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Actualidad

3 de Junio de 2020

Ingresan indicaciones que imponen mayor regulación a cambios de fondos de AFP y asesores previsionales

Agencia UNO

Sobre los cambios se establecería que la Superintendencia de Pensiones fijará los plazos que tarden los cambios de fondos que realiza un afiliado y que no podrán ser mayor a 30 días, cuando en la actualidad ese período es de cuatro jornadas. A su vez, los cambios solo se podrán hacer a fondos adyacentes, por ejemplo, si un afiliado está en el Fondo B, solo podrá cambiarse al A o al C.

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Durante las últimas horas el Gobierno ingresó nuevas indicaciones que imponen mayor regulación a los cambios de fondos de pensiones y a los asesores previsionales, todo esto dentro del proyecto que fija nuevas exigencias y responsabilidades a agentes del mercado.

Según consigna La Tercera, sobre los cambios se establece que la Superintendencia de Pensiones fijará los plazos que tarden los cambios de fondos que realiza un afiliado y que no podrán ser mayor a 30 días, cuando en la actualidad ese período es de cuatro jornadas. A su vez, los cambios solo se podrán hacer a fondos adyacentes, por ejemplo, si un afiliado está en el Fondo B, solo podrá cambiarse al A o al C.

Respecto a los asesores previsionales, las indicaciones apuntan a que “se considerará como asesoría previsional toda aquella que se preste en forma remunerada o en forma habitual, aunque no sea remunerada. Una norma de carácter general de la Superintendencia, determinará los requisitos que deberá cumplir una asesoría para ser considerada como habitual”.

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