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Nacional

22 de Febrero de 2016

Ley de inclusión: Desde el 1 de marzo colegios no podrán suspender a alumnos por su apariencia

El jefe del departamento de Denuncias de la Superintendencia de Educación, Oscar Acevedo manifestó que la idea apunta a que “los reglamentos internos, así como los proyectos educativos institucionales, no contengan normas que impliquen una discriminación arbitraria para sus miembros”. Agregó que aunque los colegios pueden fijar cosas como la presentación personal, “en ningún caso no cumplir con estas normas puede implicar medidas que discriminen arbitrariamente a los alumnos o sanciones que afecten su derecho a recibir educación”.

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El pasado 26 de enero del 2015 se aprobó en el Congreso la Ley de Inclusión en la Educación, medida que comenzará a regir desde este 1 de marzo y que tiene como foco terminar con la discriminación en los establecimientos escolares.

De acuerdo a la ley, “el sistema propenderá a eliminar todas las formas de discriminación arbitraria que impidan el aprendizaje y la participación de los estudiantes”.

Según consigna La Tercera, el jefe del departamento de Denuncias de la Superintendencia de Educación, Oscar Acevedo manifestó que la idea apunta a que “los reglamentos internos, así como los proyectos educativos institucionales, no contengan normas que impliquen una discriminación arbitraria para sus miembros”.

En esa línea Acevedo precisó que aunque los colegios pueden fijar cosas como la presentación personal, “en ningún caso no cumplir con estas normas puede implicar medidas que discriminen arbitrariamente a los alumnos o sanciones que afecten su derecho a recibir educación”.

En este punto de la explicación la autoridad advirtió claramente que los colegios “no pueden establecer sanciones que les que restrinjan el acceso o su participación en las actividades escolares por no cumplir con alguna norma del reglamento interno, relacionada con la presentación personal o no contar con los útiles, el uniforme o un texto escolar”.

Desde la otra vereda, el presidente de la Corporación Nacional de Colegios Particulares de Chile (Conacep), Hernán Herrera sostuvo que estas normas internas desde un comienzo son aceptadas por las familias, “por lo que tienen que respetarlas. Si no, qué sentido tiene que la ley establezca que los sostenedores deben informar a la familia sobre sus normativas”.

Herrera criticó la iniciativa asegurando que “algunos tienen una disposición, y es que a la tercera anotación negativa el alumno está suspendido y tiene que ir con su apoderado; en el contexto de lo que dice la Superintendencia, eso ya no se podría hacer”.

De hecho el timonel de la Conacep aseguró que este tipo de sanciones no son discriminatorias ya que se les aplica a todo el alumnado. Añadió que “no es que sólo a un alumno le digan que tiene que ir con uniforme y al resto no. Si la persona no va con uniforme, finalmente es ella la que está contra la norma establecida”.

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