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13 de Septiembre de 2019

Paciente con tuberculosis se negó a tratamiento: Corte Suprema le ordenó continuarlo por riesgo de contagio a la población

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Basándose en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, que cataloga a la tuberculosis como una epidemia, el tribunal argumentó que la paciente debe cumplir el tratamiento en el recinto.

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El recurso de protección presentado por el Hospital Regional de Talca en contra de un paciente que pasó por ese centro asistencial y que se niega a recibir tratamiento fue acogido por la Corte Suprema, reafirmando así la sentencia de abril pasado.

“Que, la patología diagnosticada a la recurrida, es una enfermedad transmisible de declaración obligatoria, encontrándose facultada, en consecuencia, la autoridad sanitaria para disponer la internación de un enfermo en un recinto hospitalario, medida que en el presente caso se encuentra suficientemente justificada según dan cuenta los informes de los facultativos”, se lee en el fallo del máximo tribunal.

Basándose en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, que cataloga a la tuberculosis como una epidemia, el tribunal argumenta que en “consideración la feble condición de salud de la paciente y los peligros de contagio para el resto de la población“.

“Ha quedado de manifiesto que, con la negativa de la recurrida de continuar con el tratamiento prescrito para la patología que la aqueja, ésta ha incurrido en un acto ilegal y arbitrario que amenaza su derecho a la salud e integridad física como el de las personas que conforman la comunidad en que ella actúa habitualmente“, complementa la decisión, en la cual el único voto en contra fue del ministro Sergio Muñoz.

Revisa el fallo a continuación.

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