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Actualidad

10 de Septiembre de 2021

Desestiman solicitud de desafuero de Hugo Gutiérrez: tribunal determinó que era “improcedente”

Hugo Gutiérrez Agencia Uno

La Corte de Apelaciones de Iquique ordenó además al Juzgado de Garantía reanudar la tramitación de la causa conforme al procedimiento que corresponda.

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La Corte de Apelaciones de Iquique desestimó el desafuero del constituyente Hugo Gutiérrez por la denuncia en su contra por presuntos delitos de amenazas a efectivos de la Armada y omisión de cooperación pública.

Desde el Poder Judicial informaron que en fallo unánime el pleno del tribunal de alzada desestimó la solicitud del Ministerio Público al considerarla “improcedente”.

Debido a esto, se ordenó al Juzgado de Garantía reanudar la tramitación de la causa conforme al procedimiento que corresponda.

En el fallo explican además que Gutiérrez “no contaba con fuero a la fecha en que el Persecutor presentó el mencionado requerimiento en su contra, resulta imperioso concluir que el presente trámite de desafuero resulta improcedente”.

En el documento se agrega además que “para llegar a tal conclusión es necesario tener presente que el fuero parlamentario es un beneficio de índole netamente procesal, que permite que un Diputado o Senador, desde el día de su elección, designación o incorporación, no pueda ser acusado o privado instantáneamente de su libertad”

Lo anterior, precisan, “constituyendo una garantía que protege al Parlamentario de una persecución penal infundada, que entorpezca el cumplimiento adecuado de sus funciones, siendo una excepción al principio de igualdad ante la ley”.

Asimismo, detallan que “de manera que la actual calidad de Convencional Constituyente, y el fuero que le otorga el artículo 134 de la Constitución Política, debe ser interpretado de manera restrictiva, esto es, respecto de hechos que ocurran a partir de esta nueva investidura que detenta”.

“Pero de aquellos vinculados con su antigua función parlamentaria, el que hubiera cesado en ella torna en innecesario su mantención, para el juzgamiento de tales hechos, como corresponde a cualquier otro ciudadano”, añaden.

Debido a los argumentos antes expuestos el tribunal decidió que se “deberá desestimarse la solicitud de desafuero, por improcedente, y devolverse los antecedentes al Juzgado de Garantía de Iquique, para que continúe su tramitación conforme a derecho”.

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