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Nacional

20 de Marzo de 2014

La Corte Suprema le hace tapa a la doctora Cordero en su demanda contra Chilevisión

En fallo dividido, la Cuarta Sala de la Corte Suprema rechazó la demanda de indemnización de perjuicios presentada en contra de Chilevisión por la médico-psiquiatra María Luisa Cordero, quien acusó que la difusión de un reportaje periodístico del canal vulneró su honra. La sala del máximo tribunal acogió el recurso de casación presentado por la […]

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En fallo dividido, la Cuarta Sala de la Corte Suprema rechazó la demanda de indemnización de perjuicios presentada en contra de Chilevisión por la médico-psiquiatra María Luisa Cordero, quien acusó que la difusión de un reportaje periodístico del canal vulneró su honra.

La sala del máximo tribunal acogió el recurso de casación presentado por la defensa de la estación televisiva y revocó la decisión del Sexto Juzgado Civil de Santiago, ratificada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que había ordenado pagar $50.000.000 a la profesional.

En el fallo en que se pronunciaron los ministros Patricio Valdés, Pedro Pierry, Rosa Egnem y Ricardo Blanco; y el abogado integrante Ricardo Peralta, se determina que no se encuentra probado que la emisión -en agosto de 2003- de un reportaje del programa “En la Mira”, afectara la honra de la demandante.

“Que la demandante doña María Luisa Cordero Velásquez no rindió pruebas conducentes a acreditar la existencia del daño moral que habría sufrido por las aflicciones y molestias experimentadas como consecuencia de la exhibición de la filmación obtenida con cámaras ocultas, carga procesal que le correspondía de acuerdo a la regla del onus probandi que el legislador ha previsto en el artículo 1698 del Código Civil”, sostiene el fallo.

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