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Nacional

4 de Febrero de 2015

Debate aborto: El documento del rector Sánchez donde le mostró sus cartas a los parlamentarios

El escrito se titula “Aporte de la UC al debate nacional sobre despenalización del aborto” del Centro de Políticas Públicas de la Universidad. En él un equipo docente de diferentes disciplinas cita el polémico fallo del Tribunal Constitucional que prohibió la entrega del día después para concluir que “permitir el aborto en causales específicas es inaceptable”. Además hace alusión a la dictadura al señalar que Chile “no puede permitirse volver a considerar que el derecho a la vida no es igual para todos los seres humanos”.

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Ignacio Sánchez, rector de la Universidad Católica, abrió el primer punto de debate en el proyecto de despenalización del aborto en tres causales cuando dijo que la Red UC apelaría a la objeción de conciencia para negarse a interrumpir embarazos. Es más, el pediatra añadió que si hay médicos que están “disponibles para hacer abortos, deberán ir a trabajar a otro lugar”. Durante el día de ayer, el Hospital Parroquial de San Bernardo y la Clínica de la Universidad de los Andes se sumaron a la idea de una objeción de conciencia institucional que planteaba Sánchez. Desde el Ejecutivo, el Vocero de gobierno (s) José Antonio Gómez respondía que las leyes “son obligatorias para todos”.

Sumado a eso, La Tercera confirmó el envío a parlamentarios y al Ejecutivo de un documento llamado “Aporte de la UC al debate nacional sobre la despenalización del aborto”. En él, profesores de la facultades de Ciencias Biológicas, Derecho, Filosofía, Medicina y Teología reflexionan en torno a temas relacionados al aborto, como “¿Cuándo se inicia la vida humana? ¿Es el embrión parte del cuerpo de la madre? ¿Es digno el ser humano en toda circunstancia? ¿Cuáles son los fines de la Medicina? ¿Qué opinan los chilenos sobre el aborto?” El equipo concluye que “permitir el aborto en causales específicas es inaceptable”. Haciendo alusión a la dictadura, el texto además agrega que “una sociedad como la nuestra, que ha desarrollado un altísimo concepto del valor de los derechos humanos -alcanzado después de duros desencuentros- no puede permitirse volver a considerar que el derecho a la vida no es igual para todos los seres humanos, cualquiera sea el modo como se engendró, su condición de salud, expectativas de vida o estado de desarrollo”.

Fechado en diciembre de 2014, el documento se describe como “las reflexiones de la Comisión Cuidado de la vida en sus inicios, convocada por el Rector Ignacio Sánchez en junio de 2014” y está elaborado por ocho docentes, además de destacar que se recibieron “los aportes” de otros 19 facultativos. Cuenta también con una introducción de Sánchez donde destaca que “en la UC creemos en el respeto a la vida, del que está por nacer, del anciano y enfermo terminal hasta su muerte natural”. Añade que en base a su experiencia como médico pediatra “día a día me sorprende el misterio y el milagro de la vida humana. Desde el instante en que el óvulo es fecundado por el espermatozoide -la fusión de los gametos-, se inicia la vida de un ‘alguien’, de una persona, y se define lo que será un ser único e irrepetible”.

Tanto la Comisión como Sánchez citan el fallo del Tribunal Constucional que prohibió la entrega de la píldora del día después el 2008 para constatar que “existe en la legislación una amplia protección jurídica para el no nacido”. El fallo señaló que “al momento de la concepción surge un individuo que cuenta con toda la información genética necesaria para su desarrollo, constituyéndose en un ser distinto y distinguible completamente de su padre y de su madre (…), es posible afirmar que estamos frente a una persona en cuanto sujeto de derecho”.

En cuanto a las causales específicas, Sánchez se refiere a las “malformaciones congénitas letales” señalando que “a partir de datos oficiales del Ministerio de Salud, puede estimarse que en Chile el total anual de estas malformaciones se sitúa en alrededor de los 350 casos. A pesar de ser situaciones muy difíciles y dolorosas, ellas no deben favorecer tomar una decisión aún más injusta, que es la de matar a un ser humano inocente”. En cambio, propone que se amplíen los cuidados paliativos perinatales y el acompañamiento familiar, tal como lo hace el programa aCompañar-es, que entrega la atención médica y psicológica a la madre y a la familia que presente un embarazo con malformaciones incompatibles con la vida: “En mi experiencia personal de haber acompañado a varias familias en estos difíciles momentos, la tranquilidad y paz que se encuentra al haber conocido al hijo, haberlo acompañado y querido durante este corto paso por la vida, es algo que siempre se recordará con amor por las familias. Vivir una corta pero significativa experiencia de vínculo y amor con el hijo(a), contribuye de manera importante a elaborar la pérdida y sobrellevar el dolor, luego de un funeral digno, en familia”. Agrega que, precisamente, es en parte este el “sentido psicológico del funeral, hito que marca el cierre de una etapa y comienzo de otra para quienes tenemos fe”.

El documento de la Comisión además señala que “no existe duda para la ciencia” de que la vida humana se inicia en la fecundación y, por lo tanto, es sujeto de derechos humanos. Agrega que el uso de “ciertos hitos en el desarrollo biológico”, como implantación, nacimiento, adquisición de autoconciencua “para conferir a partir de entonces la calidad de persona a un ser humano es enteramente arbitrario. El ser es uno y el mismo en todos esos momentos, y lo es de manera ininterrumpida, desde la fecundación hasta la muerte”.

Particularmente en el caso del aborto producto de una violación, los académicos señalan que “permitir la eliminación de una persona inocente, sólo por el modo como fue engendrada, resulta una solución demasiado simple, que contradice la doctrina de los derechos humanos, especialmente de los principios de igualdad y dignidad de toda persona y que, además resulta potencialmente peligrosa por los abusos que podría traer consigo su aplicación práctica”. El proyecto de ley, que deberá ingresar a la Cámara los primeros días de marzo, señala que en caso de violación, la evaluación estará a cargo de un equipo de salud “especialmente conformado para estos efectos”. Agrega que “en el cumplimiento de su cometido dicho equipo deberá dar y garantizar a la mujer un trato digno y respetuoso”. No se aborda, sin embargo, el caso de las mujeres que acuden tardíamente a denunciar un delito de este tipo, cuando las secuelas físicas pueden ya haber desaparecido.

El Ejecutivo ha recalcado que la objeción de conciencia es personal y no institucional, como lo señala el proyecto. En él se lee que el médico podrá abstenerse de realizar un aborto “cuando hubiera manifestado su objeción de conciencia al (la) Director (a) del establecimiento de salud, en forma escrita y previa. El establecimiento tendrá la obligación de reasignar otro médico (a) cirujano (a) a la paciente o de derivarla en forma inmediata para que el procedimiento le sea realizado por quien no haya manifestado dicha objeción”. Finalmente añade que será el Ministerio de Salud el que deberá “dictar los protocolos necesarios para la ejecución de la objeción de conciencia”.

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