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18 de Septiembre de 2020

“Sui generis”, “improvisado” e “incompleto”: Los ocho puntos de Fiscalía que revelan cuestionable manejo de Mañalich de la pandemia

Mañalich Foto: Agencia UNO

El Ministerio Público presentó un informe preliminar de la investigación contra el exministro.

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La Fiscalía Metropolitana Centro Norte solicitó a la Corte Suprema acceso a los correos electrónicos del exministro de Salud, Jaime Mañalich, en el marco de la investigación por el manejo de datos durante la pandemia del Covid-19.

En un documento de 23 páginas publicado por T13.cl, el fiscal Xavier Armendáriz -a cargo de las pesquisas- incluyó un informe preliminar, donde asegura que hasta ahora ha podido confirmar los siguientes antecedentes:

1. Que el Ministro Jaime Mañalich y su Jefa de Gabinete Itziar Linazasoro, habrían decidido implementar un sistema sui generis para la recolección de datos esenciales para la correcta gestión de la pandemia.

2. Que ese sistema de recolección de datos no solo era improvisado y distinto del diseñado bajo parámetros técnicos, por el Departamento de Epidemiología del Minsal, sino que, además, manejaba información incompleta.

3. Que las decisiones referidas a la implementación de medidas de cuarentena, que en Chile adoptaron la denominación de “cuarentenas dinámicas”, se realizaron con información incompleta, obviando variables relevantes como la tasa de reproducción o el real número de casos activos que existían en una determinada localidad. Tampoco se tuvo a la vista, a la hora de adoptar tales determinaciones, datos complementarios relevantes como la configuración socio-económica de una determinada localidad y sus condiciones de vulnerabilidad, que se proporcionaron al Ministro, su Jefa de Gabinete y la Subsecretaria Paula Daza.

4. Que dichas brechas informativas eran evitables, pues el Ministro y sus asesores contaban con información real y fidedigna del comportamiento de la pandemia en Chile, disponible en el mismo Ministerio por medio del DIPLAS y los datos que constan en el sistema Epivigila.

5. Que, a mayor abundamiento, el Ministro no solo fue advertido por la comunidad científica de la falta de sustento técnico de sus decisiones, sino que fue directamente informado, vía correo electrónico, por la funcionaria de su dependencia, Sra. Johana Acevedo, que los datos que manejaba no eran los correctos y que la curva epidemiológica que éste presentaba al país era una curva equivocada, pues, la real demostraba un alza mayor en el número de contagios.

6. Que la forma de proceder no solo contraviene las recomendaciones realizadas por la OMS y las sugerencias realizadas por el Comité Asesor, sino que, además, infringen las normas del “Plan Nacional de Preparación y Respuesta para una pandemia de Influenza” (especialmente en materia de manejo y transparencia de datos y de involucramiento de la comunidad científica), vigente desde el año 2009 en nuestro país, constituyendo este plan la lex artis en la materia.

7. Que proceder de esta manera, pudo haber influido gravemente en la toma de decisiones relativas a acciones destinadas a salvaguardar la salud de la población y la vida de los ciudadanos chilenos. En efecto, la adopción inoportuna de cuarentenas en ciertas zonas del país (paradigmáticamente la Región Metropolitana que pasó, en pocos días, de estar en una meseta que anticipaba una “nueva normalidad” a transformarse en el lugar donde se desarrollaría la denominada “batalla por Santiago”) pudo haber influido decisivamente en el aumento de la propagación de una enfermedad grave como lo es el Covid-19 entre los habitantes de la República y, consecuencialmente, haber resultado en un aumento de muertes que no se habría producido si se hubiera optado por decretar medidas de reducción de movilidad y asilamiento social, más tempranamente, de acuerdo con los datos reales (y no los públicos) que obraban en manos del Ministro de Salud y sus asesores.

8. Que tales inferencias se ven reforzadas por constataciones objetivas que demuestran las diferencias de datos: (1) Los reportes del DEIS daban cuenta de un mayor número de muertes causa del Covid-19 de aquellas reconocidas para efectos internos por el gobierno. Dichos reportes son elaborados (hasta el día de hoy) bajo parámetros OMS; (2) la Contraloría General de la República emitió un Informe que constató una diferencia de 31.000 casos de personas sospechosas de contagio, no contenidas en los Informes Epidemiológicos elaborados por el Minsal, Informes construidos a partir de la data pública recolectada por el Ministro a partir de su sistema alternativo de recolección de datos.

Revisa el documento completo a continuación:

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