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Nacional

2 de Diciembre de 2016

Los obsoletos peritajes para cambiar de identidad

En Chile no existe una norma que regule el cambio de nombre y sexo registral para las personas trans. Por esto, quienes deseen hacerlo deben iniciar una causa en un tribunal civil y acogerse a la ley 17.344, de cambio de nombre y apellidos. Con esto, el juez tiene la facultad de pedir todo tipo de peritajes al Servicio Médico Legal, para asegurar la condición transgénero del demandante. La normativa se ha prestado para una serie de denuncias respecto a vulneraciones de derechos que incluyen sesiones fotográficas, revisiones anales, preguntas sobre la actividad sexual y la recomendación de los jueces de realizar, por ejemplo, una histerictomía. “Es insólito que después de toda la discriminación que enfrentas a diario, además tengas que ver limitados tus derechos reproductivos por orden de un juez. ¿Hasta cuándo el Estado va a seguir permitiendo tanta vulneración?”, asegura uno de los denunciantes.

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“Sáquese la ropa y siéntese en la camilla con las piernas abiertas”, ordenó el médico. Luego preguntó: ¿Ha tenido relaciones sexuales con hombres? Alejandro -nombre ficticio con el que prefiere identificarse- aguantó la respiración, mientras el especialista le hacía tacto, y a continuación soltó a regañadientes: “No, nunca he tenido sexo con hombres”.

Antes de ser atendido, Alejandro había esperado casi una hora en el Servicio Médico Legal, sentado en el sector de sexología forense, rodeado de adolescentes abusados y reos con pechera amarilla, todos esperando constatar lesiones por algún delito, menos él, que iba por orden judicial a ser revisado por el ginecólogo.

-¿Desde hace cuánto tiempo cree que es transgénero?- siguió el médico.

La pregunta desconcertó a Alejandro porque jamás se había planteado la idea de “creer” ser trans, simplemente se identificaba mucho más con una apariencia masculina. “Súbase la camisa y muéstreme los pechos, vamos a tomar fotografías. No cierre las piernas”, continuó el profesional.

Quince minutos después de la sesión gineco-fotográfica, fue recibido por el psiquiatra en una segunda etapa del examen ordenado por un juez para su eventual cambio de nombre y sexo registral en su carnet. Saber que no le iban a sacar la ropa lo tranquilizaba un poco más, pero le seguían transpirando las manos.

-Acá dice que nació como mujer, ¿Con qué jugaba cuando era chica? ¿Alguna vez su papá le pegó?, inquirió el psiquiatra.

Alejandro le contó que nació intersex hace 28 años, pero que los doctores prefirieron dejarlo como mujer sin saber que con los años se identificaría con orientaciones más bien masculinas. Las preguntas continuaron: ¿Qué tipo de pornografía prefiere? ¿Qué cosas lo excitan? ¿Ha tenido pareja? ¿Cómo mantiene relaciones sexuales?

Alejandro se preguntaba, angustiado, porqué tenía que vivir este proceso. Una vez cumplida la pericia de rigor se convirtió en el trans número 107 de la Región Metropolitana en someterse a un examen de sexología forense en el Servicio Médico Legal. Desde el año 2005 que el organismo es el encargado, por orden de un juez, de realizar todos los exámenes necesarios para que éste finalmente decida si la persona puede o no rectificar su nombre y sexo en la cédula de identidad.

Debido a la ausencia de una norma que regule estos procedimientos en personas trans, el trámite puede durar tres meses a lo sumo, pero en ocasiones extenderse hasta cuatro años. El motivo: los jueces son libres de pedir la documentación que, de acuerdo a su criterio, sea pertinente para comprobar si la persona es realmente quien dice ser.

LOS PERITAJES

Los exámenes sexológicos y psiquiátricos en el Servicio Médico Legal son comunes en las causas de las personas trans que buscan la rectificación de su acta de nacimiento. Esto se puede hacer a través de la ley 17.344 que permite cambiar el nombre si produce menoscabo, poniendo como requisito que la nueva identidad tenga concordancia con el sexo del carnet.

