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15 de Noviembre de 2016

Padrón del mal: Los oficios que revelan cómo operaron el Registro Civil y el Servel en el cambio de domicilio electoral

Según oficios del Registro Civil a los que The Clinic Online tuvo acceso vía transparencia, en junio de 2015, esta institución derivó al Servel información que debió haber encendido las alarmas: se detalló que existían a esa fecha más de 11 millones de domicilios cambiados. Recién en diciembre de ese año, el Servel reaccionó dando cuenta de que "no consta la voluntad manifiesta de los ciudadanos de actualizar su domicilio electoral". A inicios de este año, cuando ya se conocían internamente en las instituciones públicas las incongruencias, una orden del Registro Civil da cuenta de que el 3 de marzo de 2016 se entregó al Servel un servicio web para "poner a disposición de la ciudadanía, para que cada persona consultara y confirmara su domicilio electoral registrado”. Sin embargo, se detalla que la contraparte técnica del Servel, informó que, “si bien se recibió el servicio, habrían decidido no implementar ninguna medida al respecto”. En los documentos que revisó The Clinic Online queda claro, además, que se advirtió en más de una ocasión al Servel que la entrega de datos “desestructurados”, es decir, sin detalles de la dirección del votante, ocasionaba problemas en el modelo del Registro Civil que cambiaba automáticamente los domicilios cuando éstos carecían de toda la información.

Por

servel
A inicios del año 2012 se inició el intercambio de información entre el Registro Civil y el Servicio Electoral que permitiría, supuestamente, incorporar datos más precisos respecto del domicilio de los electores y tener el modelo en operación para las elecciones municipales de este octubre de este año.

Lo que ocurrió, sin embargo, fue que medio millón de chilenos quedó registrado en lugares de votación que no correspondían por una modificación unilateral y arbitraria en sus domicilios.

En los días previos a los comicios del 23 de octubre, el Ejecutivo intentó subsanar el error de los organismos públicos a través de una ley corta que fue un fiasco en el Congreso y la semana pasada, el Servel habilitó un mecanismo especial para revertir los polémicos cambios de domicilio a través de un trámite que se puede realizar en línea, pero que debe ser ratificado en las oficinas del Servicio.

En medio de esta polémica, The Clinic Online solicitó vía transparencia al Registro y al Servel todos los antecedentes que disponían respecto de cómo se generó la discordancia en los datos que provocó la adulteración del padrón electoral.

El Registro Civil respondió positivamente al requerimiento y entregó 22 oficios en los que quedó constancia respecto de cómo se abordó la problemática en los últimos cuatro años. En ellos no están, sin embargo, los antecedentes del año 2014. Durante octubre, en tanto, el Servel había publicado parte de sus oficios en su página web y envió esa misma información a este medio.

En los papeles del Registro Civil que pudo revisar The Clinic Online quedan en evidencia tres cosas:

1) Desde que se inició la implementación del sistema hubo discordancia en la información del Servel y del Registro Civil. Al inicio se trató de casos puntuales sobre RUN repetidos o anulados, pero en octubre de 2013 ya se habla respecto de cambios unilaterales de domicilios. Luego se llegó al extremo, en 2015, de informar al Servel sobre más de 11 millones de domicilios supuestamente cambiados. La situación, evidentemente anómala, no generó, según los documentos revisados, mayor sorpresa.
2) En reiteradas ocasiones, el Registro Civil pidió al Servel que los datos de domicilio electoral fueran entregados en un formato estándar para que fueran reconocidos adecuadamente por su sistema computacional. Hasta este año, tal solicitud no había sido respondida positivamente. El problema es que al no entregarse el detalle de las direcciones de los ciudadanos, el modelo, implementado en 2013, automáticamente modificaba la información cuando se realizaba algún trámite en el Registro.
3) Una serie de medidas tendientes a la solución precoz de los cambios unilaterales de domicilio no fueron implementadas. Entre ellas, la posibilidad de operar una web a inicios de este año para que los ciudadanos pudieran corroborar en línea sus locales de votación y hacer complementarios los sistemas computacionales. “Atendido que el Servicio Electoral es la única primera fuente del domicilio electoral, este Servicio está a la espera que se remita estructurada la información de domicilio electoral, precisamente porque es un factor crítico para la adecuada implementación de las modificaciones informáticas e interoperabilidad comprometidas”, se insiste en uno de los documentos.

