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Nacional

8 de Marzo de 2017

Caso Penta: Tribunal acoge a trámite requerimiento de Laurence Golborne para suspender su procedimiento

Durante la jornada de este miércoles, la Segunda Sala del Tribunal Constitucional decidió acoger a trámite el recurso de inaplicabilidad presentado por el exministro de Piñera, Laurence Golborne, que tenía como fin suspender el bullado caso Penta sólo en el caso del ex candidato presidencial. Pues bien, por esta determinación es que queda suspendido el procedimiento contra Golborne, mientras la justicia decide respecto a la admisibilidad de la solicitud de Golborne.

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Durante la jornada de este miércoles, la Segunda Sala del Tribunal Constitucional decidió acoger a trámite el recurso de inaplicabilidad presentado por el exministro de Piñera, Laurence Golborne, que tenía como fin suspender el bullado caso Penta sólo en el caso del ex candidato presidencial.

Pues bien, por esta determinación es que queda suspendido el procedimiento contra Golborne, mientras la justicia decide respecto a la admisibilidad de la solicitud de Golborne.

Vale decir que dichos alegatos por admisibilidad se desarrollarán el próximo 14 de marzo. Para dicha cita ya declaró su inhabilidad el ministro de la Segunda Sala, Cristián Letelier.

El ex brazo derecho de Horst Paulmann en Cencosud acusa vicios inconstitucionales en su petición:

“De conformidad a los dispuesto en el artículo 93 Nº6 e inciso 11º de la misma disposición de la Constitución Política de la República y lo dispuesto en la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional Nº 17997, especialmente en sus artículos 79, 80 y siguientes, vengo a solicitar a VS. Excma declare, para el proceso seguido bajo el RIT Nº 6873-2014 y RUC Nº 1400637392-6, actualmente en tramitación ante el Octavo Juzgado de Garantía por el delitos tributarios y otros, la inaplicabilidad del artículo 64 inciso primero de la Ley de Impuesto a la Herencias, Asignaciones y Donaciones Nº16271, todo ello, por cuanto su aplicación en el proceso judicial referido contraviene la Carta Fundamental, en particular, lo dispuesto en sus artículos 19 Nº 3º incisos 7º y 8º de la Constitución Política de la República”, se lee en el escrito que lleva la firma del abogado Carlos Cortés.

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