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Nacional

20 de Octubre de 2017

Las prohibiciones que tienen los candidatos para el periodo de propaganda electoral que inicia hoy

Hasta el 16 de noviembre será legal, entonces, instalar palomas, afiches y brigadistas en diferentes lugares públicos y privados. Respecto a la franja electoral se puede decir que los canales de televisión libre de Anatel emitirán los creativos materiales audiovisuales de los candidatos para llegar de mejor manera a la ciudadanía.

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Este viernes se da el vamos al periodo legal de la franja electoral y los diferentes elementos de propaganda con miras a las próximas elecciones presidenciales, parlamentarias y de consejeros regionales.

Hasta el 16 de noviembre será legal, entonces, instalar palomas, afiches y brigadistas en diferentes lugares públicos y privados. Respecto a la franja electoral se puede decir que los canales de televisión libre de Anatel emitirán los creativos materiales audiovisuales de los candidatos para llegar de mejor manera a la ciudadanía.

Según consigna La Tercera, a las 20:40 horas se lanzará un bloque de 20 minutos de franja electoral presidencial. Por su lado, los postulantes al Congreso aparecerán en el espacio de las 13:10 horas hasta las 13:30 horas. En el próximo día el orden será al revés.

Pero ¿qué tipo de propaganda se permite?

De acuerdo al medio antes citado, se da luz verde a:

1.-Publicaciones en prensa escrita, electrónica y radioemisoras
2.-Propaganda por activistas o brigadistas en la vía pública, mediante el porte de banderas, lienzos u otros elementos no fijos que identifiquen la candidatura
3.-Entrega de material impreso u otro tipo de objetos informativos
4.-Propaganda en las plazas y parques u otros lugares públicos autorizados por el Servicio Electoral (los carteles no pueden exceder los dos metros cuadrados)
5.-Propaganda en espacios privados mediante carteles, afiches o letreros, siempre que medie autorización escrita del propietario (carteles no pueden superar los seis metros cuadrados)

La propaganda prohibida es:

1.-Propaganda aérea mediante aeronaves o cualquier otro tipo de elementos de desplazamiento en el espacio aéreo
2.-Propaganda en calzadas, aceras, puentes, parques, postes, fuentes, estatuas, jardineras, escaños, semáforos y quioscos.
3.-Propaganda que, pese a ubicarse en lugar autorizado, destruya, modifique, altere o dañe de manera irreversible los bienes muebles o inmuebles que allí se encuentren
4.-Propaganda electoral en vehículos de transporte de pasajeros, paradas de transporte público, estaciones de ferrocarriles o de metro, o postes del alumbrado del tendido eléctrico, telefónicos, de televisión u otros de similar naturaleza.

El Servicio Electoral (Servel) será el encargado de fiscalizar que las medidas adoptadas se respeten y se cumplan tal cual lo dice la ley.

En caso de notar algún incumplimiento, la gente puede denunciar los hechos ante Carabineros.

Las multas van desde los 233 mil pesos hasta los 9 millones de pesos.

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