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Nacional

24 de Agosto de 2015

Chilevisión deberá indemnizar con 5 palos a Inés Pérez tras sacarla de contexto en una nota sobre las nanas

El fallo de Apelaciones señaló que "reconociendo el derecho que tiene a ser reparada del daño que le ha causado el actuar negligente de Chilevisión y ante una falta de acreditación cuantitativa del monto pedido, estos sentenciadores avalúan prudencialmente el daño moral sufrido por la actora Inés Pérez en la cantidad de $5.000.000, con que Chilevisión deberá indemnizarla, modificándose en lo resolutivo la cantidad que viene dada".

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La Corte Apelaciones de Santiago resolvió que Chilevisión deberá indemnizar finalmente con 5 millones de pesos a Inés Pérez por la difusión, en enero de 2012, de sus comentarios de manera incompleta y editada y que apuntaban al hecho de que las nanas tuvieran que caminar por su condominio.

Aunque se confirmó la sentencia contra CHV, la justicia decidió rebajar el primer monto de 80 palos y dejarlo en sólo 5 millones de pesos, argumentando que la primera cifra “contiene elementos de enriquecimiento más allá del espíritu compensatorio”.

Según publica La Tercera, el fallo de Apelaciones señaló que “reconociendo el derecho que tiene a ser reparada del daño que le ha causado el actuar negligente de Chilevisión y ante una falta de acreditación cuantitativa del monto pedido, estos sentenciadores avalúan prudencialmente el daño moral sufrido por la actora Inés Pérez en la cantidad de $5.000.000, con que Chilevisión deberá indemnizarla, modificándose en lo resolutivo la cantidad que viene dada”.

Por su parte la justicia sostuvo que “la demandante ciertamente sufrió un daño moral que se manifestó principalmente en el desprestigio, difamación, deshonra y menosprecio que ocasionó la emisión por televisión abierta de la entrevista ya tantas veces señalada, exposición pública que trajo consigo la violación de su intimidad y vida privada, mediante hechos que fueron profusamente ventilados y publicados en sitios virtuales de acceso público, desde donde se propagaron fuera de todo control hasta hacerse del dominio público masivo, con amenazas, humillaciones y expresiones injuriosas vertidas en contra de Inés Pérez Concha y que en forma colateral también debió afectar a su familia. Lo anteriormente señalado, fuera de toda duda, significó una violación y una transgresión a los valores, principios del patrimonio familiar y especialmente al honor y a la honra de la demandante, lo que en opinión del tribunal configura un daño moral que debe ser reparado”.

Cabe decir que durante el año 2012 Chilevisión emitió una nota en la que aparentemente se cuestionaba que las nanas del condiminio El Algarrobal II no pudieran caminar por el recinto.

En dicha noticia se mostraron los dichos de Inés Pérez, los cuales posteriormente se comprobó que fueron distorsionados y editados: “Acá la única obligación que tiene mi nana es que al ingresar a las 8:30 de la mañana y al retirarse a las 6 de la tarde lo tiene que hacer en un furgón. ¿Te imaginái acá en el condominio todas las nanas caminando para afuera, todos los obreros caminando por la calle, y tus hijos ahí en bicicleta?”.

La emisión de estos dichos cortados le significó a ella y a su familia ser el blanco de críticas, trolleos y humillaciones. En el contexto más amplio Inés Pérez trató de explicar que ella vive a media hora de la portería del condominio y que era inhumano hacer que nanas y obreros tuvieran que caminar casi media hora para llegar a una vivienda, más si se consideran las épocas de invierno donde la lluvia y frío se hacen sentir de manera potente.

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