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Poder

10 de Noviembre de 2015

Comisión de Constitución de la Cámara establece cárcel efectiva por colusión y despacha proyecto

La Comisión de Constitución de la Cámara despachó este martes el proyecto de ley que establece cárcel y aumenta las multas aplicables por casos de colusión. Esto luego de que el Ejecutivo ordenara la discusión inmediata de la iniciativa, tras conocerse el esquema de colusión entre CMPC y SCA (ex Pisa).

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Comisión Constitución

La Comisión de Constitución de la Cámara despachó este martes el proyecto de ley que establece cárcel y aumenta las multas aplicables por casos de colusión. Esto luego de que el Ejecutivo ordenara la discusión inmediata de la iniciativa, tras conocerse el esquema de colusión entre CMPC y SCA (ex Pisa).

Según detalla un comunicado oficial, la iniciativa contempla penas de entre 5 y 10 años de cárcel, y multas consistentes en el doble del beneficio obtenido fraudulentamente o el 30% de las ventas en el período de colusión de la empresa implicada.

Además, en la comisión se aprobó replicar los criterios de la denominada Ley Emilia a los actos colusorios, asegurando así al menos un año efectivo de cárcel antes de que los responsables puedan acceder a formas alternativas de cumplimiento de penas.

“Para que la legislación opere como un real disuasivo los actores económicos deben saber que existe la posibilidad concreta de pagar con cárcel por este tipo de conductas, lo que se podía evitar en ciertos casos por la aplicación de atenuantes”, destacó el presidente de la Comisión, diputado Leonardo Soto.

Asimismo, se aprobó que si la colusión implica bienes de primera necesidad se apliquen penas por sobre los 7 años y medio de cárcel, lo que por sí solo asegura reclusión efectiva para los culpables.

Límite a beneficios por autodenuncia

Otra de las modificaciones introducidas al proyecto por la Comisión de Constitución fue restringir los beneficios otorgados por la delación compensada, “porque hasta ahora existían para el primer, segundo, tercer y hasta cuarto delator, lo que no nos pareció razonable”, señaló Soto.

Por lo anterior, se estableció que solo la primera empresa en auto denunciarse podrá eximirse de la sanción penal y el total de la multa. A su vez, para la segunda se mantiene la responsabilidad penal, teniendo además que pagar al menos la mitad de la multa (lo que es equivalente al total de los beneficios obtenidos ilegítimamente)

Con todo, el diputado Soto explicó que para acogerse al beneficio tendrán que cumplir una serie de requisitos, como “entregar antecedes que efectivamente conduzcan a establecer la participación de las empresas y las responsabilidad individuales, y que no sea un grupo organizador del cartel que haya conexionado a los otros”.

“Así reforzamos la delación compensada como una herramienta efectiva para desbaratar los carteles, pero con la convicción de que hay que restringir los beneficios a quienes se coluden perjudicando a millones de personas”, concluyó el parlamentario.

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