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Poder

7 de Agosto de 2014

Las culpas de Ricardo Lagos

Hace unos días, la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó a Chile por violar los derechos humanos de integrantes del pueblo mapuche. Un fallo que deja en evidencia la brutalidad de una política de Estado que lo único que ha hecho sistemáticamente es agudizar el conflicto. Una suma de barbaridades que tienen nombre y apellido. Lo que se cosecha es lo que se siembra, decía mi abuelo.

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Ricardo Lagos Escobar
La reciente condena contra Chile en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) viene a poner varias cosas en su lugar. En primer lugar, la inexistencia del terrorismo mapuche en Chile. Lo dice el fallo de la Corte y lo venían advirtiendo tres observadores de la ONU que visitaron el país, en misión oficial, entre los años 2003 y 2013. El último de ellos, Ben Emmerson -Relator Especial sobre la Promoción y la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales en la Lucha contra el Terrorismo y ex juez del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia y Ruanda- en su informe fue lapidario, principalmente contra los gobiernos de Ricardo Lagos y Michelle Bachelet. Un conflicto político, social y cultural, abordado con la lógica del apaleo policial y los calabozos, concluyó. Se fue de Chile dejando una serie de recomendaciones. Y muchas dudas sobre la real calidad de nuestro sistema democrático.

En segundo lugar, el fallo viene a dejar en evidencia al menos una década de feroz persecución política y violación de derechos de ciudadanos mapuche. Así lo consigna y sin anestesia el destacado académico Víctor Toledo Llancaqueo en su investigación “Prima ratio. Movilización mapuche y política penal”, publicada el año 2007 por CLACSO en Buenos Aires. A su juicio, la aplicación de la Ley Antiterrorista en el gobierno de Lagos implicó el inicio de una verdadera “guerra sucia” contra los mapuche, con “intervenciones telefónicas, robos de equipos computacionales a organizaciones mapuche, presión para el cierre de programas de derechos indígenas en universidades e inclusive sabotaje de vehículos de abogados”. También con torturas, montajes e inclusive ejecuciones extrajudiciales como en dictadura. Una de ellas la de Matías Catrileo. Otra, Jaime Mendoza Collio.

“Frente al conflicto con los indígenas y siguiendo las pautas de una intensa campaña de criminalización de la protesta social mapuche, el Estado chileno emprendió una sistemática huida hacia el derecho penal”, sostiene Toledo en su estudio. “El caso mapuche es ilustrativo de la criminalización de la protesta social como un proceso político, mediático y jurídico, que etiquetando a los actos de protesta como delitos, busca sacar a un conflicto social de la arena política para llevarlo al campo penal… Aplicar la Ley 18.314 a la protesta mapuche no fue una decisión aislada ni precipitada, sino parte de un nuevo marco de la política hacia los pueblos indígenas; la seguridad”, concluye.

Esta política penal originó una ola de allanamientos, detenciones arbitrarias y vulneraciones al debido proceso. Entre los años 2001 y 2003, las querellas por “terrorismo” fueron doce y se acumularon en cuatro emblemáticos procesos. Estas se sumaron a otras 80 causas por distintas leyes penales contra un total de 209 ciudadanos mapuche. Estos cuatro procesos fueron el Caso Ancalaf, por “incendio terrorista” en Alto Biobío; Caso Lonkos, por “amenaza terrorista” contra un latifundista de Traiguén; Caso Poluco Pidenco, por “incendio terrorista” de predio de Forestal Mininco; y el bullado Caso CAM, por “asociación ilícita terrorista” en Temuco. Los tres primeros, precisamente los casos analizados por la Corte IDH, terminaron con los acusados tras las rejas.

El cuarto de ellos no culminaría con condenas. Se trató de la denominada “Operación Paciencia” montada por el entonces subsecretario del Interior, Jorge Correa Sutil, y dirigida contra la cúpula de la Coordinadora Arauco-Malleco, CAM. Hablamos del primer gran fiasco de inteligencia policial previo al Caso Bombas y el Pakistaní del ex ministro Rodrigo Hinzpeter. Entre las acusaciones de los fiscales figuraba el plan mapuche de “hacer volar el centro de Temuco via sabotaje a la red subterránea de gas”. Hasta los guionistas de Batman pararon las antenas. Tras un maratónico juicio oral, los más de 20 miembros de la CAM acusados por el Ministerio Público quedaron en libertad. Y los fiscales en soberano ridículo. Fue la primera gran victoria mapuche en tribunales. Y una de las pocas, a decir verdad.

