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Actualidad

30 de Marzo de 2021

Suprema decide autorizar misas dominicales, pero respetando aforos que indique el Minsal

Iglesia Agencia UNO.

El máximo tribunal indicó que "lo planteado por el recurrente es susceptible de ser enmarcado bajo el prisma de diferentes derechos fundamentales derivados, como se ha dicho, de la dignidad humana, esto es la libertad, en las diferentes manifestaciones de ella: de conciencia y religión; de locomoción; de opinión y de reunión”.

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Durante la jornada de este lunes la Corte Suprema decidió acoger un recurso de protección contra la resolución del Ministerio de Salud que prohíbe las misas dominicales, todo esto en medio de la crisis sanitaria por el Covid-19.

Según consigna El Mercurio, el máximo tribunal ordena que se permita la realización de estos cultos religiosos, claro que respetan el aforo permitido dentro del plan Paso a Paso del gobierno.

El órgano indicó que “lo planteado por el recurrente es susceptible de ser enmarcado bajo el prisma de diferentes derechos fundamentales derivados, como se ha dicho, de la dignidad humana, esto es la libertad, en las diferentes manifestaciones de ella: de conciencia y religión; de locomoción; de opinión y de reunión”.

Añadió que aunque exista la hipotética posibilidad de restringir la libertad que nos ocupa, la concreta restricción debe estar amparada en las normas constitucionales y legales que establecen el estatuto respectivo, lo cual no se constata en lo que a la situación de excepción que motiva la medida objetada respecta”.

“Se revoca la sentencia apelada el 8 de marzo de 2021 y, en su lugar, se declara que se acoge el recurso de protección para el sólo efecto de declarar que al recurrente, don Diego Alberto Vargas Castillo, le asiste el derecho fundamental que le posibilita concurrir al culto dominical presencial, debiendo la autoridad respectiva establecer un sistema de permisos para tal fin”.

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