En tanto, en los antecedentes que hizo público el Servel, figuran al menos dos advertencias al Registro respecto de modificaciones que no correspondía realizar.

LOS ANTECEDENTES

El 9 de marzo de 2012, el Registro envió a Juan Ignacio García, en ese momento director del Servicio Electoral, la orden 0145, en respuesta a una solicitud del mes anterior del Servel.

Así, según consta, se remitieron varios archivos: uno con más de 13 millones de inscripciones de nacimiento de chilenos y extranjeros vivos, mayores de 17 años, con indicación del Número de RUN, nombres y apellidos, fecha de nacimiento, código de circunscripción y número de inscripción de nacimiento, tipo de registro, nacionalidad y sexo; otro con el Registro de Defunciones al 31 de enero de 2012 (más de tres millones); y otro con profesionales acreditados como tal (cerca de 650 mil).

El 31 de mayo de ese año, se envió una nueva orden, la 329, en la que acusa recibo de un CD-ROM con 15 archivos que contienen los domicilios electorales de las personas inscritas en el Registro Electoral, segregado por región. Ante ello, el Registro plantea que la institución ha creado una aplicación en el Sistema de Identificación, que permite capturar el domicilio electoral de los usuarios, con indicación de la fecha y hora, a efectos que éstos puedan actualizarlo, cuando realizan una solicitud de cédula de identidad o pasaporte, si así requieren. Además se solicita al Servel que “en los próximos envíos de información, sobre domicilio electoral, los archivos contengan la fecha y hora” del último cambio de domicilio, tema que volverá a ser abordado en otras comunicaciones.

El 29 de octubre de 2012, por ejemplo, se insiste en esta petición y se añaden nuevos datos de inscritos. El 14 de noviembre, en tanto, se corrigen incongruencias detectadas por el Servel respecto de personas supuestamente fallecidas, RUN repetidos o personas que aparecen como NN.

El 29 de enero de 2013, la orden 066 plantea que queda pendiente la indicación sobre el registro general de condenados por penas aflictivas. Un día después se agrega que no se registraron en el periodo pérdidas de identidad.

El 15 de febrero de 2013, se remiten antecedentes sobre solicitud de cambio de domicilio electoral por parte de 28.903 personas y la incorporación de 12.892 domicilios de personas mayores de 17 que quedan habilitados para sufragar. El 11 de marzo esa cifra suma 25.711 y 11.223 respectivamente y en marzo se incrementa nuevamente en 19.644 y 9.454.

Y se prosigue, con guarismos similares hasta octubre de 2013, cuando nuevamente se detectan inconsistencias que el Servel plantea al Registro.

“Este Servicio remitirá a usted las copias de los comprobantes de solicitud de cambio de domicilio electoral de aquellas personas que desconozcan haber realizado dicha solicitud ante esta institución, entre el 01 de noviembre de 2012 y 20 de julio de 2013. A efectos de remitir dicha información, se solicita a usted, la nómina de todas aquellas personas que se encuentren en tal situación”, escribe Claudia Gallardo Latsague, que en esa fecha era Directora Nacional.

En los antecedentes recibidos por The Clinic Online no se menciona el intercambio de información en 2014. Sin embargo, en los papeles que hizo públicos el Servel en octubre se acusa recibo de oficios de parte del Registro y respuestas del Servel.

