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Nacional

16 de Agosto de 2012

Suprema ordena reintegro de alumnos expulsados en colegio de Puente Alto el año pasado

Imagen Referencial La Tercera Sala de la Corte Suprema acogió un recurso de protección presentado por tres alumnos de un colegio particular subvencionado expulsados por participar de una toma del establecimiento en diciembre de 2011. En fallo dividido, los ministros Sergio Muñoz, Héctor Carreño, Pedro Pierry, Juan Escobar y el abogado integrante Jorge Baraona, acogieron […]

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Imagen Referencial

La Tercera Sala de la Corte Suprema acogió un recurso de protección presentado por tres alumnos de un colegio particular subvencionado expulsados por participar de una toma del establecimiento en diciembre de 2011.

En fallo dividido, los ministros Sergio Muñoz, Héctor Carreño, Pedro Pierry, Juan Escobar y el abogado integrante Jorge Baraona, acogieron la acción cautelar presentada por tres estudiantes del liceo “Nuestra Señora de las Mercedes” de Puente Alto.

Los magistrados determinaron el actuar arbitrario de la dirección del establecimiento al expulsar a los tres alumnos, sin un proceso tramitado bajo los reglamentos de la propia entidad educativa.

En el fallo, los jueces de mayoría apuntan que “conforme a las reglas de la sana crítica, no permiten arribar al convencimiento de que la medida que afecta a los recurrentes haya sido adoptada en la forma que prevé el Reglamento Interno del establecimiento, que impone para la cancelación de la matrícula la aprobación de los integrantes del Consejo de Profesores, encabezado por la encargada de ciclo o quien la subrogue”.

Y agrega el texto que “en efecto y según se dijo con antelación, en la supuesta decisión habrían participado doce personas, entre las cuales se encontraba la encargada de ciclo que renunció al establecimiento por lo que no ha podido concurrir a los informes requeridos por esta Corte; de los once restantes, sólo informan seis, que primero dicen que el día en cuestión se trató el tema y posteriormente que ratifican esta sanción”.

“Luego ante la insistencia de esta Corte informar nuevamente sólo seis de las doce personas que sí acordaron la medida el día 9 de diciembre ya sea cancelando la matrícula o negando las licenciaturas. Este informe aparece contradicho por la profesora de Historia que ya no forma parte del Liceo y que dice que nunca resolvieron la cancelación de la matrícula, que sólo se autorizó a los estudiantes de cuarto medio para licenciarse, coincidiendo esto último con lo declarado por el alumno José Miguel Vergara Silva a fojas 137 que dice que los alumnos de cuarto medio que participaron en los hechos no recibieron sanción y pudieron licenciarse, a diferencia de lo que afirman los seis profesores aludidos que refieren que no se aceptaron las licenciaturas”, sostiene la sentencia.

La resolución agrega que “se afecta la garantía constitucional de igualdad ante la ley de aquellos por quienes se recurre, por cuanto, frente a la imputación de una falta grave, no se ha seguido el procedimiento que para todos los estudiantes del Liceo Nuestra Señora de las Mercedes se prevé, a saber, la aprobación del consejo de profesores, la que debe estar exenta de toda duda, lo que aquí no ha ocurrido”, se consigna en el fallo.

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