Apelando a esto, las personas trans inician su causa en un tribunal civil. Lorena Lorca, abogada de la Clínica Jurídica de la Universidad de Chile y miembro del Consejo de Defensa del Estado, ha representado, junto a sus alumnos, cerca del 70% de las causas de rectificación de nombre y sexo de personas que aseguran vivir en un cuerpo biológico que no las representa.

Durante los cuarenta minutos que duró el peritaje a Alejandro le practicaron tacto, le midieron el largo de los vellos, el clítoris y le revisaron el ano. El especialista luego le diría al juez en su informe: “Tiene barba, pelo en los brazos y piernas. En el pecho dos cicatrices de una mastectomía y un solo pezón. Su apariencia y voz son masculinas, pero sus genitales son femeninos, aún tiene útero y un ovario”.

-La ausencia de un marco legal que especifique los pasos a seguir, permite que los jueces a causa del desconocimiento y los prejuicios, puedan solicitar todo tipo de documentación. Los más comunes son los peritajes sexológicos en el SML. Pero la variedad de documentos pedidos por tribunales es increíble: certificado psiquiátrico, psicológico, ginecológico, hemogramas y ADN- cuenta Lorca.

Todos los datos recopilados por los especialistas fueron archivados en una carpeta y enviados al juez del 21° Juzgado Civil de Santiago. Para decidir sobre la verdadera identidad de Alejandro, el juez debía recibir esos documentos, mirar sus fotos y analizar lo que le decía el psiquiatra, intentando dilucidar si efectivamente el solicitante era acreedor de una nueva cédula de identidad.

El caso de Alejandro no es un hecho aislado: de acuerdo a los datos registrados por la abogada, desde el 2009 a la fecha, en la Clínica Jurídica de la universidad se han recibido 159 casos. Actualmente cuentan 73 causas cerradas, de éstas al 76% de los demandantes les han pedido peritajes en el Servicio Médico Legal.

Niki Raveau, directora de Fundación Transitar, inició el proceso de rectificación en noviembre del 2015 en el 26° juzgado civil de Santiago, uno de los tribunales que suele pedir la mayor cantidad de peritajes y luego rechaza las causas.

-Estuve con el psiquiatra casi una hora y en todo momento el centro de la conversación fue a qué edad comencé a masturbarme, si era sexualmente activa y si fantaseaba con hombres o con mujeres. Para el examen físico yo sabía que podía negarme a las fotografías así que inmediatamente lo dejé claro, pero me parece absurdo que un tercero pueda definir tu identidad- cuenta Niki.

Hasta el año 2012, los trans derivados por tribunales en proceso de cambio de nombre y sexo, eran atendidos en el SML según la normativa para la atención de personas víctimas de agresiones sexuales. La última actualización de esa norma se realizó el 2010 y no mencionaba en ninguna parte, los procedimientos para personas trans e intersex, por lo que los peritajes eran mucho más invasivos aunque se tratara de un proceso con fines administrativos.

Alejandro estuvo con el psiquiatra durante más de una hora y lo dejó tan agotado que, asegura, no pudo ir a trabajar. La sensación de injusticia se incrementó cuando se enteró que no habían respetado el protocolo de peritaje sexológico para las personas trans e intersex que se especifica que “se deben realizar en el marco del respeto a la dignidad de la persona periciada, en ese sentido, los exámenes físicos no tienen un carácter invasivo del cuerpo humano”.

-En ningún momento sentí que respetaron mi dignidad. Ellos violaron mi intimidad física y también hurgaron de manera bizarra en mi privacidad. No me trataron con respeto- dice hoy con rabia, a un año de los exámenes.

La guía técnica para el peritaje en sexología de personas trans e intersex, nace en noviembre de 2012 y se basa en la ley antidiscriminación. Su origen tiene el propósito de resguardar la integridad física y psíquica de las personas, velando especialmente por la protección de la dignidad. El protocolo además menciona que no se someterá a las personas trans a peritajes invasivos, indicando que “la pericia física deberá tener carácter general. Además deberán ser tratadas por su nombre social o el que la persona prefiera, entregando la responsabilidad al médico tratante de explicar el procedimiento antes de comenzarlo”.

