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19 de Noviembre de 2021

Radiografía a los “papitos corazón”: Las escasas cifras, la impunidad actual, los forados legales y la esperanza del nuevo Registro de Deudores

Patricio Vera

Los retiros de las AFP terminaron por poner el cascabel al gato: las más de 900.000 solicitudes para retener fondos por la existencia de deudas de pensiones de alimentos demostraron la gran cantidad de “papitos corazón” que existen en Chile. Ahora, con una ley recientemente promulgada que crea un Registro de Deudores de carácter nacional, The Clinic conversó con hijas, madres, abogadas y una jueza de Familia para entender los vicios del sistema actual, y conocer su opinión acerca de los cambios que se aproximan.

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Florencia (22) dice que tiene “cero” relación con su papá. Al menos en términos afectivos. Porque existe un vínculo que, por necesidad, todavía mantiene. Uno mediado por la frialdad de los tribunales de justicia, para lograr el pago de los casi $50 millones que el hombre adeuda por concepto de pensión de alimentos.

Hasta 2019, Florencia, su hermano (20) y su mamá recibían mes a mes el monto fijado por los tribunales, que era descontado directamente del sueldo que percibía su padre, por entonces gerente de una importante empresa. Pero después se “quedó sin pega y, por lo tanto, nos dejó de pagar”. “Él tiene recursos económicos, y eso es lo que más nos ha afectado”, relata Florencia. “Porque sabemos que tiene la plata”.

La ley establece que la pensión alimenticia debe pagarse hasta que los hijos cumplan 21, salvo que estén estudiando una “profesión u oficio”, factor que extiende el derecho hasta los 28. Es el caso de Florencia, que actualmente cursa su cuarto año en la carrera de Ingeniería Civil, y que logra costearla, a veces con dificultades, con el apoyo del Crédito con Aval del Estado (CAE).

Cuando dejó de llegar la pensión, las cosas cambiaron, recuerda. Su familia se instaló en la casa de sus abuelos. Y “porque la plata con la que contábamos antes ya no estaba”, se restringió a sí misma en cosas que antes eran parte de su vida, como “el salir, el hacer vida social con los amigos”.

Igualmente afirma que han podido “estar tranquilos”, gracias a “las maravillas” que hace su mamá con “el tema de las platas”. También por los aportes de su hermano, que es futbolista y tiene un “mini sueldito”.

Florencia cuenta que el año pasado su papá los demandó, a ella y a su hermano, por ser mayores de edad, para lograr la rebaja de la pensión. “Hasta el día de hoy estamos en juicio”, puntualiza. “Sé que tiene esa plata. ¿Por qué no nos la da? Tiene un tema con mi mamá enorme y, por hacerle daño, nos hace daño a nosotros”.

***

Son cientos de miles las chilenas y chilenos que, desde el rol de madres, padres, hijas o hijos, están involucrados de alguna u otra manera con el pago de pensiones alimenticias. En la Encuesta Casen de 2017, un total de 590.389 personas declararon recibir ingresos mensuales por pensión de alimentos. El 84,7% de éstas son mujeres.

Ahora bien, el tema está en dar con el esquivo número de aquellos que no pagan las pensiones fijadas por los tribunales. La cifra de cuántos son los llamados “papitos corazón”, entre los que estaría el candidato presidencial Franco Parisi quien, de acuerdo con un reportaje de Canal 13, mantiene una deuda de $207 millones de pesos en pensión de alimentos, que le significó además una orden de arraigo nacional en su contra.

La abogada de Parisi explicó en el matinal de CHV algunos detalles de la causa.

Según datos del Poder Judicial, compartidos en una presentación en el Senado en mayo de 2020, un 84% de los deudores en causas de alimentos no pagan las pensiones. Esto se traduce, asegura el informe, en que unos 70.000 alimentarios, “principalmente niños, niñas y adolescentes”, no reciben lo que les corresponde.

