
Nacional
17 de Febrero de 2015El descargo de Manuel Guerrero ante el otorgamiento de libertad dominical para el asesino de su padre
El sociólogo apuntó a la "arbitrariedad y opacidad" del sistema con que se entregan beneficios carcelarios a violadores de DDHH, cuestionando el que se les den las mismas posibilidades que a los reos por delitos comunes.
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El ex-agente de la Dirección de Comunicaciones de Carabineros, Alejandro Sáez Mardones, condenado a cadena perpetua por su participación en el caso “degollados”, podrá volver a salir de la cárcel, gracias a que se le devolvió el beneficio de salida dominical.
Lo anterior fue rechazado en su cuenta de Twitter por el hijo de una de sus víctimas, Manuel Guerrero.
Sáez Mardones: Condenado, autor secuestro calificado- homicidio de Parada, Guerrero y Nattino 1985 y homicidio Carlos Contreras Maluje 1976.
— Manuel Guerrero (@manuel_guerrero) febrero 16, 2015
Los secuestros y homicidios realizados por Alejandro Sáez Mardones los hizo siendo funcionario de Carabineros. Son delitos de lesa humanidad
— Manuel Guerrero (@manuel_guerrero) febrero 16, 2015
A pesar de la gravedad y el tipo de sus crímenes (lesa humanidad) a Sáez Mardones se le otorgan mismos beneficios como si fuera delito común
— Manuel Guerrero (@manuel_guerrero) febrero 16, 2015
Familiares de víctimas desconocemos criterios aplicados, qué dicen sus informes conductuales y psicosociales y si ha habido arrepentimiento.
— Manuel Guerrero (@manuel_guerrero) febrero 16, 2015
Arbitrariedad y opacidad. Chile está al debe en debate y regulación sobre el otorgamiento de beneficios carcelarios a violadores de DDHH.
— Manuel Guerrero (@manuel_guerrero) febrero 16, 2015
¿Corresponde que condenados por crímenes de lesa humanidad reciban beneficios carcelarios? ¿Bajo qué criterios? ¿Quién califica y decide?
— Manuel Guerrero (@manuel_guerrero) febrero 16, 2015
Sáez Mardones gozó del beneficio desde enero de 2013 hasta octubre de 2014, cuando el alcaide de Punta Peuco se lo revocó. Entonces la defensa del ex carabinero entabló un recurso de protección por considerar “arbitraria” la medida, el que fue acogido por la Corte de Apelaciones de Santiago.
El documento emitido por la Corte aún no está en poder de Gendarmería, por lo que el fallo no se ha ejecutoriado, y de momento el procesado permanece recluido sin beneficios.