Tal como consigna el fallo de la Corte IDH, las condenas por “terrorismo” de los tres primeros casos fueron un carnaval de irregularidades. Permítanme un breve recuento. Víctor Ancalaf Llaupe fue condenado, en primera instancia, a 10 años de cárcel por tres atentados a camiones de Endesa en Ralco. Tras apelar su defensa, una sentencia de segunda instancia estuvo a punto de dejarlo en libertad. ¿La razón? La imposibilidad de los querellantes de probar la “participación directa” de Ancalaf en los ilícitos. El problema, como es de suponer, lo resolvió la Ley Antiterrorista. Y un par de oportunos “testigos sin rostro”, que -caídos del cielo para la Gobernación de Arauco, encabezada entonces por el actual ministro Rodrigo Peñailillo- situaron al dirigente mapuche “en las cercanías” de uno de los tres atentados. En las cercanías, leyó bien.

En el caso de los lonkos de Traiguén, Pascual Pichún y Aniceto Norín, lo torcido de la acción penal adquirió ribetes de escándalo. No solo se anuló un primer juicio que los declaró inocentes. Tras un segundo juicio oral, ambos fueron condenados a cinco años de cárcel por el inexistente delito de “amenaza terrorista”. Inexistente no solo porque ellos o su defensa lo negaran. Inexistente porque, como bien explica el abogado Jaime Madariaga en el premiado documental “Aniceto, Razón de Estado”, dicho delito ni siquiera se encuentra tipificado en nuestra legislación penal. “Por el delito simple de amenaza los lonkos arriesgaban, como máximo, 61 días de cárcel. Pero se les aplicó finalmente una pena similar a la del homicidio consumado o del incendio consumado”, señala el profesional.

¿Cómo fue posible tamaña barbaridad? Obra y gracia del principal querellante de la causa, el abogado, ex ministro de Estado, miembro del Tribunal Constitucional, presidente de la Fundación Neruda y en sus ratos libres dueño de fundo, Juan Agustín Figueroa Yavar. Fue el “Supremo 22”, como es conocido Figueroa por su influencia en la Corte Suprema, quien junto a un batallón de fiscales se encargó de llevar a juicio a los dos jefes tradicionales mapuche. Y quien logró que una condena de 61 días se multiplicara a lo menos unas 30 veces. Poco le importaba al ex ministro de Patricio Aylwin si los lonkos estaban o no implicados en la quema de su hacienda. “Ellos deben pagar por los pecados de su comunidad”, señaló a la prensa durante el juicio. Y así no más fue.

En el caso Poluco Pidenco, suma y sigue. Todos los condenados lo fueron en base a “testigos sin rostro”, la mayoría con nutrido prontuario policial y/o rencillas con las familias de los acusados. Veinte millones pagó la fiscalía por sus servicios, según reveló una investigación posterior de CIPER Chile. Tres querellas por falso testimonio se presentaron en 2005 contra cuatro de estos “testigos”. Ninguna prosperó. Todas fueron rápidamente sobreseídas por el Ministerio Público. Años más tarde, un segundo juicio contra dos implicados en el caso que se encontraban prófugos, no solo desestimó el carácter terrorista del incendio que afectó las plantaciones del grupo Matte, sino también los absolvió de cargos. Mismas pruebas, mismos testigos y sentencias completamente distintas. El mundo al revés.

Digamos las cosas por su nombre. La Nueva Mayoría no solo debe avanzar en una nueva relación con el pueblo mapuche por tratarse de un mandato democrático. También porque gran parte de la tormenta actual fue desatada por ellos mismos. Es lo otro que viene a transparentar el reciente fallo de la Corte IDH. Y es que, tarde o temprano, como decía mi abuelo Alberto, siempre se termina cosechando lo que se siembra. Ricardo Lagos, el “estadista” para algunos, fue quien abrió con sus torpezas y negligencias la Caja de Pandora de la violencia rural mapuche. Los crímenes de Alex Lemún, Matías Catrileo, Jaime Mendoza, Héctor Gallardo, el sargento de carabineros Hugo Albornoz, el matrimonio Luchsinger-Mackay, son consecuencia directa de todo ello. Lo afirmo y de manera responsable.

Fue Lagos quien en 2001 desempolvó la Ley Antiterrorista para perseguir, políticamente, a mapuches que si algo buscaban era un mínimo de justicia. Una de esas querellas, el caso Poluco Pidenco, derivó en la dramática huelga de hambre que a fines de 2007 protagonizaron presos mapuche y otra serie de protestas. En una de ellas, en enero de 2008, participaba Matías Catrileo al momento de ser acribillado por el GOPE en el fundo de la familia Luchsinger. Innegable que la impunidad que rodeó su asesinato desató, como represalia en 2013, el brutal crimen del matrimonio suizo. Y hostilidades que al día de hoy no cesan. ¿Pedirá perdón por ello algún día el ex mandatario? Era lo que esperaba el lonko Pascual Pichún Paillalao de Temulemu. Cinco años los pasó tras las rejas, injustamente. Murió en 2013. Su corazón, cansado, dijo basta.

Se dará un paso gigantesco si el gobierno y el Poder Judicial acatan el fallo de la Corte IDH, como han anunciado. Eso ya sería bastante, considerando el pésimo prontuario de Chile en la materia. Esperar una petición de perdón de La Moneda, muy utópico.

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