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Opinión

16 de Junio de 2021

Columna de Crescente Molina: El virus y el moralismo legal

El moralismo legal que impera actualmente en Chile nubla nuestra vista: hace parecer a todas las medidas en cuestión como necesariamente justas o moralmente aceptables por el sólo hecho de ser legales.

Crescente Molina
Crescente Molina
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Una de las preguntas centrales de la Filosofía del Derecho es aquella sobre si existe una obligación moral de obedecer al Derecho. Esto es, una obligación moral de obedecer las leyes, sentencias judiciales, o reglamentos administrativos con independencia del mérito de su contenido (i.e., de aquello que mandan, prohíben o permiten). En otras palabras, ¿tenemos los ciudadanos una obligación moral de obedecer el Derecho qua derecho? La pregunta es compleja y admite varios matices, y por supuesto no podemos abordarla en esta ocasión con el cuidado que merece. Sin embargo, les anticipo que la respuesta más convincente es que no. El Derecho, por sí mismo, no obliga moralmente: sólo cuando el Derecho es justo, razonable, bueno, etc., tenemos una obligación moral de obedecerlo.

Por supuesto, dado que el Derecho impone obligaciones que usualmente van aparejadas de una sanción, quienes desean evitar tales sanciones tienen razones que podríamos llamar ‘prudenciales’ para obedecerlo. Pero no hay nada en la noción de obligación jurídica que justifique juicios de reproche moral ante su incumplimiento. Así, sólo si la ley es además buena o justificada, tenemos derecho a juzgar moralmente a sus incumplidores.

El Derecho, por sí mismo, no obliga moralmente: sólo cuando el Derecho es justo, razonable, bueno, etc., tenemos una obligación moral de obedecerlo”.

Si esta visión sobre la relación entre Derecho y moral es correcta, incurren en un grave error quienes creen ver en el hecho de que alguien incumpla la ley una razón suficiente para juzgarlo y reprocharlo moralmente. Ellos incurren en lo que podríamos llamar moralismo legal. En nuestro país (y lamentablemente, en la mayoría del mundo occidental) la pandemia del Covid-19 ha gatillado además una epidemia de moralismo legal.

Es suficiente pasar unos minutos frente a un noticiero para observar a algún líder político, periodista, o un ciudadano común y corriente criticando con un tono moralizante a quienes incumplen alguna de las restricciones impuestas por la autoridad para combatir el virus (e.g., a un grupo de jóvenes que realizan una fiesta no permitida, a alguien que salió de su casa después del toque de queda, o alguien que simplemente no utilizó la mascarilla en un lugar público). A tales inquisidores cabría preguntarles: ¿en qué fundamentan su juicio de reproche? Si su respuesta hace alusión simplemente a la existencia de una u otra norma jurídica que prohíbe la conducta en cuestión, tal respuesta es insuficiente, e insistir en su suficiencia implica incurrir en el moralismo legal.

¿Tenemos una obligación moral de cumplir las restricciones sanitarias impuestas por la ley? Sin duda, quien sabe (o debería saber) que está contagiado con alguna enfermedad infecciosa (Covid u otra) tiene una obligación moral de tomar medidas razonables para evitar el riesgo de contagiar a otros individuos que no se han expuesto voluntariamente a tal riesgo. Sin embargo, este es lejos de ser el caso respecto de la gran mayoría de las medidas actuales.

“Es suficiente pasar unos minutos frente a un noticiero para observar a algún líder político, periodista, o un ciudadano común y corriente criticando con un tono moralizante a quienes incumplen alguna de las restricciones impuestas por la autoridad para combatir el virus”.

Muchas de las restricciones actuales prohíben el movimiento y la asociación incluso cuando todos los individuos involucrados tienen una certeza razonable de no estar contagiados (e.g., porque han adquirido inmunidad previa o porque han efectuado un test antes del contacto). Además, en contra de las normas morales básicas sobre la materia, las normas legales actuales prohíben el contacto incluso si todos los sujetos intervinientes se han expuesto voluntariamente a la situación que implica el riesgo de contagio.

Algunos podrían señalar que, a nivel agregado, el movimiento y la asociación aumentan el riesgo sistémicode contagios y así el riesgo de colapso del sistema hospitalario. Sin embargo, desde un punto de vista moral, el asunto no es tan simple. ¿En qué sentido una reunión de personas no contagiadas aumenta el riesgo sistémico de contagio, si no existe ninguna contribución causal de su conducta al aumento de tal riesgo? ¿Qué norma moral incumplen tales subjetos si no están contribuyendo en ninguna forma a la propagación del virus? Y, a mayor abundamiento, ¿aun cuando no tenemos la razonable certeza de estar libres del virus, tenemos todos una obligación moral irrestricta de sacrificar valores tan importantes como nuestras libertades de movimiento y asociación para así evitar nuestra nula o ínfima contribución al peligro sistémico de que un grupo de la población termine hospitalizada? ¿No es acaso más razonable mantener que quienes tienen la obligación moral de evitar tal colapso son precisamente aquellos que predominantementerequieren de hospitalización (i.e., aquellos no vacunados que tienen algún factor agravante tales como obesidad); quienes pueden cumplir tal obligación simplemente vacunándose o, si esto no fuese posible, reduciendo su contacto con otros hasta que el riesgo del colapso hospitalario baje?

“Muchas de las restricciones actuales prohíben el movimiento y la asociación incluso cuando todos los individuos involucrados tienen una certeza razonable de no estar contagiados”

Como en todos los asuntos morales, estas preguntas ameritan una discusión detallada y cuidadosa. Sin embargo, tal análisis ha estado completamente ausente de la discusión pública. Nuestras sociedades están pasando por una hipertrofia legal; en la que actividades antes consideradas jurídicamente irrelevantes tales como compartir con nuestros amigos y seres queridos o ir a una fiesta han pasado a formar parte del alcance del Derecho. Ante esta situación debemos permanecer vigilantes y abogar por la eliminación de todas las restricciones injustificadas.

El problema es que el moralismo legal que impera actualmente en Chile nubla nuestra vista: hace parecer a todas las medidas en cuestión como necesariamente justas o moralmente aceptables por el sólo hecho de ser legales. El moralismo legal no es sólo una doctrina errada sobre la naturaleza del Derecho, sino que además constituye un obstáculo serio a la hora de evaluar los ejercicios injustos de autoridad política. Y es por esto que puede constituir una amenaza aún más seria que el virus mismo.

“Como en todos los asuntos morales, estas preguntas ameritan una discusión detallada y cuidadosa. Sin embargo, tal análisis ha estado completamente ausente de la discusión pública. Nuestras sociedades están pasando por una hipertrofia legal; en la que actividades antes consideradas jurídicamente irrelevantes tales como compartir con nuestros amigos y seres queridos o ir a una fiesta han pasado a formar parte del alcance del Derecho”.

*Crescente Molina es abogado, doctor en Derecho e investigador asociado en Filosofía del Derecho, University College, Oxford.

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