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La Convención

28 de Octubre de 2021

Lo último del caso Rojas Vade: Segpres ofició a la Contraloría para que se pronuncie por sueldo del “renunciado” constituyente

Rodrigo Rojas Vade Agencia Uno

Cabe recordar que el aún constituyente anunció el pasado 20 de septiembre que dejaría de participar de las actividades del organismo tras el escándalo por su falso cáncer.

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El Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Segpres, ofició este jueves 28 de octubre a la Contraloría para que se pronuncie sobre el caso de Rodrigo Rojas Vade, quien pese a haber renunciado de palabra a la Convención, aún recibe el sueldo que corresponde por el cargo.

Cabe recordar que el aún constituyente anunció el pasado 20 de septiembre que dejaría de participar de las actividades del organismo tras el escándalo por su falso cáncer.

Sin embargo, al no existir un mecanismo legal para hacer efectiva su renuncia y reemplazarlo, este todavía se mantiene como un miembro de la CC, por lo que incluso en los últimos meses recibió su dieta de forma integra.

Debido a esta situación el subsecretario de la Segpres, Máximo Pavez, envió el oficio a la Contraloría pidiendo que se pronuncie al respecto.

En el escrito se apunta a que “el presupuesto de la Convención Constitucional se encuentra asignado a la gestión de esta Secretaría de Estado con motivo de las funciones que ha asumido (…) la cual está bajo la fiscalización del Órgano Contralor, y sujeta a las normas que informan el gasto público”.

Asimismo, señalan que “este Ministerio, como entidad ejecutora de los recursos públicos destinados a la Convención Constitucional se encuentra frente a un aparente vacío normativo al momento de realizar el pago de la retribución que establece la carta magna”.

Lo anterior, exponen, “por cuanto don Rojas Vade, formalmente continúa ostentando el cargo de Convencional Constituyente, sin perjuicio de no ejercer las funciones que la Constitución Política de la República encomienda a dicho cargo”.

“Por lo antes expuesto, se requiere al Órgano de Control precisar el tenor del artículo 134 de la Carta Fundamental, respecto de la procedencia de la retribución que allí se indica, para el caso en comento”, se solicita.

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