Se establece, por ejemplo, que en el documento 0436 del 29 de mayo de 2014, Gallardo firma el envío de un informe dirigido a Elizabeth Cabrera, a en que “se hace notar que con cambio del sistema de identificación en mes de septiembre se está capturando este domicilio en forma obligatoria a todas las personas que renuevan cédula”.

Dos meses después, Cabrera respondió que “se ha tomado conocimiento de que al realizar el trámite de renovación de cédula de identidad, no se está informando al ciudadano su domicilio electoral registrado ni dando la posibilidad de su actualización bajo juramento”.

El diálogo se retoma, según el informe oficial, en junio de 2015 cuando se informa que los datos sobre domicilios electorales fueron cargados en una dirección de internet. El 30 de ese mes, en la orden 0471 se entrega cifras que debieron haber encendido las alarmas sobre el mega error que afectó a medio millón de chilenos en las elecciones: se comunica que hasta 2014 hay 244.346 domicilios nuevos; 11.189.166 domicilios cambiados y 1.884.171 domicilios rechazados por inexistentes. El texto es escrito por Teresa Alanis Zuleta, Directora temporal y provisoria del Registro Civil a Elizabeth Cabrera, Directora Subrogante del Servel.

El 15 de julio de 2015, en otro oficio el Registro detalla la incorporación de nuevos datos.

El 1 de diciembre, en tanto, el Servel reclama que la medida de cambio de domicilio se está realizando para todos quienes acuden a obtener documentos y acusa que “el Servicio de Registro Civil e Identificación no está dando cumplimiento a su deber de comunicación” a los ciudadanos y que, por ello, el Servel “se encuentra imposibilitado de procesar debidamente los referidos cambios de domicilio, por cuanto no consta la voluntad manifiesta de los ciudadanos de actualizar su domicilio electoral”. En la ocasión, se llama al Registro a rectificar con urgencia el proceder.

El 5 de febrero de 2016, en un documento donde se alude a reuniones en que se ha abordado la problemática de generación de datos sobre domicilio electoral, se precisa cuál ha sido el rol del Registro Civil en el conflicto.

Se consigna en la Orden 0070 que se “creó una aplicación en el Sistema de Identificación, que permite capturar el domicilio electoral de los usuarios, con indicación de la fecha y hora, a efectos que éstos puedan actualizarlo, cuando realizan una solicitud de cédula de identidad o pasaporte, si así requieren. En el actual sistema informático de identificación del Servel, operativo desde el mes de junio del año 2013, el registro de una persona que se está atendiendo, el sistema permite al usuario interno copiar los datos del domicilio personal en los datos de domicilio electoral, evitando la doble digitación” y se añade que se deben ingresar “datos estructurados”.

En el escrito, también se realiza una crítica clara al proceder del Servel. “La base de datos del sistema, relacionada a domicilios, mantiene un número importante de registros de domicilio electoral en un formato de datos no estructurados, es decir, sin datos especificas componentes como calle, número, etc, representándose en solo un dato del tipo texto la información. De hecho, en la última información recibida desde Servel con fecha 8 de enero del presente año, se mantiene dicho formato”.

En esta línea se destaca que el cambio de la información de domicilio electoral en el sistema, que se realiza durante la renovación de documentos de identidad, obedece principalmente a dos casos, uno de los cuales explicaría todo el desastre:

“Cuando el domicilio electoral se encuentra registrado de manera desestructurada, en un solo dato, el sistema informático obliga al usuario interno a registrar de manera estructurada la información, ya sea asumiendo el mismo domicilio personal o registrando un domicilio distinto, con los datos componentes respectivos”, es decir, en esta instancia, aunque el usuario no haya expresado su voluntad de modificar su recinto de votación, éste se cambia inmediatamente al momento de renovar documentos para asumir un formato con todos los antecedentes.

En cambio, cuando el domicilio electoral ya se encuentra registrado “de manera estructurada”, se permite editar la información.

“En ambos casos, el sistema imprime dos copias de un comprobante de autorización de cambio de domicilio electoral, que se entrega para la firma de la persona atendida, quedando un ejemplar en poder del Servel”.

