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Nacional

29 de Julio de 2015

La ONU pide explicaciones al Estado de Chile por solicitud de remoción de directora del INDH

Tres relatores de la ONU enviaron un documento que pide información sobre la polémica que protagonizó el Instituto Nacional de Derechos Humanos cuando un grupo de diputados de oposición pidieron la remoción de su directora, Lorena Fries. “Sírvase indicar de forma detallada las acciones emprendidas para garantizar la preservación de la plena independencia y autonomía del INDH necesarias a la democracia”, indica el texto. La respuesta será entregada por la Cancillería y preparada por el Ministerio de Justicia.

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Con fecha 15 de julio el director de Derechos Humanos de la Cancillería, Hernán Quezada, remitió la carta firmada por tres Relatores Especiales de la ONU a Elvira Oyanguren, jefa de gabinete de la ministra de Justicia, Javiera Blanco. En ella se solicitaba responder a la consulta que el 8 de julio realizaron Maina Kiai, David Kaye y Michel Forst, Relatores Especiales sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación, la promoción y la protección del derecho a la libertad de opinión y expresión y la situación de las y los defensores de los derechos humanos.

El documento solicita información sobre la polémica que protagonizó el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) cuando parlamentarios de oposición pidieron la remoción de su directora, Lorena Fries, luego de que se conociera un documento que criticaba el actuar de Carabineros durante las manifestaciones de 2011. “Estaríamos muy agradecidos de tener sus observaciones sobre los asuntos siguientes: 1. Sírvase proporcionar cualquier información o comentario adicional en relación con las alegaciones arriba mencionadas. 2. Sírvase indicar de forma detallada las acciones emprendidas para garantizar la preservación de la plena independencia y autonomía del INDH necesarias a la democracia y a la efectiva protección del cumplimiento de los derechos humanos por parte de las instituciones de la administración pública en Chile, de conformidad con los Principios de París”, se lee en la carta.

El 29 de marzo se dio a conocer el texto escolar sobre Derechos Humanos que el INDH realizó para distribuir a alumnos de colegios públicos de séptimo básico a cuarto medio. En él se hacia referencia al rol de la fuerza pública en manifestaciones, señalando que “las detenciones en las marchas han sido un elemento de represión que ha utilizado Carabineros para evitar la reunión libre de las personas que luchan por sus derechos”. Estas afirmaciones causaron la molestia del general director de la institución, Gustavo González, quien en abril le envió una carta a Fries señalando que “respecto de la imagen que pudiere generarse al no promover la Institución que Ud. dirige, la real función de Carabineros como promotor y ente encargado de colaborar en garantizar el real ejercicio de los derechos fundamentales, sino que por el contrario, existe una evidente tendencia a resaltar sólo casos específicos negativos de la actuación policial”. En esa oportunidad Fries respondió en TVN que “Carabineros no es el equivalente a un ciudadano, sino que es un agente del Estado. Y como agente del Estado tiene la obligación de cumplir con los Derechos Humanos y nosotros, como instituto, de defender a los ciudadanos de eventuales abusos de poder”.

En ese sentido los relatores de la ONU señalan: “Se nos informa que durante el proceso iniciado en contra de la Sra. Fries Monleón a partir de abril de 2015, el INDH habría sido objeto de críticas públicas infundadas de parcialidad en la realización de su labor por parte del poder legislativo y del cuerpo de Carabineros”. En efecto, las bancadas de RN y la UDI ingresaron una solicitud formal de remoción de Fries en la Cámara de Diputados, la que declaró admisible la procedencia de esta solicitud, y en aplicación de su reglamento, solicitó a la Comisión de Derechos Humanos la elaboración de un informe recomendando la aprobación o el rechazo de la misma. La solicitud finalmente fue rechazada por 57 votos en contra, 28 a favor y una abstención, por lo que no fue necesario que la Corte Suprema se pronunciara sobre el tema, como correspondería de haber sido aprobada.

Frente a lo anterior, Kiai, Kaye y Forst manifiestan su preocupación por estas acciones que podrían coartar la autonomía del Instituto: “Al tiempo que nos complace leer acerca del rechazo de la solicitud de remoción de la Sra. Fries de Monleón, expresamos preocupación por acciones que podrían representar intentos de amedrentar posiciones críticas del INDH hacia instituciones estatales, más aún cuando las mismas se refieren a hechos verificados, y así socavar la independencia de este organismo”. Señalan que es por esta razón que piden las aclaraciones al gobierno de Chile, ya que “es nuestra responsabilidad, de acuerdo con los mandatos que nos han sido otorgados por el Consejo de Derechos Humanos, intentar clarificar las alegaciones llevadas a nuestra atención”.

De esa forma, solicitan que la respuesta del gobierno sea entregada en un plazo máximo de 60 días, garantizando que ésta “será incluida en el informe que presentaré al Consejo de Derechos Humanos”. Si bien afirman no pretender pronunciarse con antelación sobre los hechos, los relatores incluyen un anexo de “referencias al derecho internacional de los derechos humanos”, en el que llaman la atención al gobierno sobre “normas fundamentales enunciadas en la Declaración de Naciones Unidas sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos”. Asimismo, culminan la carta recordando al gobierno de “la importancia de asegurar todas las medidas necesarias para proteger y promover la autonomía e independencia del INDH, así como fortalecer las condiciones para que este instituto pueda realizar investigaciones y tomar posiciones públicas críticas acerca de presuntas violaciones a los derechos humanos, permitir que el INDH articule y disemine libremente, de forma clara y pública, estándares y normas internacional de los derechos humanos incluyendo las normas relativas a los derechos de libertad de expresión y reunión pacífica”.

Eesta información aún no habría sido remitida a la unidad de Derechos Humanos y, por lo tanto, es probable que el tema se resuelva a nivel de jefes de gabinetes entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y el de Justicia.

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