Jorge López, jefe regional del SML, asegura que el protocolo de atención se creó para proteger los derechos humanos de las personas, entendiendo que se trataba de un proceso realizado por derivación de juez. “Las preguntas que refieran a la actividad sexual de la persona y realizar tacto durante el examen físico, son prácticas fuera del protocolo. Esa no es la orientación del examen. Lamentablemente no puedo descartar que alguien haya tenido alguna actitud o pregunta fuera de la norma, porque somos un servicio nacional”, explica López. Así, otra vez, la correcta aplicación de las reglas queda a discreción de cada especialista.

-No consideramos que sea atingente que te revisen detalladamente los genitales para hacer una operación administrativa. Que el juez termine viendo fotos de la persona desnuda o leyendo la descripción de sus genitales nos parece una vejación por parte del Estado- agrega Michel Riquelme, presidente de la ONG Organizando Trans Diversidades.

LA HORA DE LA SENTENCIA

Hace dos años que se identifica como Noah Pozo y desde el 2015 se inyecta testosterona, para lograr una apariencia más masculina. El 2014 decidió iniciar el proceso de cambio de nombre y sexo. Al azar le fue designado el 26° juzgado civil de Santiago, a cargo de uno de los jueces más duros en materia de rectificación de documentos.

Noah sabía que el proceso podía tardar años pero asegura que tenía esperanzas de que saliera en ocho meses, igual que otras personas conocidas que habían iniciado la causa. Había presentado documentación psicológica y también recetas médicas que acreditaban su tratamiento hormonal. Hace meses habían ido su mamá y su mejor amiga como testigos.

En octubre de 2015 el abogado de la Clínica Jurídica de la Universidad de Chile lo llamó para decirle que el juez había rechazado su causa, por lo que no obtendría el cambio de nombre ni sexo.
Las razones del juez estaban enumeradas en la sentencia: “El sexo masculino o femenino está determinado por características biológicas y no psicológicas. Es de sexo masculino si tiene órganos sexuales masculinos. Si una mujer con vagina, ovarios y útero se convierte por decisión jurisdiccional en hombre, rectificando la partida correspondiente, es posible que en el futuro se convierta en madre, con todo el conflicto jurídico que ello trae, produciéndose una confusión que debe evitarse. Lo mismo sucedería si un hombre solicita rectificación teniendo pene y testículos”.
La sentencia, además, añade la recomendación de realizar “las cirugías necesarias con el objeto de contribuir al reconocimiento afectivo, social y legal que generalmente requieren las personas en este caso”.

-Cuando leí las razones, sentí mucha rabia. Encuentro absurdo que una persona que no te conoce y que ni siquiera me vio durante el proceso tenga el poder de decidir si soy o no quien digo ser. No me sometería a esto si tuviera dudas sobre mi identidad. Siendo aún más violento que me ordene sacar partes de mi cuerpo para reconocer mi identidad- cuenta Noah.

En casi la mitad de las causas rechazadas el argumento para negar la rectificación es el eventual conflicto que se produciría en una persona cuando su sexo biológico no es coherente con el nombre solicitado en la rectificación de cedula de identidad. “Las normas están al servicio de las personas y como juez las puedes interpretar e integrar como una manera de soslayar la limitación que tiene la ley actual. Son causas voluntarias, a nadie más que a esa persona le importa, no le veo el peligro a reconocer un derecho tan básico como la identidad”, indica Natalia Rencoret, jueza del 2° juzgado civil de Rancagua.

La jueza, además, señala que la definición personal que tenga un juez sobre el género o sobre cómo se conforma una familia no deben estar por sobre el bienestar social de quien demanda, indicando que las sugerencias de operaciones está totalmente fuera de la ley. “A todos quienes hayan resultado rechazados, los invito a que vengan a Rancagua”, propone.

La falta de marco legal se subsanaría con la aprobación de la ley de identidad de género, en trámite en el Senado, que plantea que la rectificación de nombre y sexo vía administrativa podría realizarse directamente en el Registro Civil, sólo con la fotocopia del carnet, el acta de nacimiento y un certificado psicológico. Este tipo de legislación ha sido aplicada en España y Argentina.

-Hace tres años que está en primer trámite constitucional y no veo que salga pronto. Mientras tanto siguen postergándose los derechos humanos de las personas trans- señala Andrés Rivera, consultor en Derechos Humanos e identidad de género.

