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Nacional

25 de Junio de 2018

Amnistía Internacional: Los 7 puntos en que Chile es mencionado dentro del Informe de Derechos Humanos

En su último informe, el organismo apunta -a modo de introducción- que "la impunidad por las violaciones de derechos humanos cometidas en el pasado y a lo largo del año en Chile seguía siendo un motivo de preocupación. Persistía el uso excesivo de la fuerza por parte de la policía, especialmente contra indígenas mapuche". Añade el texto que "la Ley Antiterrorista se empleaba contra mapuches, pese a que hacerlo suponía una violación a las normas internacionales sobre garantías procesales". Inmigración, fuerzas policiales, impunidad y la ley de aborto son algunos de los temas que destaca el documento, respecto a la situación que se vive en Chile actualmente.

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Un nuevo informe sobre la situación de los derechos humanos en el mundo publicó Amnistía Internacional, que recoge los últimos casos de vulneración de derechos ocurridos entre 2017 y 2018.

En lo que respecta a Chile, Amnistía Internacional apunta -a modo de introducción- que “la impunidad por las violaciones de derechos humanos cometidas en el pasado y a lo largo del año seguía siendo un motivo de preocupación. Persistía el uso excesivo de la fuerza por parte de la policía, especialmente contra indígenas mapuches”.

Añade el texto que “La Ley Antiterrorista se empleaba contra mapuches, pese a que hacerlo suponía una violación a las normas internacionales sobre garantías procesales”.

Pues bien, a continuación revisa los siete puntos por los que Chile es mencionado dentro del informe de Amnistía Internacional.

Derecho de las personas refugiadas y migrantes:

El informe destaca el proyecto de ley que propuso el ejecutivo para la adopción de una nueva Ley de Migraciones. Se enmarca con la llegada al país de 14 familias sirias que llegaron bajo el programa de reasentamiento propuesto en 2014.

Policías y fuerzas de seguridad:

Persisten denuncias sobre uso excesivo de fuerza policial. El documento recalca la situación de los Mapuches en la región de la Araucanía. Dentro de los sucesos que menciona, se refiere al caso en que Fuerzas Policiales utiliza gas lacrimógeno en un colegio de la comunidad Temucuicui, mientra había niños pequeños en clases. La Corte Suprema consideró “proporcionada” la medida.

Impunidad:

Pese a que muchas familias de víctimas de la Dictadura exigen justicia, verdad y reparación, “la mayoría de los condenados no cumplían penas de prisión, y muchas víctimas carecían aún de acceso a mecanismos institucionales para exigir reparación”, detalla el informe.

Derechos de los pueblos indígenas:

Representantes de los pueblos indígenas critican que el proceso de elaboración de una nueva Constitución excluye varias cuestiones clave planteadas por ellos. De acuerdo al informe, “el Ministerio Público y el gobierno seguían abusando de la Ley Antiterrorista para procesar a mapuches sin cumplir las debidas garantías procesales”.

El documento advierte que “la Corte Interamericana de Derechos Humanos había declarado que aplicaciones similares de la Ley Antiterrorista contra activistas mapuche violaban la Convención Americana sobre Derechos Humanos”.

El escrito pone sobre la mesa, además, que 11 mapuche fueron absueltos por el caso Luchsinger Mackay, no sin antes ser acusados de “terrorismo”. Ellos permanecieron detenidos a espera de juicio o bajo arresto domiciliario durante largos 18 meses.

También se recoge la llamada “Operación Huracán”, caso en el que fuerzas policiales detuvo a 8 hombres a los que se les acusó de “asociación ilícita para la comisión de actos terroristas en conexión con los incendios de decenas de vehículos de carga y la planificación de tales incendios”.

Estas personas estuvieron detenidas desde julio hasta octubre, “cuando la corte declaró ilegítima su detención y no había justificado adecuadamente la necesidad de la prisión preventiva”.

Defensores y defensoras de los derechos humanos:

El informe pone sobre la mesa que los líderes del Movimiento de Defensa del Agua, la Tierra, y la Portección del Medio Ambiente (MODATIMA), en Petorca, sufrieron amenazas de muerte y se abrió una investigación por acoso e intimidación.

Por otra parte, el organismo recoge que en mayo pasado la Fiscalía de Temuco decidió cerrar la investigación por secuestro y tortura sufrida por el lonko mapuche de la Comunidad Autónoma de Temucuicui, Víctor Queipul Hueiquil.

Pese a que Queipul recibió amenazas de muerte si seguía defendiendo al pueblo mapuche, “el fiscal señaló que la investigación no podía proseguir porque Víctor Queipul no colaboraba”.

“En mayo, el Instituto Nacional de Derechos Humanos presentó una nueva demanda relativa a las torturas infligidas a Queipul: La investigación de ese segundo caso estaba en curso”, reza el informe.

Derechos sexuales y reproductivos:

Amnistía Internacional resalta que en septiembre entró en vigor la ley que despenaliza el aborto en las tres causales ya conocidas: peligro de vida de la madre, inviabilidad fetal y violación. Dicha iniciativa contemplaba, también, el derecho a la objeción de conciencia para el personal médico y las instituciones para que tuvieran la posibilidad de optar por no realizar abortos incluso en los casos mencionados anteriormente.

“Las directrices para la implementación de esa ley se aprobaron en diciembre. El aborto sigue estando penalizado en todas las demás circunstancias”, describe el informe.

Derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros e intersexuales:

Respecto a este punto, Amnistía Internacional plantea que, en junio, el Senado aprobó la Ley de Identidad de Género, que establecía el derecho de los mayores de 18 años al reconocimiento legal de su identidad de género modificando su nombre y sus indicadores de género en documentos oficiales mediante un proceso administrativo, sin necesidad de una cirugía de reasignación de género ni de un certificado médico.

Añade que “en agosto, el gobierno presentó ante el Senado un proyecto de ley que pretendía otorgar a las parejas de personas del mismo sexo derecho a contraer matrimonio y a adoptar, en igualdad con las parejas de personas de sexos distintos”.

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