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Actualidad

29 de Diciembre de 2020

Estas son las sanciones que la Comisión de Ética de la Cámara fijó contra parlamentarios que prioricen ir a matinales en desmedro de su pega

Agencia UNO

Según consigna La Tercera, por ejemplo, en una resolución adoptada el 23 de diciembre, la instancia fijó sanciones desde el llamado al orden hasta una multa del 2% de su dieta parlamentaria si es que hay inasistencias prolongadas.

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La Comisión de Ética de la Cámar de Diputados estableció una serie de medidas y sanciones en contra de los parlamentarios que prioricen ir a matinales, en vez de participar en sesiones o comisiones a las que por obligación deben asistir.

Según consigna La Tercera, en una resolución adoptada el 23 de diciembre, la instancia fijó sanciones desde el llamado al orden hasta una multa del 2% de su dieta parlamentaria si es que hay inasistencias prolongadas.

Por su parte, un parlamentario será censurado cuando no cumpla su pega de dar a conocer un informe de comisión al hemiciclo. En este caso la multa será de un 7% de su sueldo.

Si el parlamentario no cumple su deber de votar recibirá una multa del 3% si son proyectos de mayoría simple, y un 5% si son iniciativas que exijan quórum especial.

La resolución apunta que ante la situación de asistencias recurrentes a matinales, “la Comisión (de Ética) consideró que se requería reafirmar el criterio establecido en el instructivo de junio pasado y enfatizar que su infracción puede acarrear sanciones disciplinarias, para lo cual estimó que era conveniente tipificar las posibles infracciones y precisar cuáles serán las sanciones asociadas a cada uno de estos casos”.

El texto agrega que “se entenderá que existe una infracción a los deberes éticos parlamentarios…en lo relativo a no realizar actos que estorben la buena y expedita actividad del Congreso Nacional y de desempeñar su cometido con una conducta acorde a la investidura del cargo” en los casos antes expuestos.

También existirán atenuantes como “la buena fe, la reparación oportuna del mal causado, el reconocimiento de la falta y el error excusable”. En tanto, las agravantes serán “la reiteración en las faltas, la ausencia de cooperación, y la negativa a comparecer o a entregar los antecedentes requeridos”.

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