En paralelo, se le ofrece al Servel realizar seis acciones:

1) Preparar y remitir a ese Servicio un archivo que contiene información de domicilio personal y electoral, pero sólo en aquellos casos en donde este último domicilio se encuentre registrado “de manera estructurada”.

2) Apoyar en lo inmediato un análisis comparativo entre los datos de cambios de domicilio electoral registrados en sistema informático de Servel y los datos mencionados, pero sólo los “que se encuentran estructurados en formato idéntico ya que de lo contrario, la comparación no es viable”.

3) Modificar las funcionalidades del sistema informático de identificación, para que a partir del segundo semestre de este año considere una especie de sello que permita conocer si un domicilio electoral fue editado, y si el resultado de esta edición arroja una dirección idéntica o distinta al domicilio personal. Además se propone incluir un comprobante de autorización de cambio de domicilio electoral, para que sea remitido periódicamente al Servel

4) A partir de febrero se promueve “implementar y poner a disposición de ese Servicio, una aplicación web que permita a cualquier ciudadano consultar su domicilio electoral registrado en la base de datos” del Servicio a través del RUT o una clave única.

5) Solicitar a las contrapartes técnicas del Registro Civil elaborar y documentar el proceso relacionado al intercambio de información para genera procesos de gestión de información interinstitucional.

6) Y llevar a cabo una reunión de trabajo y coordinación, con el objeto de generar una instancia en la que conjuntamente se puedan “revisar acuerdos” respecto de todos los problemas suscitados en el proceso.

LA ADVERTENCIA FINAL
En mayo de 2016, el Registro Civil entregó nuevos datos al Servel.

El 6 de junio, el Servel envió un duro oficio al Registro en el que plantea que existe un aumento inexplicable y erróneo de cambios de domicilio electoral y que frente a ello se ha iniciado una depuración de antecedentes.
Se detalla que los datos errados corresponden a 7.360.798 personas, lo que representa a casi el 50% del padrón electoral.

De ello, al menos 3 millones de personas correspondían a fallecidos, duplicados o ciudadanos inexistentes.

El 16 de junio, en la orden 0390, cuando el problema comenzaba a trascender, el Registro planteó por escrito que “esta Dirección, informó y comprometió con ese Servicio, una serie de medidas relacionadas al envío, análisis interno, análisis comparativo y normalización de información de domicilio electoral, implementación de servicio web, y elaboración de convenio, lo cual fue ratificado en reunión sostenida con Ud., más los equipos de trabajo de ambas instituciones, el 9 de febrero del presente año”.

“Atendida la relevancia del asunto, el 3 de marzo de 2016, este Servicio, implementó y entregó un servicio web que permitiría a los sistemas informáticos de ese Servicio interoperar con los sistemas informáticos de nuestro Servicio, permitiendo a vuestra institución implementar una aplicación web que podría poner a disposición de la ciudadanía, para que cada persona consultara y confirmara su domicilio electoral registrado.La contraparte técnica de ese Servicio, informó que, si bien se recibió el servicio, habrían decidido no implementar ninguna medida al respecto”, detalla.

Posteriormente, se consigna que el 9 de marzo de 2016, se realizó una reunión con el Subdirector del Servel, más los equipos de trabajo, en la cual se da cuenta del estado de avance de los compromisos y se plantea, a meses de las elecciones, un convenio de colaboración para interoperabilidad, a fin de proporcionar en línea a Servel información sobre el registro de personas con cumplimiento de 17 años, defunciones, rectificaciones de domicilios electorales, pérdidas de nacionalidad, los registros de condenas a penas aflictivas y cumplimiento de las mismas. Pero se recalca que para que esta complementariedad funciones es “necesario que ese Servicio Electoral, entregue e informe datos de manera estructurada. Este hito, que aún no se cumple por parte de ese Servicio, es esencial para implementar la propuesta de interoperabilidad de los datos relacionados”.

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