En tanto, una encuesta del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, publicada en noviembre de 2020, concluyó que un 46% de las mujeres chilenas no convive con el padre de sus hijos, y que un 65% de éstas no recibe contribuciones en forma de pensión de alimentos.

Sin embargo, y a pesar de las cifras que circulan, todas las fuentes consultadas por The Clinic, incluyendo abogadas, activistas e integrantes del Poder Judicial, llegaron a la misma conclusión: por distintos motivos, los datos sobre los deudores de pensiones en Chile son más que nada estimaciones.

La magnitud real del problema, no obstante, empezó a conocerse a raíz de los retiros de fondos de las AFP. Entre las disposiciones que reglamentan los retiros, se estableció que las exparejas e hijos de deudores de pensión alimenticia podían solicitar la retención de estos fondos.

Tras la aprobación del primer retiro, los medios de comunicación difundieron imágenes de largas filas de mujeres a las afueras de los Tribunales de Familia, buscando más información acerca de cómo lograr el pago de la deuda.

Foto tomada en julio de 2020, y publicada por el diario La Nación

En agosto de 2021, el Poder Judicial reveló que para los tres retiros del 10% se totalizaron 923.215 solicitudes de retención de fondos por esta razón. La Superintendencia de Pensiones, por su parte, informó que hasta el pasado 12 de noviembre, 550.003 liquidaciones por deudas de alimentos habían sido pagadas con fondos de AFP.

“El monto pagado en promedio por cada liquidación fue de $1.079.504, mientras que los dineros totales desembolsados a la fecha para este proceso suman US$ 750,3 millones”, señaló el organismo en un comunicado.

El tema está en dar con el esquivo número de aquellos que no pagan las pensiones fijadas por los tribunales. La cifra de los conocidos como “papitos corazón”.

Finalmente, fueron las coyunturas inéditas de la pandemia las que terminaron por ponerle el cascabel al gato. Porque, según opina la ministra de la Mujer, Mónica Zalaquett, las cifras que quedaron en evidencia con los retiros de las AFP tuvieron un alto impacto en la discusión pública. Tanto así que la secretaria de Estado se aventura a decir que, gracias a estos datos, se aceleró la tramitación de la ley promulgada el pasado 10 de noviembre, que crea un Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, y que las expertas consideran remecerá, para bien, todo el sistema.

LOS VICIOS DE LA CULTURA JURÍDICA

El Registro comenzará a operar en un año y, hasta entonces, seguirán en pie los mecanismos actuales. En otras palabras, lograr el pago de la pensión de alimentos por parte de los deudores será, al menos todavía, una misión compleja.  

Y es que el régimen actual está repleto de forados y vacíos legales. Hay testimonios de hombres que transfieren todos sus bienes a otra persona, derivando en largas indagaciones de la justicia para determinar si el demandado puede, efectivamente, pagar las pensiones.

También está el tema de notificar al deudor de la existencia de su deuda. Algunos jueces solicitan que esta notificación sea presencial, en el domicilio registrado por el demandado. Pero es tan fácil como presentar una dirección errónea para frenar el proceso. Parisi, por ejemplo, ingresó ante la Corte de Apelaciones de Santiago un recurso asegurando que su juicio se encontraba viciado, al no haber sido notificado oportunamente de las resoluciones judiciales.

Ante la morosidad, los tribunales suelen solicitar apremios que van desde la suspensión de la licencia de conducir del deudor hasta el arraigo nacional —como en el caso de Parisi— y el arresto nocturno, entre otras medidas. Pero, en la práctica, rara vez son efectivos. 

En agosto de 2021, el Poder Judicial reveló que para los tres retiros del 10% se totalizaron 923.215 solicitudes de retención de fondos por esta razón. La Superintendencia de Pensiones, por su parte, informó que hasta el pasado 12 de noviembre, 550.003 liquidaciones por deudas de alimentos habían sido pagadas con fondos de AFP.

“Tienes que estar siendo tú policía de investigaciones, buscando a tu papá para que le quiten la licencia, o lo dejen con arresto nocturno”, comenta Florencia.

