, que invocó el secreto canónico para oponerse a la diligencia.

Por

Ezzati

Las víctimas del sacerdote Fernando Karadima, recurrieron a la Corte de Apelaciones, con el fin de acceder al archivo secreto del Arzobispado de Santiago. Esto luego que el ministro del tribunal de alzada Juan Manuel Muñoz Pardo, rechazara la solicitud, en el marco de la demanda interpuesta en contra de la iglesia chilena por $ 450 millones.

De acuerdo al escrito al que accedió The Clinic Online, los recurrentes reclaman que la resolución de Muñoz Pardo los priva de acceder a documentación, a su juicio, necesaria para demostrar que la curia nacional fue negligente en la persecución de los abusos cometidos por Karadima, toda vez que personas pertenecientes a la estructura, efectuaron acciones de encubrimiento que retrasaron la acreditación de los hechos.

Hay que recordar que el archivo en cuestión se encuentra en una caja fuerte o armario secreto, tal como lo establece el Código Canónico, sitio al que sólo puede acceder monseñor Ricardo Ezzati, quien guarda la única copia de la llave.

La petición de los demandantes se funda además en tratar de anular los argumentos esgrimidos por la iglesia ante el ministro, que invocó el “secreto canónico” para evitar la exhibición de los documentos y que estos últimos, al menos los referidos al caso, no estaban en su poder, sino en Roma. A lo anterior también se sumó que los papeles son de carácter confidencial ya que pueden afectar la honra de fieles mencionados en ellos.

Según los demandantes, lo argüido carece de racionalidad jurídica, ya que la iglesia es una entidad que debe responder a las actuaciones judiciales de los tribunales nacionales.

Al respecto, señalan que Chile es un estado laico, tal como lo establece la Constitución Política y que, aún cuando existe libertad de culto y conciencia, “lo anterior, sin embargo, no puede confundirse en el reconocimiento de privilegios a las iglesias que están constituidas en nuestro país”, dice la presentación.

E insiste: “Con relación a la solicitud de exhibición que esta parte solicita -la caja o armario secreto- es un bien mueble, el cual no se encuentra acogido bajo ningún derecho otorgado o reconocido por alguna ley de nuestro país, en otras palabras, no existe ningún régimen especial de reconocimiento por de una ley ‘común o civil’ de Chile”.

A renglón seguido, los recurrentes insisten en que la invocación del Derecho Canónico para evitar que se acceda a la información, no puede estar por sobre la legislación chilena: “En otras palabras, la iglesia católica no puede escudarse en una norma interna para abstraerse de la jurisdicción de nuestros tribunales”, apunta la presentación.

La demanda que tramita el magistrado, fue interpuesta en 2012 por Juan Carlos , James Hamilton y José Andrés Murillo. Se trata de la continuación del proceso penal que sustanció la ministra de fuero de la Corte de Apelaciones de Santiago, Jéssica González. En el expediente, la magistrada acreditó los delitos, pero sobreseyó la causa ya que los hechos estaban prescritos.

Vale recordar que este miércoles, por primera vez desde que se interpueso la acción legal, prestará testimonio en calidad de testigo el ex arzobispo de Santiago, francisco Javier Errázuriz,

N. de la R: Por un error, originalmente se publicó que la defensa de las víctimas de Karadima habían recurrido a la Corte Suprema con el fin de acceder al archivo secreto del Arzobispado de Santiago. Sin embargo, el escrito fue dirigido a la Corte de Apelaciones.

Lea la presentación completa

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