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Nacional

11 de Agosto de 2016

Dirigente de Caimanes: La Corte Suprema “sabe que el natural escurrimiento de las aguas no es través de un tubo”

Tras el dictamen de la Corte de Apelaciones de La Serena que permite a la Minera Los Pelambres, parte del holding minero del grupo Luksic, generar obras complementarias en vez de demoler el muro de contención del tranque de relaves El Mauro, el Comité de Defensa de Caimanes señala que acudirán a la Corte Suprema y a cortes internacionales de ser necesario. "Si ellos no ratifican ya sería el colmo de la vergüenza y estaríamos ante un país indeseable”, dice su presidente, Cristián Flores.

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Caimanes_FOTO-ALEJANDRO-OLIVARES

Con indignación y desazón, pero no tanta sorpresa. Así se define Cristián Flores, presidente del Comité de Defensa del pueblo de Caimanes, ante el fallo de la Corte de Apelaciones de La Serena que este lunes revocó la decisión de marzo de 2015 demoler total o parcialmente el muro de contención del tranque de relaves El Mauro, propiedad de la Minera Los Pelambres.

Un dictamen que dio la razón a la minera del grupo Luksic y que aprobó un plan de obras complementarias presentado por la empresa el 21 de noviembre de 2014, complementado con un acuerdo marco al que llegó a empresa con un grupo de pobladores de Caimanes en abril de este año y en el que participó el estudio de abogados que antes representaba a Flores y el comité de defensa.

La noticia fue muy bien recibido en la minera, que declaró su conformidad con el proceso mediante un comunicado público, ya que esa decisión deja sin efecto la decisión del tribunal de Los Vilos, que había estimado que el plan propuesto por la minera no era idóneo para permitir el escurrimiento natural de las aguas del Estero Pupío.

De esa forma, los querellantes tendrán que ir nuevamente a la Corte Suprema para se cumpla con el dictamen que el máximo tribunal emitió en octubre de 2014. Una instancia en la que Flores y el equipo de abogados del comité esperan conseguir un nuevo triunfo y sacar definitivamente el muro de contención de relaves.

“La impresión que tenemos es que la Corte de Apelaciones de La Serena ha sido una corte, por así llamarlo, ‘pelambrina’. Es una corte que nunca nos ha dado la razón, porque recordemos que esta causa ya había pasado por ahí y rechazó la petición de nosotros, no así la Corte Suprema que revocó la decisión de esa corte y dio lugar a la demanda de Caimanes, incluso tirándole las orejas a la Corte de Apelaciones de La Serena de ser más prolijos o fijarse más en las sentencias que dictan”, dice Flores, a días del revés judicial.

Según el dirigente, la decisión del tribunal de alzada serenense plantea varias dudas sobre el proceder frente a este caso, tomando en cuenta que usó el acuerdo marco que es parte de otro juicio y que no tiene que ver con lo que debía juzgar ese tribunal.

“Lo que hace la Corte de la Serena, en vez de juzgar el plan de obras que tenía que presentar minera Los Pelambres en un mes y que presentó el 21 de noviembre de 2014, y que juzgó el tribunal de Los Vilos, se dedica a hacer un juicio ahora sobre obras que se presentan 17 meses más tarde en un juicio distinto, con partes distintas y toma eso para fallar el 8 de agosto”, explica el abogado de la comunidad Esteban Vilchez.

Para el jurista, un fallo completamente fuera de lugar y difícil de entender porque “no responde ni respeta los principios jurídicos más básicos para poder resolver este tema y que toma en consideración obras que no tienen nada que ver en esta historia y que no tenían que ser evaluados en este fallo. Por eso no podemos entender que la Corte de La Serena puede tener un criterio tan alejado del mérito del proceso, incluso tomando en consideración cosas que están en otro proceso, en otras partes y en otros juicios”.

Circuito entubado

La decisión del tribunal, emanada este lunes 8 de agosto, tomó en consideración un estudio encargado a un perito experto en ingeniería hidráulica para determinar si el plan propuesto por la minera era idóneo para cumplir con lo mandatado por la Corte Suprema en 2014.

Dicho informe, según lo señala el dictamen del tribunal, señaló que como ya no existen cauces en donde se manifieste el libre tránsito de las aguas del estero, esto debería entenderse como “la existencia de un flujo superficial en el cauce de manera que todos los usuarios de agua de la cuenca pudiesen hacer uso de sus derechos, en la fracción que les corresponda según la distribución programada”.

De esa forma, el tribunal estimó ilógico que la imposición implique únicamente el paso de las aguas por su cauce original y tomó en consideración el informe pericial, que señaló que el plan propuesto de un circuito entubado cumple con la conducción del agua evitando filtraciones y/o evaporación y evitando el contacto con el depósito de relaves.

Esto, aún cuando el mismo perito señaló que dicho informe lo realizó con información que le fue transmitida verbalmente por el perito adjunto de la minera. Una afirmación que para los querellantes no tiene mucho sentido.

“Tenemos una instancia que es la Corte Suprema, donde se dijo que se devolviera el libre y natural escurrimiento de las aguas. Y ella sabe que el natural escurrimiento de las aguas no es través de un tubo. Entonces, tenemos todas la fe puesta ahí. Si ellos no ratifican ya sería el colmo de la vergüenza y estaríamos ante un país indeseable”, agrega Flores.

Vilchez, por su parte, señala que de no recibir un fallo satisfactorio en esa instancia irán incluso a cortes internacionales. “Tengo absolutamente claro que tenemos que agotar los recursos internos primero para ir fuera de Chile, pero nosotros no nos vamos a detener porque estamos peleando por la vida de personas. Si este tranque colapsa, como ocurrió en el caso de Brasil en la localidad de Bento Rodríguez, va a arrasar con el pueblo de Caimanes y buena parte de Los Vilos. Y eso lo sabe la minera, la Corte de La Serena, los abogados de Ossa y compañía y hasta acá se han dedicado a hacer oídos sordos”, señala el abogado.

Cristián Flores, líder de Caimanes: “Aquí en Chile manda el señor Luksic” – The Clinic Online

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