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Opinión

2 de Junio de 2014

Rechazan sobreseer querella contra Ezzati por obstrucción a la investigación en caso Rimsky Rojas

El Juzgado de Garantía de la capital de Los Ríos desestimó la solicitud de la fiscalía local de decretar el sobreseimiento definitivo de la causa iniciada el 18 de febrero de 2014 ante una querella por el delito de obstrucción a la investigación contra el arzobispo de Santiago, cardenal Ricardo Ezzati, y el ex director […]

UPI / The Clinic Online
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El Juzgado de Garantía de la capital de Los Ríos desestimó la solicitud de la fiscalía local de decretar el sobreseimiento definitivo de la causa iniciada el 18 de febrero de 2014 ante una querella por el delito de obstrucción a la investigación contra el arzobispo de Santiago, cardenal Ricardo Ezzati, y el ex director del Instituto Salesiano de Valdivia, Alfonso Horn.

La querella, presentada por el abogado Marcelo Vargas, señala que ambos sacerdotes habrían cometido ese delito cuando les correspondió declarar, en 2011, en el marco de la investigación por abuso sexual reiterado que se estaba desarrollando en el caso de Rimsky Rojas, religioso que se suicidó a fines de febrero de 2011, ante una serie de denuncias sobre los vejámenes que afectaron a menores que participaron del Movimiento Juvenil Salesiano (MJS) durante los años 1985 y 1987.

En la época Rojas era subdirector del Instituto Salesiano de Valdivia y el querellante, Marcelo Vargas, era alumno de dicho establecimiento, en tanto que Ricardo Ezzati era la máxima autoridad de la Congregación Salesiana en Chile y Alfonso Horn era el director del colegio.

La querella plantea que las autoridades eclesiásticas obstruyeron la investigación porque tenían conocimiento de los abusos sexuales denunciados, pero declararon que no estaban al tanto durante la indagatoria que efectuó en 2010 la Fiscalía de Valdivia y que continuó entre 2011 y 2013 el Primer Juzgado Civil de Valdivia, debido a que la fiscalía se declaró incompetente por la fecha de ocurrencia de los hechos.

Al solicitar el sobreseimiento definitivo de la causa, la fiscal jefe de Valdivia, Tatiana Esquivel, sostuvo que tras investigar los hechos denunciados, el Ministerio Público estimó que éstos no son constitutivos del delito de obstrucción a la investigación. “Si bien la investigación realizada por el Juzgado Civil estableció que existen presunciones fundadas sobre la participación de Rimsky Rojas en los abusos sexuales, esa causa fue sobreseída por la muerte del denunciado, quien se suicidó en febrero de 2011. Además, la acción penal estaba prescrita, debido a que los hechos habrían ocurrido entre 1986 y 1987 pero fueron denunciados recién en 2010”, afirmó Esquivel.

La fiscal explicó que el sobreseimiento de esa causa por abuso sexual reiterado impide que se configure el delito de obstrucción a la investigación denunciado en la querella, debido a que uno de los requisitos para que este tipo penal se configure es que el hecho que se investiga sea punible, es decir, que pueda terminar con una sentencia definitiva.

“Nuestra opinión es que cuando ambos querellados declararon, este hecho no era punible por las dos razones expuestas: primero, la responsabilidad penal del imputado Rimsky Rojas se había extinguido con su muerte y, en segundo lugar, esa responsabilidad penal se encontraba prescrita, pues ya habían transcurrido más de 15 años desde su ocurrencia”, precisó.

Esquivel agregó que en los hechos denunciados en la querella tampoco se da la otra circunstancia que permite configurar la obstrucción a la investigación: que los antecedentes aportados sean falsos o condujeren al Ministerio Público a realizar u omitir actuaciones de investigación.

No obstante lo expuesto por el Ministerio Público, el juez de Garantía, Carlos Acosta, rechazó la solicitud de sobreseimiento en la audiencia de este mediodía, compartiendo los argumentos del querellante respecto de que los crímenes de abuso sexual contra menores de edad cometidos por sacerdotes son imprescriptibles.

La decisión del magistrado, según informó el Ministerio Público, implica que la Fiscalía de Valdivia debe continuar con la investigación, realizando diligencias que permitan establecer si los querellados tuvieron o no conocimiento de los hechos denunciados.

El caso se relaciona con el del sacerdote Audín Araya, condenado en enero pasado a dos años de cárcel -que se dieron por cumplidos- por dos delitos sexuales que afectaron a un menor de 16 años y que fueron cometidos cuando Araya se desempeñaba como rector del colegio Salesianos de Concepción en 2008, época en que el cardenal Ezzati encabezaba la diócesis penquista.

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