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Nacional

15 de Enero de 2017

Condenan a carabineros por violencia innecesaria contra jóvenes manifestantes de 2012 en Aysén

La justicia militar dictó sentencia contra seis carabineros responsables de agredir brutalmente y provocar lesiones graves a dos manifestantes, durante la movilización social que sacudió a la Región de Aysén en 2012, bajo el mandato del expresidente Sebastián Piñera.

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En febrero de 2012, un grupo de pescadores artesanales de Aysén se tomó el Puente Presidente Ibáñez, la principal ruta de acceso a la región. Fue el inicio del mayor movimiento social en la zona austral del país. El gobierno del entonces presidente Sebastián Piñera respondió enviando una gran contingente de Fuerzas Especiales a reprimir las manifestaciones. Hubo enfrentamientos y muchos heridos entre ellos Camilo Paillapán Andrade y Matías Escobar Fernández. Cinco años después de los incidentes, la justicia militar condenó a seis carabineros por violencia innecesaria y lesiones graves contra los jóvenes .

El 27 de febrero de 2012, a las 22:00 horas, Camilo y Matías, junto a un grupo de jóvenes, protestaban con una fogata, en calle El divisadero esquina Los Notros, Coyhaique. La central de Carabineros recibió una llamada alertando de la protesta y envió tres patrullas al lugar. Los vehículos policiales se detuvieron a unos 50 metros de la fogata. Entonces se desató la violencia.

Los efectivos del primer vehículo, Boris Vera Santibañez, Juan Garrido Contreras y Carlos Ferrrer Pérez, se bajaron del auto y avanzaron en fila india hacia los manifestantes, parapetándose tras los muros de las casas para evitar ser vistos. En paralelo, un segundo vehículo, se estacionó a 50 metros. Desde esa distancia, uno de los oficiales lanzó varias lacrimógenas hacia la esquina donde estaban los jóvenes y se produjo una cortina de humo, que los carabineros que habían descendido del auto aprovecharon para avanzar. Ya en la esquina, Vera, Garrido y Ferrer se cruzaron con Camilo y lo golpearon con lumazos en la cabeza. La agresión le provocó un traumatismo encéfalo craneano de carácter grave.

Un tercer vehículo de carabineros del operativo, integrado por los efectivos Andrés Figueroa Pulgar, Cristian León Colima y Joel Riqueleme Navarro, avanzó rápidamente hacia el grupo de manifestantes y atropelló a Matías. Su pie izquierdo quedó atrapado por una de las ruedas delanteras del auto. El jefe de la patrulla y uno de los efectivos bajaron del vehículo y en vez de prestarle auxilio, golpearon a Matías con sus bastones. El atropello le provocó una grave lesión en el pie y los lumazos una fractura en la mano derecha.

Después de golpearlos, Camilo y Matías fueron abandonados por los efectivos policiales, quienes se retiraron del lugar. Los amigos de los jóvenes, con ayuda de los vecinos del sector, los trasladaron al Hospital Regional de Coyhaique.

Posteriormente, y mientras los heridos eran atendidos por personal médico, una de las patrullas que participó en el operativo, junto a otro vehículo policial, llegó hasta el hospital para detener a Sebastián Calluqueo y Sebastián Vera, ambos cercanos a los jóvenes heridos. No hicieron ninguna mención a los lesionados ni a las razones de por qué estaban en el Hospital.

Cuatro años más tarde, la justicia militar dictó la primera sentencia por violencia policial innecesaria contra los manifestantes del movimiento “Aysén tu problema es mi problema”.

Vera, Garrido y Ferrer, los agresores de Camilo, fueron condenados a 3 años de presidio menor. La sentencia judicial dice: “se condena a la pena de 3 años de presidio menor en su grado medio y la accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autores del delito de Violencias Innecesarias causando Lesiones Graves a Camilo Alex Piallapán Andrade, previsto y sancionado en el Nº 2 del artículo 330 del Código de Justicia Militar”.

Figueroa, León y Riquelme, agresores de Matías, también fueron condenados a tres años, pero en grado medio. La sentencia judicial dice: “se condena a pena de 3 años de presidio menor en su grado medio y la accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autores del delito de Violencias Innecesarias causando Lesiones Graves a Matías Leodán Escobar Fernández, previsto y sancionado en el Nº 2 del artículo 330 del Código de Justicia Militar”.

Sin embargo, ninguno de los efectivos condenados cumplirá pena efectiva de cárcel, por lo tanto, el abogado de Camilo y Matías, el jurista Cristián Cruz, presentó una apelación al fallo.

“La sentencia tiene como aspecto fundamental que reconoce la brutalidad policíaca, y no los excesos que es el eufemismo que se ocupa en estos casos, que incluyó un atropello intencional y no contento con ello, los efectivos se bajaron a golpearlo. Tampoco prestaron ayuda y los dejaron ahí”, comentó el abogado Cruz sobre el caso.

Además Cruz sostuvo que “el Ministerio Público abandonó a las víctimas, es decir, no buscó perseguir y sancionar a los responsables. Esa fue la tónica de todas las víctimas de movimiento de Aysén. Un Ministerio Público que prefirió mirar para otro lado y dejar en impunidad a los responsables”.

El abogado también criticó la actuación del Instituto de Derechos Humanos, bajo la administración de Lorena Fries, “realizaron informes, pero no persiguieron a los responsables, seguramente, porque se trataba de gente pobre y ahora Fries fue premiada con la subsecretaría”, concluyó.

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