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Actualidad

20 de Octubre de 2020

Corte ordena al Ejército reintegrar a suboficial licenciado por consumo terapéutico de marihuana

Agencia Uno (Imagen Referencial)

El tribunal estableció que el procedimiento administrativo que sancionó al recurrente careció de imparcialidad al no permitirle formular los descargos por el consumo detectado.

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La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección presentado por un cabo primero licenciado del Ejército, quien fue sancionado por la institución tras ser sorprendido consumiendo marihuana a pesar de que tenía una recomendación médica para el control de la ansiedad.

En fallo unánime la Undécima Sala del tribunal de alzada estableció que el procedimiento administrativo que sancionó al recurrente careció de imparcialidad al no permitirle formular los descargos por el consumo detectado.

La Corte sostuvo además que la sanción se impuso “sin que en forma previa a la adopción de esta decisión hubiese existido un procedimiento administrativo disciplinario en que el recurrente hubiere podido formular sus descargos con el fin de acreditar la justificación del consumo por prescripción médica de dicha sustancia”.

La resolución agrega que “lo anterior demuestra que no ha existido una decisión administrativa de carácter disciplinaria que sea el resultado de un procedimiento administrativo tramitado con las garantías básicas del debido proceso, que le ha impedido al recurrente formular sus descargos para poder justificar su comportamiento”.

Finalmente detallan que el recurso fue acogido “al infringirse por el recurrido la garantía del inciso sexto del numeral tercero del artículo 19 de la Constitución Política de la República, en cuanto se le licenció de la Institución en la cual prestaba servicio, sin ningún proceso imparcial para determinar responsabilidades”.

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