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Planeta

6 de Julio de 2015

Atenti fumetas: Las claves del proyecto de despenalización de la marihuana que se votará mañana en la Cámara de Diputados

Mañana se votará en la Cámara de Diputados el proyecto que despenaliza el autocultivo de cannabis para el consumo recreativo y/o medicinal, esto gracias a dos mociones que fueron enviadas por diputados como Karol Cariola, Karla Rubilar, Matías Walker, Daniel Farcas y Vlado Mirosevic. Si el proyecto consigue la aprobación, los mayores de edad podrán portar libremente hasta 10 gramos de cannabis para consumo personal y tener hasta 6 plantas pasa uso individual, entre otras cosas. Eso si, la iniciativa deberá luego regresar a la Comisión de Salud para que añada más indicaciones y después pasar al Senado.

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Cosecha marihuana 10 A1

Respecto a esto, la presidenta de la Fundación Daya, Ana María Gazmuri, indicó que “confiamos en que la sensatez vaya imperando, y el ponerse realmente en los zapatos de quienes están hoy necesitando poder acceder de manera segura a una sustancia medicinal”, según consignó El Dínamo.

1.- Se podrá tener, portar, cultivar y consumir: Será legal el consumo y el autocultivo de especies, subespecies y variedades del género cannabis para mayores de edad, ya se para fines medicinales o recreativos.

2.- Se podrá portar hasta 10 gramos de cualquier especie, subespecie o variedad de cannabis: Esta cantidad fue decidida en base al cálculo de tres cigarrillos diarios y a que más del 70% de los detenidos hasta hoy por la ley 20.000 llevaban consigo 10 gramos o menos de marihuana. Si se posee una cantidad superior a esta se le aplicarán las sanciones correspondientes a dicha ley, es decir presidio menor en sus grados medio o máximo y multa de 10 a 40 UF.

3.- La venta seguirá siendo prohibida

4.- Se podrán cultivar hasta seis plantas para uso personal y se permitirá tener hasta 500 gramos para consumo: Para cultivo en indoor se permitirá cultivar en máximo un metro cuadrado en interior con luz artificial.

Para plantar se deberá “depositar en la secretaría regional ministerial de salud una declaración jurada notarial, donde se informará de la ubicación del bien inmueble donde se produzca el cultivo, el número de plantas, especies vegetales, cannabis o fungis y responsables de las mismas”, lo que será fiscalizado por el Instituto de Salud Pública (ISP), el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y por el Ministerio Público. Si no se informa del autocultivo, será considerado tráfico.

Si es que se quisiera cultivar una cantidad superior se podrá pedir una autorización especial a dichos organismos.

La gente que tenga líos con la justicia perderá el derecho a tener cannabis en su casa.

5.- Se podrá consumir marihuana con fines terapéuticos con prescripción médica: Si se quiere usar con menores de edad, no se le podrá administrar vía combustión y deberán tener la autorización de los padres.

6.- No se podrá fumar en la calle ni en lugares público: Tampoco se podrán crear “comunidades para el cultivo colectivo”, como existe actualmente en otros países como Uruguay.

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