Paz Pérez es jueza del Tercer Juzgado de Familia de Santiago desde 2006. Su tesis de magíster, centrada en el fenómeno del incumplimiento del pago de deudas de pensiones alimenticias, hace que sea una de las voces autorizadas para hablar de este problema.

En su investigación, Pérez realizó un estudio empírico, con una selección aleatoria de causas donde se habían despachado órdenes de arresto para los deudores. Su conclusión fue que en los tribunales hay “una práctica de generar varias etapas antes de producir una orden de arresto”.

“Pero esas etapas no están contempladas en la ley y, sin embargo, se cumplen como si fueran ley. Estas etapas, que son 5 ó 6 adicionales a las que aparecen en la norma, tenían una demora en promedio de 35 días. Yo vi esa realidad y fui a estudiar también qué pasaba cuando un deudor pedía que se alzara esa orden de arresto. Y eso se resolvía en un plazo de 24 horas, y a veces en un par de horas”, explica la magistrada a The Clinic.

“Sobre la base de eso, yo decía (en la tesis) que hay una desarmonía en la forma en cómo se enfrentaban dos derechos fundamentales, que es el derecho a la libertad personal del deudor, y el derecho fundamental de los niños a la alimentación”, agrega, haciendo referencia a una “cultura jurídica” interna de los tribunales.

“¿Cómo uno explica eso?”, se pregunta Pérez. “Se cree que en el fondo lo justo, o lo correcto, es amparar rápidamente a la libertad, pero no hay la misma concepción de importancia en relación a los alimentos. Y ése era mi punto”, afirma.

Si ya es difícil lograr que se dicte y mantenga la orden de arresto, lo es aún más que ésta se lleve cabo. En la selección de causas que Pérez revisó en su tesis, llegó al dato de que solo un 20% de estas órdenes se concretaban. El resto “no producían efecto”, confirma.

Hay una “mirada que ha estado bien perdida” en este asunto, y que tiene que ver con “considerar que el cumplimiento de una resolución o una sentencia también forma parte del derecho de acceder a la justicia, que es otro derecho fundamental”, complementa la abogada y académica de la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales, Macarena Vargas.

“Tenemos buenos procedimientos en general y la prueba está bien regulada, pero llegamos a la etapa hasta que el juez dicta su sentencia. Todo lo que viene después queda como en un nivel secundario, marginal, y no ha recibido un tratamiento ni doctrinario ni jurisprudencial adecuado y acorde a su importancia”, opina.

“Estamos vulnerando los derechos de los niños, pero además estamos vulnerando su derecho de acceso a la justicia. Le estamos incumpliendo un mandato legal, que es que el padre o madre, eventualmente, pague la pensión”, concluye Vargas.

HASTÍO, DOLOR Y PRECARIEDAD

“Juro que iba todas las semanas a tribunales”, recuerda Romina Leone (38), sobre su cruzada como madre joven para conseguir el pago de la pensión de alimentos.

Cuenta que, en los tribunales, se daban diálogos como éste:

– Y usted, ¿sacó el papel timbrado? -, le decían.

– ¿Qué papel timbrado?- preguntaba ella.

-Ah, tenía que traer un papel timbrado.

-¿Por qué nadie me dijo?

-Aquí dice en el procedimiento que tiene que tener un papel timbrado -, y Romina volvía a la semana siguiente con el papel timbrado.

-Ah, pero eso no viene acompañado de la liquidación -le decían.

-¿Qué liquidación?

-Es que usted no tiene idea de nada.

“Me decían loca, y de verdad que gritaba. Es el colmo (…). Fue tanto que yo dije nunca más”, cuenta Romina.

Hoy, su hija tiene 17, con un padre que “nunca se hizo presente en lo económico”. Romina en un principio batalló por conseguir el pago de la pensión—que hoy alcanza una cifra millonaria que prefiere no compartir—, pero su experiencia en los tribunales fue “tan tóxica” que terminó dejando “botada” su causa por casi 10 años.

