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Nacional

8 de Septiembre de 2017

Justicia de La Serena prohíbe a Gendarmería desnudar a niñas y niños que visitan a familiares en penales

Este viernes, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) dio a conocer que la Corte de Apelaciones de La Serena falló a favor de seis menores de edad, prohibiendo que sean desnudados para ir a visitar a sus parientes. Según el texto del INDH, los familiares de los internos “han sido objeto de revisiones corporales […]

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Este viernes, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) dio a conocer que la Corte de Apelaciones de La Serena falló a favor de seis menores de edad, prohibiendo que sean desnudados para ir a visitar a sus parientes.

Según el texto del INDH, los familiares de los internos “han sido objeto de revisiones corporales denigrantes, incluidos desnudamientos, en el contexto de las visitas a sus familias”.

La entidad presentó un recurso de protección donde se relatan los episodios que han vivido los menores de edad al ingreso al establecimiento penitenciario, “como por ejemplo el tener que quitarse los pantalones y la ropa interior -independiente de su sexo- y además por ejemplo ser sometidos a vejámenes como hacer sentadillas delante del personal de Gendarmería, lo que causó agravio y daño psicológico a las niñas y niños”.

En la web de la entidad, se señala que la justicia decretó la ilegalidad de la medida, señalando que “la sola circunstancia de que la normativa interna de Gendarmería establezca un trato igual a los adultos para los menores que concurren a visitar a familiares u otras personas privadas de libertad, sin considerar su especial condición de mayor vulnerabilidad, y que además deje a criterio de un funcionario la forma de practicar el registro a tales menores, se divisa como una eventual vulneración de las garantías fundamentales de quienes, atendida su corta edad, muchas veces no están en condiciones de hacerlas efectivas”.

Según el INDH, de esta manera la Corte estableció que Gendarmería ocasionó una perturbación ilegítima en el ejercicio del derecho a la honra de los menores de edad afectados, ordenándole en lo sucesivo abstenerse de practicar la revisión total o parcial de los niños y niñas mediante la desnudez total o parcial, aplicando otras medidas no invasivas y una revisión superficial de sus vestimentas.

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