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Poder

14 de Febrero de 2014

Designado ministro del Interior invocó Ley Antiterrorista cuando era gobernador de Arauco

Rodrigo Peñailillo, quien se desempeñará como ministro del Interior en el futuro periodo presidencial de la mandataria electa, Michelle Bachelet, invocó la Ley Antiterrorista en contra del fundador de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), Héctor Llaitul, cuando era gobernador de Arauco. Peñailillo, cuando asumió el cargo que se le designó, dijo que "aquí hay una posición muy clara, no la vamos a aplicar (Ley Antiterrorista) en ciertas situaciones, este es un tema que tenemos zanjado y la opinión pública lo sabe desde la campaña".

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El futuro ministro del Interior, Rodrigo Peñailillo, cuando se desempeñaba como gobernador de Arauco en 2002, invocó la Ley Antiterrorista en contra de Héctor Llaitul, ex miembro del Frente Patriótico Manuel Rodríguez y fundador de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), según indica La Segunda.

Todo comenzó el 15 de abril de 2002 cuando seis sujetos con el rostro cubierto interceptaron a dos choferes, Antonio Boisër y Antonio Boisër Cruces en Tirúa, y los amenazaron con armas de fugo. Boisër padre tardó un momento en bajar del camión, y le dispararon. Acto seguido, los encapuchados les quemaron los camiones. La víctima perdió un ojo, por lo que ya no puede realizar su trabajo de camionero. Su hijo logró reconocer a Llaitul como “el que parecía ser el jefe”.

El futuro ministro presentó una querella por homicidio en grado frustado, incendio y daños, argumentando su preocupación por “una conmoción e inseguridad inusitada”. Esto se contradice con lo que señaló cuando fue nombrado en su cargo: “Aquí hay una posición muy clara, no la vamos a aplicar (Ley Antiterrorista) en ciertas situaciones, este es un tema que tenemos zanjado y la opinión pública lo sabe desde la campaña”, expresó.

Cabe recordar que la futura presidenta Bachelet invocó cuatro veces esta normativa durante su anterior periodo presidencial. En su campaña calificó este hecho como un “error” y se comprometió “firmemente a la no aplicación”, contra “miembros de los Pueblos Indígenas por actos de demanda social”.

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