Luego de la exhaustiva y tortuosa revisión en el SML, Alejandro obtuvo la rectificación de nombre y sexo, sin embargo, en la sentencia se especifica que le fue otorgada solo porque el demandante tenía realizada una operación, por lo que se le recomienda la histerectomía, para evitar un posterior embarazo.

La causa de Niki Raveau, se encuentra esperando ser atendida en la Corte de Apelaciones, luego de que fuera rechazada por los mismos motivos. “Es insólito que después de toda la discriminación y la exposición que enfrentas a diario, además tengas que ver limitado tus derechos reproductivos por orden de un juez. ¿Hasta cuándo el Estado va a seguir permitiendo tanta vulneración?”, asegura Alejandro.

LA DISPUTA POR LOS MENORES

Las últimas vacaciones de Mónica Flores y Gonzalo Araya no terminaron bien. Cuando volvían a Chile con su hija de seis años, Policía Internacional les negó la entrada, la razón: el niño del carnet no se parecía en nada a la niña que se asomaba por la ventanilla.

-Estuvimos cerca de 45 minutos intentando hacer entrar en razón a la policía. Por suerte, se me había ocurrido llevar el certificado de la sicóloga en donde se acreditaba que mi hija estaba en una etapa de transición. Fue muy estresante para ella tener que escucharnos dar tantas explicaciones- cuenta Mónica.

Esta situación y la falta de respeto al nombre social de la niña en la Clínica Alemana, aseguran, fue lo último que faltaba para decidir iniciar el proceso de cambio de nombre y sexo registral en tribunales civiles bajo la ley 17.344.

Hace seis meses que la causa se encuentra en el Poder Judicial. Para llevar el caso el juez les pidió una evaluación psicológica familiar en el SML. La sesión se extendió por más de cinco horas. “Primero nos hicieron entrar a todos juntos, después solo a los padres, los padres por separado y luego la niña sola. Fue un proceso bien intenso pero estábamos dispuestos a vivirlo por nuestra hija”, dice Mónica.

Como no hay una norma que regule la rectificación de los documentos, además de los peritajes, tuvieron que anexar a la causa los documentos de la sicóloga y un informe realizado por el colegio en donde se relataba el comportamiento y desarrollo social de la niña.

-Tener documentos que acrediten tu verdadera identidad, disminuiría la discriminación en el sistema de salud, en los colegios, en los trabajos. Garantiza calidad de vida para nuestros hijos, estamos de acuerdo con que se discuta y se apruebe una ley que lo regule- agrega Gonzalo.

El proyecto de Ley de Identidad de Género propone que hasta los 14 años, el procedimiento legal se realice en Tribunales de Familia en donde se deberían presentar informes médicos, mientras que para los adolescentes entre 14 y 18 años el trámite se realizaría en el Registro Civil. El requisito es que ambos padres o tutores estén de acuerdo. En caso contrario, el proceso lo llevará a cabo el Tribunal de Familia, teniendo la posibilidad de rectificar o confirmar el cambio cuando cumplan la mayoría de edad.

Mónica Flores y Gonzalo Araya, cansados de dar explicaciones y de ver como su hija de seis años, se debía enfrentar a constantes discriminaciones tanto en el círculo escolar como en el área de la salud, decidieron crear la Fundación Renaciendo, con la idea de ayudar a los padres que estén pasando por el mismo proceso.

-Tenemos niños que en el sistema de salud pública los han atendido con doble guante o simplemente no los reciben en sus consultas. La ignorancia de los adultos es muy dolorosa para nuestros hijos- relata Mónica.

La fundación actualmente está conformada por cuarenta y dos niños y niñas trans junto a sus familias. De ellos, según datos de la fundación, el 80% ha manifestado querer modificar su nombre e identidad de género. En la institución, los padres encuentran la ayuda y guía necesaria para enfrentar el proceso de transición y descubrimiento de la identidad de género de sus hijos.

La Ley de Identidad de Género se discute desde el 2013 en la comisión de Derechos Humanos del Senado. Durante su estada en el Congreso, el proyecto ha pasado por trece períodos de indicaciones y el conflicto ahora se concentra en el cambio de nombre y sexo registral para menores de edad. La comisión de Derechos Humanos discutirá nuevamente el punto el 21 de noviembre.

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