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Nacional

29 de Septiembre de 2016

TC acoge recurso de Roberto Guzmán Lyon por multa de la SVS en caso Cascadas

En el marco del caso Cascadas, el Tribunal Constitucional (TC) dio acogida al recurso presentado por Roberto Guzmán Lyon, quien pidió la inaplicabilidad por inconstitucionalidad de la multa que la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) le aplicó. En el escrito, Guzmán Lyon se queja de la sanción de US$21 millones. Dice que se trata de una multa […]

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En el marco del caso Cascadas, el Tribunal Constitucional (TC) dio acogida al recurso presentado por Roberto Guzmán Lyon, quien pidió la inaplicabilidad por inconstitucionalidad de la multa que la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) le aplicó.

En el escrito, Guzmán Lyon se queja de la sanción de US$21 millones. Dice que se trata de una multa “exorbitante” y que la ley que creó la SVC no “define criterios, parámetros o principio alguno que permita aplicar una sanción legalmente determinada al caso concreto, ni tampoco establece criterios que establezcan una base de cálculo real y cierta para la determinación del límite superior de dicha sanción, deviniendo ello en una multa indeterminada, con la consiguiente infracción al principio de legalidad”.

“No existe ningún parámetro de “objetividad” para la aplicación del artículo 29 del DL 3538. Si bien se alude en términos genéricos al principio de proporcionalidad, en los hechos su aplicación al caso concreto produce efectos contrarios a la Carta Fundamental y, específicamente, a dicho principio, concreción de la igualdad ante la ley y la prohibición de discriminación arbitraria (artículo 19, N° 2°) y el derecho a un justo y racional y debido proceso administrativo (artículo 19, N° 3°); desde que se hace una mera remisión, también general y no motivada, a lo dispuesto en los artículos 27 y 28 del DL 3538″, responde el TC.

Se provocan “efectos contrarios a la Constitución Política de la República, específicamente, al principio de proporcionalidad, desde que su materialización fáctica no se sustenta sobre la base de criterios de razonabilidad (objetivos y ponderados) que permitan determinar por qué se ha impuesto una determinada sanción, e incluso, por qué un porcentaje específico y no otro”, agrega.

Ahora el tribunal revisor deberá fijar una multa máxima de 15 mil UF.

En un principio, Guzmán Lyon había sido multado por 550 mil UF, es decir, poco más de $14.276 millones de pesos. Se le acusaba de “efectuar transacciones o inducir, o intentar inducir a la compra o venta de valores, regidos o no por esta ley, por medio de cualquier acto, práctica, mecanismo o artificio engañoso o fraudulento” y “efectuar transacciones en valores con el objeto de estabilizar, fijar o hacer variar artificialmente los precios”.

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#Cascadas#Chilean News#SVS

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