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Nacional

26 de Junio de 2012

Hinzpeter destruyó documentos sin autorización y Consejo de Transparencia le sugiere hacer sumario

El Consejo para la Transparencia (CPLT) le sugirió a Hinzpeter realizar un sumario administrativo, luego que un particular le solicitara la copia del discurso que pronunció el año pasado ante un grupo de alcaldes y parlamentarios en Casa Piedra e indicara que no estaba en su poder sin acreditar la existencia de un decreto que así lo autorizara.

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El subsecretario del Interior, Rodrigo Ubilla, quien es el responsable de responder los requerimientos del CPLT, indicó que sencillamente el texto no existía, ya que no era necesario guardarlo, interpretando la ley que obliga al archivo de registros, de manera tan amplia como el océano.

El CPLT, sin embargo, fue más allá. Le indicó a Interior que cada documento destruido debe contar con una autorización formal -algunos que van con la toma de razón de la Contraloría, otros no- y que al no ser hallado debía realizar un sumario administrativo para establecer por qué el discurso en cuestión no fue encontrado.

“De no existir un acto administrativo que haya dispuesto la expurgación de los documentos pedidos, el órgano administrativo deberá agotar todos los medios a su disposición para encontrar la información solicitada, disponiendo la instrucción de sumarios administrativos y la aplicación de medidas disciplinarias,…”, señala el fallo.

La determinación del organismo que lucha contra el secretismo en el Estado, surgió a partir de una solicitud de Carlos Cuadrado Prats, nieto del general Carlos Prats, asesinado por la DINA en Buenos Aires, Argentina, hecho ocurrido por la explosión de una bomba colocada en su auto, en 1974. En la oportunidad también falleció su esposa Sofía Cuthbert. Cuadrado Prats también saltó a la notoriedad pública durante el velatorio de Pinochet en la Escuela Militar en diciembre de 2006. En la oportunidad, al acercarse al féretro, los escupió.

La sombra de Cruz Coke

La respuesta entregada por Interior para sostener su negativa, se basó en una decisión de la Contraloría de 1981, pero al CPLT esto sencillamente no lo pareció ni lógico, ni menos jurídico.

“Que, sin embargo, tratándose de un discurso pronunciado por la máxima autoridad ministerial en el ejercicio de sus funciones no puede sino estimarse que se trata de un acto formal, pues ha sido dado a conocer en el contexto de una ceremonia oficial y pública (el Congreso Nacional de Alcaldes y Concejales) y cuya disponibilidad permanente para la ciudadanía”, se lee en la resolución.

A renglón seguido le recordó que existe una norma del Ministerio Secretaría General de la Presidencia a resguardar la documentación, que no respetó.

Este mismo razonamiento usó recientemente el CPLT en contra del ministro de Cultura, Luciano Cruz Coke. El funcionario, ante el requerimiento de documentos por parte de un particular, respondió que la información solicitada sencillamente no existía en sus registros, aún cuando estaba obligado a guardarlos. Por esta razón, el organismo lo denunció ante la Contraloría, que deberá iniciar una investigación para determinar las responsabilidades administrativas que correspondan, tal como informó este diario (http://www.theclinic.cl/2012/06/18/consejo-de-transparencia-denuncia-a-cruz-coke-a-la-contraloria-por-no-guardar-emails-y-violar-decreto-de-la-cartera-dirigida-por-larroulet/).

Lea el fallo del Consejo para la Transparencia

Fallo contra Hinzpeter

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