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11 de Mayo de 2021Tras fallo de la Corte Suprema: Revisa las modificaciones que tendrán las detenciones durante toque de queda
Según detalló La Tercera, el fiscal nacional Jorge Abbott le envió un oficio al director de Carabineros, Ricardo Yáñez, informándole los cambios en los protocolos por parte del Ministerio Público.
Según informó La Tercera, a partir del 3 de mayo el fiscal nacional Jorge Abbott informó a los fiscales del país los cambios que debieran realizarse en los criterios de detención durante el toque de queda que rige el país desde marzo de 2020.
En el correo, Abbott informó que “deberán tener presentes los criterios casuísticos asentados por la Corte Suprema para casos de infracción de aislamiento nocturno (toque de queda), debiendo iniciar investigación penal solo en aquellos casos donde se constate el riesgo hipotético requerido”.
En el correo, según registra el medio nacional, Abbott explicó el criterio en los casos en que no se den estos riesgos hipotéticos: “Los fiscales deberán informar a los funcionarios policiales encargados del procedimiento que el organismo facultado para imponer sanciones, ante la infracción sanitaria, corresponde a la Seremi de Salud“.
Por lo tanto, según el detalle del fallo de la Corte Suprema solo se podrá arrestar a aquellas personas que representen un riesgo a la salud pública, que estén en fiestas clandestinas o aglomeraciones de personas.
De esta forma, aquellos que sean sometidos solo a control verán sus casos derivados a la Seremi de Salud para la apertura de sumarios sanitarios, según constó en el fallo de la Corte Suprema.
Un ejemplo de este mensaje, detalló La Tercera, lo envió la fiscal de Puerto Montt, Ana María Agüero, quien notificó los cambios que señalan que el procedimiento para los infractores del artículo 318 del Código Penal será la fiscalización con el fin de recopilar información para un sumario sanitario pero sin proceder a la detención, para finalmente ser remitida la información a la Seremi de Salud.