“Hay una desarmonía en la forma en cómo se enfrentaban dos derechos fundamentales, que es el derecho a la libertad personal del deudor, y el derecho fundamental de los niños a la alimentación”, agrega la jueza Pérez, haciendo referencia a una “cultura jurídica” interna de los tribunales.

El hastío en las cortes es común. “Todos los procesos de tribunales son tan lentos. Yo tuve una audiencia en agosto, y mi otra audiencia fue ahora en noviembre. Ahora me tiraron a marzo. Es muy agotador por los tiempos”, apunta, por su parte, Florencia.

Los trámites son sinónimo de “meses que pasan, meses que se acumula la pensión, que se acumula la precarización, que nadie se hace cargo de ninguna de las necesidades de los niños”, comenta Daniela López, abogada y socia fundadora del estudio jurídico feminista AML Defensa de Mujeres. López define los pasos para lograr el apremio de la orden de arresto como “un vía crucis que tienen que hacer las mujeres” que, por lo demás, suele terminar en nada.

“Aunque yo esté años persiguiéndote (al deudor), no te pasa absolutamente nada, porque incluso cuando te piden arresto, tú puedes poner algún tipo de recurso, por ejemplo, de amparo, y lo más probable es que se acoja. Los hombres deciden no pagar porque no tienen ningún costo en sus vidas”, afirma López.

Es, asimismo, un proceso doloroso. Florencia lo rememora bajo la perspectiva de una hija cuyos padres se separaron cuando ella tenía dos años: “Desde chica me he enfrentado a situaciones en tribunales, y es súper duro en el sentido que uno ve un ambiente difícil en temas de familia. Yo veía salir a otros niños llorando, niños que no querían entrar a las audiencias. Para mí fue horrible esa etapa. Yo tampoco quería entrar”.

Daniela López también resalta cómo el sistema termina perpetuando un círculo de precarización de las mujeres demandantes, las cuales entran a tribunales “en desventaja”, al operar estereotipos de que “las dueñas de casa no trabajan”.

“Cualquier trabajadora doméstica que cuida niños, hoy en día, en jornada completa, no baja de los $600.000 mensuales. Entonces lo que está haciendo esa mujer, al cuidar los niños para que ese padre pueda tener una jornada completa, es que está aportando a las necesidades de los alimentarios, en estricto rigor, alrededor de $600.000 pesos”, dice López, quien cita un reciente informe del Banco Central que estimó que el valor del trabajo no remunerado en el hogar equivale a un 26% del PIB chileno.

Pero esto no se toma en consideración, lo que según la abogada especialista en familia “afecta de manera directa la cuantía que tú (como juez) le vas a determinar al monto de la pensión de alimentos”, fijándose una pensión muy baja. Luego, la mujer termina “haciendo malabares para hacerse cargo del cuidado de los niños y buscar algún tipo de ingreso”, lo que “la precariza” y la “agobia en su salud mental”.

El “DICOM” DE LOS PAPITOS CORAZÓN

El año pasado, en mitad de la pandemia, Romina fue madre por segunda vez. Estando en postnatal, en su casa, cuenta que se le gatilló un instinto de “mamá leona”, llevándola a mirar nuevamente el dilema social de los deudores de pensiones de alimentos. Se contactó con otras mujeres, crearon un logo y abrieron una cuenta en Instagram, que hoy acumula más de 8.300 seguidores. Había nacido un movimiento.

Mediante transmisiones y talleres online, coordinaron asesorías legales gratuitas con abogados voluntarios. El siguiente paso fue confeccionar una propuesta legislativa con 20 medidas. “Y nos dirigimos al Ministerio de la Mujer”, relata Romina.

Lograron reunirse con la ministra, y poco a poco se fue gestando, junto a muchos otros “actores, de distintos sectores políticos y la academia”, la ley 21.389, que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos y modifica diversos cuerpos legales para facilitar el pago de las deudas. Romina, que recientemente conformó la Fundación 360° Mujer —de la cual es presidenta—, fue invitada la promulgación de la ley el 10 de noviembre.

