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Nacional

7 de Enero de 2019

El fallo por Caso “Hijitus” que condena a TVN a pagar millonaria indemnización

Juan Andrés Romeo y Ana María Gómez fueron acusados de cometer delitos de connotación sexual contra niños que concurrían al jardín infantil Hijitus de la Aurora el año 2012.

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El pasado jueves 3 de enero se entregó la sentencia a TVN, donde el canal público fue condenado a pagar indemnización por daño moral a Juan Manuel Romeo y su mamá, Ana María Gómez Gallo, por la negligente cobertura del “Caso hijitus”.

Este hecho se remonta a junio del año 2012, cuando ambas personas fueron acusadas de cometer delitos de connotación sexual contra niños que concurrían al jardín infantil Hijitus de la Aurora, ubicado en la comuna de Vitacura. Dicho establecimiento era de propiedad de su familia, en el cual ambos trabajaban; Ana María como sostenedora y Juan Manuel como monitor de computación.

A Juan Manuel Romeo, se le acusó de 94 delitos de violación y de abusos sexuales reiterados cometidos en contra de niños, mientras que a Ana María Gómez se le acusó de ser cómplice de dichos delitos, por haber supuestamente colaborado prestando y facilitando los medios al principal inculpado, en el rol de jefa y madre.

Ambas acusaciones resultaron ser falsas. Gómez fue sobreseída definitivamente el 12 de febrero del año 2014, por el Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, y Juan Manuel, fue absuelto de toda responsabilidad.

Pese a que se acreditó su inocencia respecto de los delitos que se les imputaron, ambos fueron privados de libertad: Ella, tras ser formalizada, quedó privada de libertad por 7 días sustituyéndose luego por arresto total domiciliario, situación en la que estuvo 200 días. Él, en tanto, tuvo la misma cautelar y estuvo más 230 días en la misma situación.

Ambos iniciaron un juicio ordinario de mayor cuantía de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual contra TVN por la cobertura que hizo del caso en el matinal “Buenos días a todos” y otros programas de la señal pública, alegando daño emergente y moral.

Lo cierto es que la sentencia fijó una reparación económica total de 35 millones, siendo 20 millones para Juan Manuel Romeo y 15 millones para Ana María Gómez.

El abogado

Pablo Caglevic, abogado de los denunciantes, señaló que Romeo y Gómez tomaron la sentencia “de forma positiva, ya que detalla expresamente nuestros argumentos, al acoger la demanda en razón del enjuiciamiento público que realizó el canal TVN en los programas denunciados, abusando totalmente de su derecho a informar, entregando información que no era objetiva ni veraz. Además, la sentencia comprendió que el actuar de TVN provocó un daño psicológico a ambos demandantes”.

Sin embargo la familia cuestionó la reparación económica que recibieron: “La familia quedó decepcionada por el monto condenado, toda vez que entienden que el daño provocado es bastante superior a la suma condenada”, señaló el persecutor.

Caglevic explica que esto debería marcar un antes y un después en la cobertura de este tipo de casos: “A nuestro juicio, la resolución debe marcar un claro precedente para este tipo de situaciones, toda vez que en nuestro país no existen muchas sentencias que condenen a reparar el daño provocado a los medios de comunicación masivos, por la forma desmesurada y poco profesional en que presentan la información de casos de connotación nacional, emitiendo opiniones sin ningún tipo de respaldo ni investigación previa, condenado públicamente a los denunciados, provocando un daño irreparable a estos últimos”.

Además, el abogado señaló que esta irresponsabilidad de los medios de comunicación masivos “se ve refrendada en la defensa de TVN, que se fundó, básicamente, en señalar que la libertad de prensa es más importante que la privacidad de las personas cuando un caso se cataloga como de connotación nacional y que por ello tendrían derecho a informar en la forma que lo hacen, sin considerar el daño irreparable que puedan causar”.

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