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14 de Enero de 2016

JUNAEB: El informe final de Contraloría que explica el sumario por sobreprecio en las colaciones escolares

En su investigación definitiva, la Contraloría anuncia que se realizará un sumario en la Junaeb y plantea que deben ser fiscalizados y justificados los tratos directos como los que suscribió la institución con Hendaya y Verfrutti, y que implicaron un perjuicio al fisco por sobreprecio superior a $5 mil millones.

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JUNAEB

El 24 de noviembre de 2015, la Contraloría General de la República entregó el informe final de la investigación especial a Junaeb.

El documento, de 98 páginas, repasa una a una las conclusiones del pre informe de la entidad que tras cuatro meses de investigación determinó que existían una serie de problemas de gestión, además de vacíos administrativos, y un perjuicio al fisco en contratos directos adjudicados a Hendaya y Verfrutti en la licitación ID N° 85- 10-LP14 que implicó un sobreprecio estimado en $5 mil millones por la repartición en las regiones del Bío Bío y Aysén -dividido en cuatro zonas- de 185 mil raciones diarias de desayunos y almuerzos.

En esta línea, uno de los principales anuncios del organismo fiscalizador es que “se incoará un proceso sumarial con el fin de investigar y perseguir las eventuales responsabilidades administrativas de los funcionarios involucrados en los hechos observados”.

EL DEDAZO
junaeb
En su informe final la Contraloría estableció que si bien Junaeb cumplió con las reglas al convocar a un trato directo para subsanar el problema de continuidad tras la caída de la empresa Ferbas, no se demostró la conveniencia de adjudicar las raciones alimenticias a Hendaya y Verfrutti, quienes presentaron ofertas anual con costos anuales de $17.380.990.418 y $8.061.463.956, respectivamente, lo que implica una diferencia pecuniaria para Junaeb es de $5.024.037.236 respecto de las propuestas de otras compañías considerando que se trata de contratos por dos años.

Así, si bien dictamina que “la forma de convocatoria de dicho proceso y al mayor valor contratado en relación al presupuesto disponible durante el año 2014, se debe señalar que no se advirtieron vulneraciones”, insiste en observaciones respecto de que “no se aprecia cual fue la conveniencia para la institución de adjudicar a dichas firmas, pues, en definitiva, se pagó un mayor valor ascendente a $ 1.931.636.016, en relación a la oferta más económica del proceso declarado desierto” previamente.

También consigna que aunque se entregó por parte de Junaeb información acerca de por qué se prefirió a Hendaya, “en cuanto a la selección de Verfrutti S.A. se plantea que no se tuvieron a la vista los antecedentes en base a los cuales se estableció su selección”.

En esta línea, la Contraloría acusó que “atendido que la entidad no aportó antecedentes que den cuenta de los motivos considerados para estimar la opción más conveniente a contratar; que las empresas contratadas no obtuvieron el mayor puntaje por condiciones laborales; y que de acuerdo a las indagaciones realizadas durante la fiscalización no se encontró evidencia de la existencia de la comisión evaluadora” se mantienes las críticas de fondo al procedimiento dada “la falta de antecedentes que sustenten la decisión de seleccionar a las empresas finalmente contratadas a través de trato directo”.

“Corresponde que, en lo sucesivo, la JUNAEB proceda por la vía del trato directo únicamente cuando concurra alguna de las precisas causales que la ley y el reglamento contemplan, y ello se encuentre debidamente acreditado, teniendo en consideración que se trata de una modalidad excepcional de contratación, lo cual será validado en futuras auditorías que realice esta Entidad de Fiscalización”, plantea el organismo, a la vez que agrega que Junaeb “deberá remitir el documento mediante el cual se instruya acerca del procedimiento de trato directo comprometido por el servicio en su respuesta, en un plazo de 60 días hábiles a contar de la recepción del presente documento”.

EL CUESTIONADO TRATO CON LA USACH

El texto determina que para las licitaciones relacionadas con el Programa de Alimentación Escolar, la JUNAEB utilizaba un modelo matemático desarrollado por la Universidad de Chile que fue cambiado a través de un trato directo por uno de la Universidad de Santiago en 2014 y que tuvo un costo de $ 105 millones.