“Este es un registro un poco como Dicom”, dice a The Clinic la ministra de la Mujer, Mónica Zalaquett. “Yo creo que esto va a generar un cambio cultural (…). Esta ley trae aparejado un cambio de paradigma. Pasamos de una ley que se centraba únicamente en lo punitivo, a una que genera los incentivos adecuados”, agrega Zalaquett, sobre un proyecto impulsado por el Ejecutivo que, asegura, vio su tramitación acelerada gracias a la visibilidad que los retiros del 10% dieron al problema.

Consultada sobre qué modelos de la experiencia internacional se tomaron como base para el texto chileno, Zalaquett menciona los sistemas de EE.UU. y Canadá.

El nuevo Registro, que operará 100% en línea, será manejado por el Registro Civil y mantendrá actualizado el monto total —o liquidación— de la deuda, entrarán aquellos alimentantes que no hayan pagado tres mensualidades de pensión de alimentos consecutivas, o cinco discontinuas.

Estar en el Registro supone una variedad de trabas a los deudores, implicando un costo para su “ciudadanía mercantil”, según el concepto acuñado por Daniela López. En primer lugar, cuando estos soliciten un crédito bancario igual o superior a 50 UF, la entidad financiera retendrá parte de los fondos para pagar la deuda.

“Este es un registro un poco como Dicom”, dice a The Clinic la ministra de la Mujer, Mónica Zalaquett. “Yo creo que esto va a generar un cambio cultural (…). Esta ley trae aparejado un cambio de paradigma”.

El proceso de devolución de impuestos también se verá afectando, debiendo retener la Tesorería una fracción del dinero que se adeude. Asimismo, si el deudor vende su inmueble o su vehículo, el Conservador de Bienes Raíces o el Registro Civil podrán inscribir el traspaso sólo si se acredita que con las ganancias se pagarán los alimentos.  

Tampoco se les otorgará ni renovará la licencia de conducir y el pasaporte, y se retendrá hasta el 50% de las remuneraciones de los gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas, cuando tengan deudas alimenticias.

Al mismo tiempo, no podrán recibir beneficios económicos o bonos estatales, y se exigirá el pago de la mensualidad de la pensión de alimentos a quienes busquen trabajar en cargos públicos, más un porcentaje adicional de su sueldo (10% ó 20%) para pagar la deuda. Lo mismo regirá para cualquier cargo de elección popular.

Además de estas disposiciones, la magistrada Paz Pérez hace hincapié en otros dos aspectos de la ley, que en general considera “una buena apuesta”, encaminada en un sentido “mucho mejor de lo que teníamos antes”. “Simplifica la notificación, en el sentido de que se va a exigir al abogado que tramitaba la causa (tener actualizado) el mail de su representado, lo que facilita un montón el cumplimiento”, dice Pérez.

“La nueva ley también hace una cosa súper llamativa, porque en los casos en que las órdenes de arresto no cumplan efecto, en el sentido de no lograr la reclusión nocturna del tipo y tampoco obtener el pago de la pensión, van a quedar registrados en el registro de prófugos de la justicia”, añade la jueza. “De alguna forma, cierra el ciclo de lo que pasaba con las órdenes que no producían efecto (…). Queda en un registro, por lo tanto, en los futuros controles policiales, va a aparecer”, explica.

Para Daniela López, la legislación apunta a un “camino correcto”. “La ley lo que hace es otorgar un sistema de cumplimiento más efectivo. Ahora este deudor va a tener sanciones en el ámbito público”, opina.

A pesar de que Macarena Vargas cree “que la vía del Registro va a tener un impacto fuerte, por la inclusión de otras medidas que son bien gravosas para los alimentarios deudores”, echó en falta que se regulara el tema mediante “un procedimiento ejecutivo único”. En el fondo, que se juntaran “todas estas normas” actualmente dispersas en distintos cuerpos legales.

Y Florencia, en su análisis, es tajante: “Se le hará imposible la vida a los que estén (en el Registro), que es lo mínimo que podían hacer”.

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