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28 de Septiembre de 2021Contraloría recuerda a Hassler límites de su cargo tras asumir en comando de Boric: “No podrán usar su autoridad para fines ajenos a sus funciones”
Desde la Contraloría recalcaron que "los funcionarios públicos no podrán realizar actividad política dentro del horario dedicado a la Administración del Estado".
Diversos cuestionamientos surgieron luego de que la alcaldesa de Santiago, Irací Hassler, fuera anunciada como la nueva integrante del comando presidencial de Gabriel Boric, por lo que la Contraloría se refirió al tema.
La edil y militante del Partido Comunista asumió así como co-coordinadora programática del abanderado de Apruebo Dignidad, para “apoyar el proceso participativo para profundizar el programa que lidera Gabriel Boric”, según señaló en sus redes sociales.
Fue tras este anuncio que desde la Contraloría salieron a aclarar las dudas surgidas en torno a si Hassler puede asumir en un comando presidencial mientras se desempeñaba como alcaldesa.
En esta línea desde el organismo apuntaron al dictamen E50319N20, en el que se señala que “tanto las autoridades municipales como regionales se encuentran sometidas al principio de probidad administrativa, conforme con lo dispuesto en los artículos 8° de la Constitución Política de la República y 3° de la ley N° 18.575″.
🚨ATENCIÓN🚨
— Contralorito General de la República (@ContraloritoCGR) September 28, 2021
Hemos recibido muchas consultas respecto al rol de la alcaldesa de @Muni_Stgo en una campaña presidencial. Les recordamos las normase instrucciones dictadas a propósito de los procesos electorales.
Te explico en el siguiente hilo.🧵
Debido a esto, precisan, estas autoridades “en el ejercicio de sus cargos, deben abstenerse de realizar actividades políticas, para velar por el cumplimiento de sus funciones, a esto se le suman los empleados estatales, cualquiera sea su jerarquía y el estatuto jurídico que los rija”.
Desde Contraloría añaden además que “están impedidos de realizar actividades de carácter político contingente, no pueden hacer proselitismo o propaganda política, promover o intervenir en campañas o participar en reuniones o proclamaciones para tales fines”.
Finalmente, sentencian que “los funcionarios públicos no podrán realizar actividad política dentro del horario dedicado a la Administración del Estado, ni usar su autoridad, cargo o bienes de la institución para fines ajenos a sus funciones”.
Por esta razón, en el ejercicio de sus cargos, deben abstenerse de realizar actividades políticas, para velar por el cumplimiento de sus funciones, a esto se le suman los empleados estatales, cualquiera sea su jerarquía y el estatuto jurídico que los rija.🧵
— Contralorito General de la República (@ContraloritoCGR) September 28, 2021
Art28 ley 19.884 Transparencia,Límite y Control del Gasto Electoral: Los funcionarios públicos no podrán realizar actividad política dentro del horario dedicado a la Administración del Estado,ni usar su autoridad, cargo o bienes de la institución para fines ajenos a sus funciones
— Contralorito General de la República (@ContraloritoCGR) September 28, 2021