El organismo fiscalizador plantea que no debió entregarse este servicio a la USACH de manera discrecional. “Sin perjuicio que el servicio de estudio, diseño, construcción, puesta en marcha y supervisión de un ‘Modelo científico de solución’ para la administración y ejecución del proceso de evaluación de las ofertas presentadas en el marco del programa de alimentación escolar y de párvulos, convenido con la Universidad de Santiago de manera directa, pueda estimarse de carácter estratégico para la institución, ello no permite justificar la razón de acudir al trato directo, fundado en la consideración especial de las facultades de ese proveedor en relación a otros, máxime considerando que un servicio similar ya había sido prestado por otra universidad”, destaca.

También recalca que el pago en cuotas a la institución se realizó de forma previa a recibir los informes comprometidos y consigna que la glosa presupuestaria a la que fue cargado el gasto es incorrecto.

En otro de sus puntos, ahonda en la situación de del exjefe de Unidad de Asesoría Jurídica de Junaeb, Sebastián Andrés Pérez Torrejón, quien percibió honorarios pagados por la sociedades Conservera Pentzke, la que tiene como empresa filial a Comercial de Alimentos S.A Alicopsa, la que resultó beneficiaria de un contrato por $82.404.640.000 por un periodo de tres años con Junaeb; y en la Marco Antonio Urbina König, quien se desempeñó como jefe de Control y Desarrollo de proveedores del Programa de Alimentación Escolar, PAE, y jefe nacional del PAE hasta el 13 de agosto del año 2014, cuando fue despedido, y que trabajó en las bases de licitación de un contrato que se adjudicó su posterior empleador, Merkén S.A por más de $25 mil millones. Sobre esto detalla que no se pueden comprobar faltas administrativas y que es materia de investigación judicial.

SIN DATOS

Junaeb
Contraloría acota que desde el año 2013 a mayo de 2015 la Unidad de Auditoría Interna de la JUNAEB efectuó dos examenes al Programa de Alimentación año 2013 que demostró “discrepancias de coberturas no satisfechas entre las raciones asignadas de acuerdo a muestras mensuales de asignaciones y la cantidad de beneficiarios focalizados, según la metodología institucional del Sistema Nacional de Asignación con Equidad, en adelante SINAE, lo cual implica un incumplimiento a la entrega del beneficio a estudiantes definidos por la JUNAEB como prioritarios”.

A esta grave situación se suma el “incumplimiento del plazo de 90 días para las liquidaciones y los pagos de los ajustes establecidos en los contratos con las empresas prestadoras del PAE, por los servicios de alimentación proporcionados a los beneficiarios de la JUNJI, debido a la falta de ingreso de información correspondiente al año 2013, por parte de esa repartición, al sistema informático destinado al control del programa de alimentación escolar en las áreas de cantidad, calidad y oportunidad”.

En las siguientes páginas ahonda en las contrataciones directas de la licitación ID N° 85- 10-LP14 con Servicios Alimenticios Hendaya S.A. y Verfrutti S.A y detalla que los antecedentes de estas compras “están vaciadas en planillas excel”, sin ser incorporadas al Sistema de Información y Gestión del Programa de Alimentación Escolar.

Este sistema, conocido como Sigpae, funciona “de manera deficiente, hecho que ha obstaculizado mejorar la gestión, debido a la gran cantidad de información que se maneja”. Existe, consigna “tardanza en implementar medidas tendientes a permitir que el SIGPAE incorpore las adjudicaciones en análisis, de manera de que los procesos de control, supervisión y multas sean automatizados, infringe los principios de responsabilidad, eficiencia, eficacia y control dispuestos en los artículos”.

Para subsanar estos problemas, Contraloría consigna que “sin perjuicio del sumario que instruirá este Organismo de Control; la JUNAEB deberá supervisar, de manera oportuna, la correcta formulación de los pliegos de condiciones de los futuros procesos licitatorios que convoque, de modo que permita detectar los eventuales errores y/o inconsistencias que pudiesen presentarse.

También advierte que “corresponde que, en el futuro, la JUNAEB acate los criterios de selección definidos y adopte las medidas que le permitan contar con los antecedentes que fundamenten los motivos por los cuales se eligió a un determinado proveedor en las contrataciones bajo la modalidad de trato directo, situación que será validada en una futura fiscalización” y añade que la Junta tiene trabajo pendiente:

“Deberá remitir los antecedentes que acrediten que el proceso de supervisión y de multas de las variables C1-06 de la licitación ID N° 85-10-LP14 y de los tratos directos efectuados con las empresas Hendaya S.A. y Verfrutti S.A. se encuentre en el ambiente productivo del Sistema de Gestión SIGPAE, en el plazo de 60 días hábiles, a contar de la recepción del presente informe”, concluye.

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