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Opinión

25 de Octubre de 2017

Columna de José Murillo: El abuso sexual a menores de edad, un delito que no debe prescribir

En el caso del abuso sexual infantil, por su estructura y tipo de violencia simbólica que se ejerce contra la víctima, hay amparo de impunidad, que se da por la asimetría de los contextos en los que se comete en cerca del 95% de los casos.. Esto crea una asimetría e impunidad al menos igual de grave que en los casos de violaciones a los derechos humanos. Contextos que debían ser protectores, garantes de derechos, como la familia, el colegio, la Iglesia, el grupo scout, son utilizados para abusar, vejar la dignidad de aquellos que están bajo esta protección hasta tal punto que logran romper la memoria, difuminar su sensación - y dignidad - de víctimas, para hacerlos parecer responsables, culpables, nulos. El Estado debe cuestionar su dogma de imprescriptibilidad para casos de abuso sexual infantil, y seguir el camino que ya otros han abierto, como Gran Bretaña, Australia, algunos estados de Estados Unidos, Argentina.

José Andrés Murillo
José Andrés Murillo
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Cerca del 95% de casos de abuso sexual infantil y según prácticamente todas las investigaciones a nivel internacional, coinciden en dos características: ocurren en ambientes que debían ser protegidos para los niños, y son cometidos por personas cercanas (familia o amigos de la familia, profesores, vecinos, guías o formadores religiosos).
El silencio, en estos casos, no es una decisión de las víctimas, sino que es parte de la estructura misma del trauma y del delito. Por eso preferimos llamarlo silenciamiento. Memoria traumática la han llamado varios investigadores. Describen la disociación que se produce en la conciencia de la víctima cuando la agresión constituye una violencia y traición mayor a la que pueden soportar. Una suerte de ruptura, “corto circuito” entre la memoria cognitiva y emocional. Dificultad de recordar los hechos – o parte de ellos – y continuar sufriendo sus consecuencias, por muchos años, a través de flash-backs, recuerdos invasivos, pesadillas, ideaciones sensoriales que sólo pueden coincidir con la agresión. (Recomiendo ver las investigaciones de la psiquiatra francesa Muriel Salmona sobre las consecuencias psicotraumáticas del abuso sexual en https://www.memoiretraumatique.org/).
En la mayoría de los casos, cuando las víctimas logran reconstruir parte de su historia a partir de los dolorosos fragmentos de su memoria, y deciden acudir a la justicia, entonces el Estado les responde con ese dogma de nuestro sistema judicial que es la prescripción.

La prescripción, en este caso, es el plazo de vencimiento que tiene una acción penal para investigar y condenar a una persona por un delito eventualmente cometido. Si pensamos que uno de los roles fundamentales de la condena penal es reordenar la realidad vulnerada para la víctima, para la sociedad e incluso para el victimario (ver Paul Ricœur, Lo justo), la prescripción viene a solidificar la realidad vulnerada. Cuando el Estado le dice a una víctima, a través de la prescripción, que la agresión que sufrió ya no puede ser juzgada, ni siquiera investigada, es el Estado mismo el que vuelve a traumatizar y garantizar la impunidad.

Yo puedo comprender que haya prescripción en algunos casos. Pero la prescripción debe tener excepciones. De hecho los tiene para los casos de los delitos de lesa humanidad. Esta excepción se fundamenta, entre otras cosas, por el amparo de la impunidad, y por la trascendencia del acto vejatorio. (ver G. Bernales, “La imprescriptibilidad de la acción penal en procesos por violaciones a los derechos humanos”, en Ius et Praxis, Talca, 2007).

En el caso del abuso sexual infantil, por su estructura y tipo de violencia simbólica que se ejerce contra la víctima, hay amparo de impunidad, que se da por la asimetría de los contextos en los que se comete en cerca del 95% de los casos.. Esto crea una asimetría e impunidad al menos igual de grave que en los casos de violaciones a los derechos humanos. Contextos que debían ser protectores, garantes de derechos, como la familia, el colegio, la Iglesia, el grupo scout, son utilizados para abusar, vejar la dignidad de aquellos que están bajo esta protección hasta tal punto que logran romper la memoria, difuminar su sensación – y dignidad – de víctimas, para hacerlos parecer responsables, culpables, nulos. El Estado debe cuestionar su dogma de imprescriptibilidad para casos de abuso sexual infantil, y seguir el camino que ya otros han abierto, como Gran Bretaña, Australia, algunos estados de Estados Unidos, Argentina.

Los países avanzan en imprescriptibilidad de los delitos sexuales contra menores de edad. Es inaceptable que nuestro país se ampare en un dogma y no acuda a la realidad y, como dice Vinka Jackson – psicóloga y sobreviviente de abuso – al derecho al tiempo de las víctimas.

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